Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2008 (17/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 17 de octubre de 2008

5. Plano de arquitectura, plantas, cortes y elevaciones, firmados por el profesional y propietario, diferenciando el area existente con licencia del area a ampliar, a escala conveniente con medidas acotadas. 6. Plano de Estructuras, diferenciando los elementos estructurales existentes y muros (si fuera el caso). 7. Memoria Descriptiva con presupuesto de obra indicando fecha de ejecucion de obra, firmado por el profesional. 8. Carta de seguridad de la obra. 9. Fotografias a color para mostrar volumetria con relacion a los predios vecinos y del entorno 10. Licencia de Regularizacion de la Obra existente. 11. Derecho de Tramite correspondiente. o Para el producto "CONSTRUCCION EN SITIO PROPIO" Requisitos: 1. Hoja de Tramite y Formulario FOM llenados y firmados por el arquitecto y el propietario. 2. Titulo de Propiedad y/o MORDAZA literal de dominio actualizada que indique areas linderos y medidas perimetricas. 3. Certificado de parametros urbanisticos y edificatorios (original). 4. Plano de Ubicacion y Localizacion reglamentario con cuadro de areas, datos normativos a escala 1/500. 5. Plano de arquitectura, plantas, cortes y elevaciones, firmados por el profesional y propietario, diferenciando el area existente con licencia del area a ampliar, a escala conveniente con medidas acotadas. 6. Plano de Estructuras, diferenciando los elementos estructurales existentes y muros (si fuera el caso). 7. Memoria Descriptiva con presupuesto de obra indicando fecha de ejecucion de obra, firmado por el profesional. 8. Fotografias a color para mostrar volumetria con relacion a los predios vecinos y del entorno 9. Derecho de Tramite correspondiente. Articulo 8°.- La implementacion y ejecucion del desarrollo del presente procedimiento estara a cargo del Sub Gerente de Obras Privadas, el cual tendra como funciones especificas de registrar, verificar, evaluar y pre aprobar tecnicamente los proyectos de vivienda (sea modalidad de Mejoramiento de Vivienda - MV o Construccion en Sitio Propio - CSP), asi como supervisar la obra y otorgar la conformidad final de la misma. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- ESTABLEZCASE como edificaciones comprendidas en las modalidades de MV y CSP como obra menor, aquellas edificaciones cuya area techada de intervencion no exceda los 45.00 m2 o un valor de obra no mayor a 6 UIT vigentes. Segunda.- OTORGUESE para los casos de modulos Techo Propio, en la modalidad de MV la exoneracion del 100% de las multas correspondientes a la regularizacion de las licencias de Obra, Inspecciones Tecnicas, para los recurrentes que hayan sido declarados elegibles para el BHF, para que presenten y/o actualicen su declaracion tributaria y cancelen el integro del impuesto predial sin interes moratoria de los anos que tengan pendientes de pago, durante la vigencia de la presente norma. Tercera.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Administracion y Finanzas y Gerencia de Rentas, tomen las previsiones del caso a fin de facilitar el ingreso y tramite de los expedientes en las areas correspondientes y disponer los recursos que fueran necesarios para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- FACULTESE al MORDAZA Distrital, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias y reglamentarias, necesarias para la correcta aplicacion de la presente norma. Quinta.- DEJESE en suspenso todas las ordenanzas que se opongan a la presente Ordenanza o limiten su aplicacion.

Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" y estara sujeta al plazo durante el cual se desarrolle el Programa Techo Propio creado por Resolucion Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 264901-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

Dejan sin efecto Acuerdo Nº 000001 que exonero de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de asesoria legal y MORDAZA en MORDAZA vinculado a la declaracion de caducidad de concesion de la Via Expresa del Callao
ACUERDO Nº 000132 Callao, 18 de junio de 2008 El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesion Extraordinaria celebrada el 18 de junio del 2008, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el Articulo II del Titulo Preeliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Acuerdo N° 000001 de fecha 11 de enero del 2008, se aprueba la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion Publica por causal de servicios personalisimos, para la contratacion de los servicios del Estudio MORDAZA & Alcazar S.C.R.Ltda. para que preste asesoria legal y patrocine a la Municipalidad Provincial del Callao, en todas las etapas del MORDAZA vinculado a la declaracion de Caducidad del Contrato de Concesion de la Via Expresa del Callao, por el tiempo que dure la tramitacion de dicho MORDAZA, cuyo valor referencial asciende a la suma de S/. 228,000.00 anuales; Que, a traves del Oficio N° 00124-2008-CG/CA la Contraloria General de la Republica, advierte que de la documentacion alcanzada y de los registros del SEACE, no se ha sustentado de modo razonable e indiscutible que la prestacion de los servicios del Estudio Juridico, se adecuen para satisfacer la complejidad del objeto del contrato y principalmente que lo distinga de otros potenciales proveedores que existen el MORDAZA, asimismo, senala que no se menciona como se ha determinado el valor referencial de la prestacion, ademas agrega que de la consulta a los registros del SEACE se verifica que la Municipalidad no ha publicado el respectivo contrato; Que, por su parte la Gerencia de Abastecimiento en su Informe N° 862-2008-MPC-GAA, senala que efectivamente no se ha publicado el contrato con el referido estudio,

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