Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2008 (17/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 17 de octubre de 2008

OS/CD, modificada mediante la Resolucion OSINERG Nº 021-2006-OS/CD, asi como los valores base establecidos en la Resolucion OSINERGMIN Nº 339-2008-OS/CD. La actualizacion de la tarifa rural a nivel de cada empresa se realizara en la misma oportunidad que la actualizacion del VAD conforme a lo previsto en la Resolucion OSINERG Nº 370-2005-OS/CD, modificada mediante la Resolucion OSINERG Nº 021-2006-OS/CD. 4.4 Conclusiones De acuerdo a lo establecido por la Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento de la LGER, se determino la tarifa electrica rural de diez empresas distribuidoras que cuentan con Sistemas Electricos Rurales al 30/09/2007, siendo dichas empresas las siguientes: Electro Oriente, Electro MORDAZA, Electro Sur Este, Electro Sur Medio, Electro Tocache, Electrocentro, Electronoroeste, Electronorte, Hidrandina y Seal. La tarifa electrica rural tomo en cuenta el VAD del sector tipico 5, establecido por la Resolucion OSINERG Nº 370-2005-OS/CD, modificada con Resolucion OSINERG Nº 021-2006-OS/CD e incorporo los costos de conexion electrica, establecidos por la Resolucion OSINERGMIN Nº 423-2007-OS/CD, tomando como base la cantidad de usuarios por opcion tarifaria de la empresa modelo del sector mencionado, es decir, el sistema electrico MORDAZA Sagrado 1 (Calca, Urubamba y Pisac). La Fijacion de la Tarifa Electrica Rural se realizo en estricto cumplimiento del "Procedimiento Especial para la Fijacion de la Tarifa Electrica Rural aplicable hasta el 31 de octubre de 2009", aprobado por la Resolucion OSINERGMIN Nº 670-2007-OS/CD. MORDAZA, 6 de octubre de 2008 MORDAZA REVOLO MORDAZA Gerente Division de Distribucion Electrica 265596-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de publicidad para la publicacion de las direcciones y numeros telefonicos de las distintas Oficinas de la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA, en su Directorio Telefonico - Edicion 2009
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 292-2008-SUNARP/SN MORDAZA, 15 de octubre de 2008 VISTOS, el Memorandum Nº 409-2008-SUNARPZ.R.IX/OII del 28 de agosto de 2008, el Memorandum Nº 504-2008-SUNARP-Z.R.NºIX-SPRE/GPD del 05 de setiembre de 2008, el Informe Tecnico Nº 011-2008SUNARP-Z.R.IX-GAF/SLS del 08 de setiembre de 2008 y el Memorandum Nº 913-2008-SUNARP-Z.R.NºIX/OL del 01 de octubre de 2008; SE RESUELVE: Que, de acuerdo a la Resolucion Jefatural Nº 10362008-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF se incluye en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 002-SUNARP Sede MORDAZA, en la cual esta considerada la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, la contratacion del Servicio de Publicidad en Directorios Telefonicos, Edicion 2009, de las direcciones y telefonos de la red de oficinas de dicha MORDAZA Registral;

Que, en atencion a que la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA cuenta con una red cada vez mayor de Oficinas Registrales, Zonales y Receptoras, por medio de las cuales brinda los servicios registrales, de ahi que las direcciones y telefonos, actualizados, deben ser MORDAZA a conocer a los ciudadanos por medios masivos de comunicacion; es imprescindible la contratacion del servicio de publicidad en un directorio telefonico domiciliario y/o comercial que, ademas, pueda ser consultado a traves de internet, ya que los ciudadanos acceden a ellos de forma permanente; Que, segun el Memorandum Nº 409-2008-SUNARPZ.R.NºIX/OII, la Oficina de Imagen Institucional de la MORDAZA Registral ha apreciado la especializacion del servicio de publicidad a traves de directorios telefonicos de la Empresa Yell Peru S.A.C., dando cuenta de la capacidad tecnica con que cuenta para cumplir con el objeto de la contratacion; Que, por otro lado a traves del Informe Nº 242-2008SUNARP-Z.R.IX-GAF/SLS, la Subgerencia de Logistica y Servicios da cuenta de que el mayor tiraje de los directorios telefonicos que publica anualmente la Empresa Yell Peru S.A.C. es ampliamente superior al tiraje de otros directorios telefonicos de otros proveedores, con ello, agrega el Informe, "un mayor tiraje, asegura una mayor difusion de nuestra entidad, facilitando a los usuarios la busqueda de nuestra Institucion. Por otro lado, la encuesta llevada a cabo por la Empresa Ipsos APOYO Opinion y MORDAZA para la empresa Yell Peru S.A.C., demuestra los altos porcentajes de utilizacion de las paginas amarillas y el gran numero de consultas realizadas"; Que, mediante Memorandum Nº 535-2008-SUNARPZRNºIX-SLS/GAF, la Gerencia de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral solicita informe sobre la disponibilidad presupuestal para la contratacion de publicidad en Paginas Amarillas y MORDAZA, Edicion 2009, por un monto referencial de S/. 58,747.92 (cincuenta y ocho mil setecientos cuarentaisiete y 00/92 nuevos soles), el mismo que fuera determinado observando lo dispuesto en la Resolucion Nº 052-2008-SUNARP/GG; Que, segun el Memorandum Nº 504-2008-SUNARPZRNºIX-SPRE/GPD de la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo, la contratacion cuenta con disponibilidad presupuestal; Que, de acuerdo al literal f) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, podra exonerarse de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos. La calificacion de personalisimos debera observar lo dispuesto en el Reglamento de la Ley; Que, el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, precisa que se considerara servicios personalisimos cuando la Entidad, de manera objetiva, MORDAZA apreciado la destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos del proveedor; asimismo, la Entidad MORDAZA sustentado de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y sea inviable la comparacion con otros potenciales proveedores y, asimismo, expresamente se incluye dentro de esta causal la exoneracion a la contratacion de servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial o escrita, o cualquier otro medio de comunicacion , en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, segun el articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se requiere obligatoriamente que se cuente con uno o mas informes previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, documentos que han sido referidos en los Considerandos de la presente Resolucion y forman parte de la misma; De conformidad al literal f) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y al literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion de los

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