Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2008 (17/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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y consecuentemente el Servicio de Administracion Tributaria-SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo segun Informe N° 004-082-000000843, que procede la ratificacion de la Ordenanza, porque los derechos aprobados por la misma han sido establecidos de conformidad con las normas que definen las competencias municipales y la simplificacion administrativa. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria-SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 194-2008-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima. gob.pe). ACORDO:

Ejerciendo las facultades conferidas por los articulos 20º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; y con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de Barranco, desde el 19 hasta 31 de octubre del 2008, con motivo del centesimo trigesimo MORDAZA aniversario de la Creacion Politica del Distrito de Barranco. Articulo Segundo.- Disponer la obligatoriedad del pintado y/o limpieza de fachadas de los inmuebles publicos y privados, bajo pena de sancion. Articulo Tercero.- Encargar a la Sub Gerencia de Fiscalizacion y Administracion Tributaria, Oficina de Imagen Institucional, Educacion, Cultura y a la Oficina de Secretaria General el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA 264960-1

Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N° 067-2008-MDC, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, excepto el Procedimiento 25 denominado "autorizacion municipal para fotografias y/o filmaciones con fines comerciales" de la Gerencia de Rentas; Servicio 3 denominado "copia simple de los documentos existentes en expedientes en tramite o en archivo" de la Secretaria General y Servicio 32 denominado "aptitud de local" de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo Ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionada al cumplimiento de su publicacion y de la Ordenanza N° 067-2008-MDC y en especial del anexo que contiene el listado de los derechos de tramite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, en las formas y mecanismos establecidos en el MORDAZA legal vigente, Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 265055-1

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Otorgan Beneficio Tributario y No Tributario en el distrito
ORDENANZA N° 296-2008/MDB-CDB Brena, 23 de Setiembre del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTO: En sesion Ordinaria de Concejo de fecha 23 de setiembre 2008, el informe N° 0193-2008-GATR/MDB, de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, referido a otorgar Beneficio Tributario y No Tributario en la Jurisdiccion del Distrito de Brena; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 74º y numeral 4) del Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, asi como el numeral 9) del articulo 9º y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas; y que mediante Ordenanzas pueda crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion con los limites que senala Ley; ello en concordancia con la MORDAZA IV de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario ­ Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, el concejo Municipal, cumple funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Art. 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 969-2006 publicado el 24 de Diciembre de 2006 en el Diario Oficial El Peruano, se modifica el TUO del Codigo Tributario en su Articulo 33º indicandose (..) Los interes moratorios se aplicaran diariamente desde el dia siguiente a la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago inclusive, multiplicando el monto del tributo impago por la TIM diaria vigente; Que, conforme la MORDAZA parte del Articulo 41º del Codigo Tributario, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Disponen el embanderamiento general del distrito con motivo del aniversario de su creacion politica
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2008-MDB Barranco, 10 de octubre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su Titulo Preliminar Articulo I, precisa que los gobiernos locales son entidades, basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion; Que, el 26 de octubre del presente ano, se celebra el centesimo trigesimo MORDAZA aniversario de la Creacion Politica del Distrito de Barranco; y

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