Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2009 (03/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

393741

Aceptan donacion realizada por empresa minera a favor del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 251-2009 MTC/02 MORDAZA, 26 de marzo de 2009 VISTA: La Nota de Elevacion Nº 046-2009-MTC/20 del 17 de marzo de 2009, del Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL sobre la donacion a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de MORDAZA de 2005, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en lo sucesivo como El MINISTERIO, suscribio con la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A., en adelante BARRICK, el Convenio Nº 005-2005-MTC/02, en adelante EL CONVENIO, mediante el cual se acordaron los terminos especificos del aporte que en calidad de donacion efectuara BARRICK hasta por la suma total de S/. 5 150 000,00 para que EL MINISTERIO a traves del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional- PROVIAS NACIONAL, desarrolle y ejecute por administracion directa las actividades de ensanche de plataforma, colocacion de tratamiento superficial bicapa de la carretera Dv. Otuzco - Dv. Callacuyan y el Acceso a Quiruvilca; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 757-2005MTC/09 de fecha 27 de octubre de 2005, se acepto la donacion dineraria de BARRICK, por la suma de S/. 1 344 206,75 a favor de EL MINISTERIO, para ser utilizados en la ejecucion de las obras indicadas en EL CONVENIO; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 2007, El MINISTERIO y BARRICK suscribieron la Adenda Nº 001-2007-MTC/02 a EL CONVENIO, cuyo objeto fue incrementar el monto de donacion a efectuar por BARRICK hasta por la suma de S/. 2 400 000,00, siendo el MORDAZA monto de donacion la suma de S/. 7 550 000,00; Que, con fecha 13 de MORDAZA de 2007, El MINISTERIO y BARRICK suscribieron la Adenda Nº 002-2007-MTC/02 a El CONVENIO, cuyo objeto fue incorporar dentro de los alcances de EL CONVENIO el aporte adicional de BARRICK hasta por la suma de S/. 1 700 000,00; con lo cual se incrementa su aporte en S/. 9 250 000,00; Que, BARRICK mediante Carta S/N recibida por PROVIAS NACIONAL el 11 de diciembre de 2007, senala entre otros, que hasta la fecha ha efectuado aportes por un total de S/. 7 550 000,00 conforme se acredita de las Actas de Entrega y Recepcion de donaciones suscritas entre las partes que obran en poder de la citada entidad, habiendo a dicha fecha El MINISTERIO emitido unicamente la Resolucion Ministerial Nº 757-2005-MTC/09, aceptando la donacion por un monto de S/. 1 344 206,75, quedando pendiente de aceptacion la suma de S/. 6 205 793,25, por lo que en aplicacion a lo dispuesto en el Numeral 6.13 de EL CONVENIO solicita se emita la Resolucion Ministerial que acepte la donacion faltante; Que, la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de PROVIAS NACIONAL con Memorandum Nº 027-2008MTC/20.3 del 19 de febrero de 2008 reitera a las Unidades Gerenciales de Administracion y de Conservacion que se pronuncien sobre lo manifestado por BARRICK en su Carta recibida el 11 de diciembre de 2007, para la adopcion de las acciones correspondientes; Que, la Unidad Gerencial de Conservacion alcanza a la Unidad Gerencial de Asesoria Legal el Memorandum Nº 700-2008-MTC/20.7 del 25 de febrero de 2008, adjuntando el Informe Nº 05-2008-MTC/20.7.4-ECCH del 08 de enero de 2008, recomendando que a efectos de cumplir con lo estipulado en el Numeral 6.13 del Convenio, se inicie la gestion de aceptacion de la donacion por el saldo pendiente de S/. 6 205 793,25, para lo cual adjunta la relacion de las Actas correspondientes; Que, BARRICK mediante Carta Nº AG-032-03/09 recibida por EL MINISTERIO el 12 de marzo de 2009, refiere que desde el mes de agosto del 2005 hasta la fecha ha aportado la suma de S/. 7 550 000,00 para los trabajos de mejoramiento de la Carretera Tramo desvio Otuzco - desvio Callacuyan, habiendose emitido unicamente la Resolucion Ministerial Nº 757-2005-MTC/09 MORDAZA

mencionada, estando pendiente de aceptacion la suma de S/. 6 205 793,25; Que, la Unidad Gerencial de Conservacion a traves del Memorandum Nº 948-2009-MTC/20.7 del 16 de marzo de 2009, senala que conforme a lo manifestado en su Memorandum Nº 700-2009-MTC/20.7, los importes proporcionados por la empresa BARRICK en merito a EL CONVENIO y a su Adenda Nº 01, correspondiendo S/. 1 344 206,75 al pago de planillas, cuya donacion fue aceptada con Resolucion Ministerial Nº 757-2005MTC/09, mientras que los S/. 6 205 793,25 restantes, corresponden a los bienes y servicios proporcionados mediante Actas de Entrega y Recepcion, cuyo importe viene siendo reclamado por BARRICK en su Carta AC032-03/09 del 11 de marzo de 2009, asimismo indica que respecto al monto de la Adenda Nº 02 se encuentra pendiente de acreditacion; Que, la Unidad Gerencial de Administracion con Memorandum Nº 698-2009-MTC/20.2 del 17 de marzo de 2009, alcanza el Informe Administrativo Contable Nº 0042009-MTC/20.2.2 del 17 de marzo de 2009 del Jefe de la Unidad de Contabilidad, senalando se prosiga el tramite de emision de la resolucion de aceptacion de donacion por el monto de S/. 4 963 668,61, de los cuales, S/. 335 133,99 corresponden a dinero en efectivo (planillas de jornales) S/. 3 431 780,20 a bienes y S/. 1 196 754,42 a servicios, habiendo sido observada la suma de S/. 1 178 232,36 por cuanto las Actas que contienen carecen de sustento de copias de facturas, las mismas que pueden ser subsanables; asimismo, el monto de S/. 63 892,28 ha sido considerado como observable, sin opcion a reconocimiento; Que, la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de PROVIAS NACIONAL con Memorandum Nº 825-2009-MTC/20.3 del 17 de marzo de 2009 hace MORDAZA el Informe Nº 024-2009MTC/20.3.ERV.EFO de la misma fecha, senalando que EL CONVENIO en su Clausula MORDAZA establece que BARRICK podia efectuar diferentes modalidades de aportes, sea mediante la entrega de dinero o la prestacion de los servicios y/o la entrega de los bienes necesarios para la obra, segun lo requiriera PROVIAS NACIONAL y a criterio de BARRICK, precisandose que tratandose de dinero en efectivo el mismo seria depositado en la cuenta bancaria que para dicho efecto abriria PROVIAS NACIONAL, debiendo su entrega o uso constar en Actas, suscritas por los representantes designados por MORDAZA partes, en razon de lo cual han sido suscritas 413 de las mismas, por donacion en las modalidades de dinero en efectivo, bienes y servicios correspondientes a El CONVENIO y a su Adenda Nº 01, de los cuales el monto S/. 4 963 668,61 se encuentra debidamente acreditado por el cual corresponde se expida la Resolucion Ministerial de aceptacion de donacion, y el monto de S/. 1 242 124,64 no cuenta con el sustento correspondiente, por lo que la Unidad Gerencial de Administracion ha solicitado se requiera a BARRICK sustente dicho monto para los fines pertinentes, encontrandose pendiente asimismo de acreditacion por BARRICK el monto adicional de donacion consignado en la Adenda Nº 02, ascendente a la suma de S/. 1 700 000,00, el mismo que sera tramitado en su oportunidad; Estando a lo informado por las Unidades Gerenciales de Conservacion, de Administracion y de Asesoria Legal de PROVIAS NACIONAL, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio Nº 005-2005-MTC/02 y su Adenda Nº 01, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Directiva Nº 009-2002/SBN y en merito a lo establecido en la Ley Nº 27791 y en el Decreto Supremo Nº 021-2007 -MTC; SE RESUELVE. Articulo Unico.- Aceptar la donacion realizada por la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A., con Registro Unico de Contribuyente Nº 20209133394, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 61/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 963 668,61), de los cuales, TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y TRES Y 99/100 NUEVOS SOLES (SI. 335 133,99) corresponden a dinero en efectivo, TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y 20/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 431 780,20) a bienes, y UN MILLON CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 42/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 196 754,42) a servicios, en el MORDAZA del Convenio Nº 005-2005 MTC/02

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