Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2009 (09/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

394090
Apellidos 5 MORDAZA MORDAZA 6 MORDAZA MORDAZA 7 MORDAZA MORDAZA 8 MORDAZA MORDAZA 9 MORDAZA MORDAZA 10 MORDAZA MORDAZA 11 MORDAZA MORDAZA 12 MORDAZA MORDAZA Nombres WILBER MORDAZA MORDAZA WIELAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA JOB YONDI MORDAZA MORDAZA MORDAZA Agencia Zonal CANTA - HUARAL PATAZ MORDAZA GRAU MORDAZA MORDAZA MORDAZA CORONGO - MORDAZA BOLOGNESI - OCROS MARISCAL LUZURIAGA - POMABAMBA

NORMAS LEGALES
Direccion Zonal MORDAZA LA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de MORDAZA de 2009

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL

334760-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de medio televisivo para la difusion de las tecnologias agrarias de la Estacion Experimental Agraria "Donoso"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 00098-2009-INIA
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Informe Nº 011-2009/INIA que acompana al Informe Tecnico de Exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion de servicios personalismos solicitado con el Oficio Nº 596-2009-INIA-OGA, y el Informe Legal Nº 0252009-INIA/OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional de Innovacion Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio del Visto, el Director General de la Oficina General de Administracion hace llegar el sustento tecnico (Informe Nº 011-2009/LOG), con el que se sustenta la contratacion directa por la causal de exoneracion por servicios personalisimos para la contratacion del medio televisivo para la difusion de las tecnologias agrarias de la Estacion Experimental Agraria "Donoso" , invocando la causal de servicios personalisimos; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1057, estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen, entre otros supuestos, por servicios personalisimos, declarados de conformidad con la referida norma; Que, articulo 132º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-PCM, establece que: cuando exista un requerimiento de contratar servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos, procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas, siempre que se sustente objetivamente, entre otros, lo establecido en el numeral 3: "Comparacion favorable frente a otros potenciales proveedores que esten en la capacidad de brindar el servicio". Que, de conformidad con lo expuesto en el Informe Tecnico adjunto al Informe Nº 011-2009/LOG, concurre la causal de servicios personalisimos al encontrarse amparada tecnicamente en los Oficios Nº 013-2009-INIA.EEA.D.CICH. KM-H/UEA-Esp.Audiv; Nº 0161-2009-INIA-EEA.D.HADMAL/D y en virtud de lo expuesto por el Director de la EEA "Donoso", y porque esta Contratacion se sujeta a un servicio especalizado y tecnologico; Que, de los oficios mencionados en el considerando precedente, se advierte en el e-mail de fecha 16 de marzo de 2009, del Director de la Estacion Experimental Agraria "Donoso", quien manifiesta que, dada la comparacion realizada con relacion a otros potenciales postores, se ha llegado a la conclusion de que: , "(...) el MORDAZA 8 Astral TV, que

actualmente es reatrasmisora del MORDAZA 4 MORDAZA TV de MORDAZA, la cual tiene amplia cobertura en las zonas rurales de la provincia de Huaral, con sus distritos de Chancayl Aucallama MORDAZA MORDAZA y otros distritos, asimismo tiene buena calidad de senal abierta y se encuentra incluido en la programacion de las dos empresas de senal de cable que tambien existen en Huaral, por lo tanto considero que seria conveniente contar con los servicios de este medio (Publimedios) porque de acuerdo al conocimiento que se tiene llega a un mayor numero de televidentes de los cuales muchos de ellos son los demandantes de las tecnologias y servicios agrarios que brinda la EEA ­ INIADonoso- Huaral".; Que, asimismo, indica el mencionado funcionario de la Estacion Experimental Agraria "Donoso", que la trasmision del programa "Dialogando con Donoso" de una hora de duracion, en el horario de mayor teleaudiencia, esto es, los dias viernes de 7:00 a 8:00 pm, y retrasmitible los dias martes en el mismo horario, puede lograrse a traves de la contratacion de la televisora mencionada, representada por la Empresa PUBLIMEDIOS identificada con RUC Nº 10160017096; Que, en el contexto de lo senalado, en el Informe Legal Nº 025-2009-INIA/OAJ, la motivacion de la de exoneracion sustentada por el area de procesos de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion, como es la contratacion directa, via servicios personalisimos, no se encuentra comprendida entre las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias o administrativas de la entidad, deviniendo mas bien en una necesidad actual y urgente para atender un requerimiento, que por su naturaleza, debe ser de inmediato; Que, el Reglamento acotado, en sus articulos 133º al 134º, establece el procedimiento para la aprobacion de la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el articulo 20º de la Ley, requieren obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, de conformidad con el articulo 135º del Reglamento acotado, debera autorizarse a la Oficina de Logistica, para que efectue la contratacion directa, para lo cual bastara con invitar al proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases , las cuales solo deben contener lo indicado en los literales b), c), e), h) e i) del articulo 26 de la Ley. La propuesta podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Que, la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los actos preparatorios y contratos que se celebren como consecuencia de aquella, deben cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, la contratacion directa, del servicio del Medio Televisivo para la Difusion de las Tecnologias Agrarias de la Estacion Experimental Agraria "Donoso", sustentada en el Informe Tecnico adjunto al Iforme Nº 011-2009/LOG, "por la causal de servicios personalisimos", tendria que ser autorizada, via la expedicion de una Resolucion Jefatural, citandose en la misma al proveedor que brinda sus servicios con la calidad de "personalisimos" , en el presente caso, a la empresa PUBLIMEDIOS identificada con RUC Nº 10160017096; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 133º y 134º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y con la visacion de los Directores Generales de las Oficinas Generales de Administracion y de Planificacion y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, la exoneracion por servicios personalisimos, del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, de los servicios de la Empresa PUBLIMEDIOS, identificada con RUC Nº 10160017096, para la prestacion del servicio de medio televisivo para la difusion de las tecnologias agraria de la Estacion Experimental Agraria "Donoso", por las razones expuestas en los considerandos precedentes. Articulo 2º.- La contratacion directa de los servicios televisivos a que se refiere el articulo anterior sera con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, a traves de acciones inmediatas a cargo de la Oficina de Logistica del INIA - sede central. Articulo 3º.- Disponer, el inicio de las acciones conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas con ocasion de la exoneracion materia de la presente Resolucion Jefatural.

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