Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2009 (09/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- Consignar, los alcances de esta Resolucion, en el SEACE y en el MORDAZA de esta entidad, dentro de los diez dias siguientes a su aprobacion. Articulo 5º.- Disponer, que la Oficina General de Administracion, se encargue de realizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias siguientes a su aprobacion, asi como la remision de esta, dentro del mismo plazo, a la Contraloria General de la Republica, adjuntando los Informes Tecnico y Legal en que se sustenta. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RISI CARBONE Jefe Instituto Nacional de Innovacion Agraria

334391-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de polizas de seguros patrimoniales y personales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 00100-2009-INIA
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2009 VISTO: Los Oficios Nº 589-2009-INIA-OGA; Oficio Nº 202-2009INIA-OAJ/DG; Oficio Nº 679-2009-INIA-OGA/Log; Oficio Nº 212-2009-INIA-OAJ/DG; Oficio Nº 702-2009-INIA-OGA, Oficio Nº 391-2009-INIA-OGP/OPRE, e Informe Tecnico Nº 001-A-2009-INIA-OGA-OL, y el Informe Legal Nº 030-2009INIA-OAJ/DG; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los Infomes Tecnicos adjuntos a los Oficios Nº 589-2009-INIA-OGA, Oficio Nº 679-2009-INIAOGA/Log y Oficio Nº 702-2009-INIA-OGA, se aprecia que se ha configurado la causal de desabastecimiento inminente de los servicios de seguros patrimoniales y personales del INIA, para el presente ejercicio presupuestal, la cual se enmarca dentro del supuesto previsto por el articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017; Que, se indica tambien que la contratacion complementaria al contrato primigenio en los limites establecidos por ley, (hasta el 30% del monto contratado inicialmente), suscrito con la compania MORDAZA, se ha agotado al 07 de marzo de 2009, y en tanto se proceda con el cronograma del MORDAZA de seleccion 2009; se configura un Desabastecimiento Inminente, por lo que se advierte que la falta de las Polizas de Seguros MORDAZA indicadas, pone en riesgo el Patrimonio de la Entidad y la atencion de la salud del personal; Que, en atencion al Informe Tecnico emitido por la Oficina General de Administracion adjunto al Oficio Nº 702-2009-INIA-OGA, se solicita la exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion por desabastecimiento de los Seguros Patrimoniales y Personales, a partir de la contratacion directa autorizada por la presente Resolucion, por un periodo de 04 meses, por el monto de S/. 157,457.33 (CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 33/100) Nuevos Soles incluido IGV, en tanto se proceda a otorgar la buena pro en el MORDAZA de Seleccion que para tal efecto se inicie; Que, en atencion a lo prescrito en el articulo 22º de la Ley y por los articulos 133º y 134º del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y en virtud del Informe Tecnico citado en el considerando precedente, la Oficina de Asesoria Juridica ha emitido el Informe Nº 030-2009-INIA-OAJ/ DG, que concluye en que es procedente declarar la situacion de desabastecimiento inminente al MORDAZA de lo prescrito en el literal c) del articulo 20º y articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017, debiendo de adoptarse las acciones inmediatas; Que, en el literal c) del articulo 20º de la Ley, entre otros considera, la exoneracion de procesos de seleccion en situaciones de desabastecimiento inminente declarada de conformidad a Ley; la misma que por el articulo 21º de la citada MORDAZA, requiere obligatoriamente de los Informes tecnico y Legal previos, a la Resolucion del Titular de la Entidad, Acuerdo del Diretorio, del Consejo Regional o del Concejo Municipal, segun corresponda; las resoluciones o acuerdos que apruebe las exoneraciones de los procesos

de seleccion, salvo la prevista en el inciso d) del articulo 20º de la Ley, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion; Que, la aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal; constituyendo agravante de responsabilidad, si la situacion fue generada por dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de la Entidad; debiendo ordenarse tambien, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 46º de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, la motivacion de la de exoneracion sustentada por el area de procesos de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion, como es la contratacion directa, por exoneracion basada en la causal de desabastecimiento inminente, no se encuentra comprendida entre las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias o administrativas de la entidad, deviniendo mas bien en una necesidad actual y urgente para atender un requerimiento, que por su naturaleza, debe ser atendida de inmediato; Que, de conformidad con el articulo 135º del Reglamento acotado, la presente Resolucion tambien debera autorizar la realizacion de la contratacion directa de los seguros personales y patrimoniales para el INIA, para lo cual bastara con invitar al proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases , las cuales solo deben contener lo indicado en los literales b), c), e), h) e i) del articulo 26º de la Ley; Que, sin perjuicio de lo previsto en el considerando anterior, la exoneracion materia de la presente, se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los actos preparatorios y contratos que se celebren como consecuencia de esta, deben cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, por el Oficio Nº 391-2009-INIA-OGP/OPRE, la Oficina General de Planificacion ha expedido la Certificacion de Credito Presupuestario solicitado por la Oficina General de Administracion, por el monto de S/.157,458.00 Nuevos Soles, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Correlativas 0012 y 0029, en detalle: 006-0008-1000267-3000693-0005 (0012); De conformidad con las facultades establecidas por la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y estando a las atribuciones previstas por el articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INIA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2005-AG modificado por el Decreto Supreo Nº 027-2008-AG; y con las visaciones de los Directores Generales de las Oficinas Generales de Administracion y de Planificacion y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar el Desabastecimiento Inminente de acuerdo con lo previsto en el literal c) del articulo 20º y articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017, consecuentemente se declara la exoneracion de MORDAZA de seleccion Concurso Publico para "Adquisicion de Polizas de Seguros Patrimoniales y Personales", por el periodo de cuatro (4) meses, en que se estima se cuente con los servicios derivados del MORDAZA de Seleccion que se inicie para este fin, debiendose contratar en forma directa mediante acciones inmediatas, hasta por el monto de S/.157, 458.00 Nuevos Soles. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion para que adopte las acciones correspondientes para la adquisicion referida en el articulo precedente, estableciendose como valor referencial la cantidad de S/. 157,457.33 (CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 33/100) Nuevos Soles Incluido IGV, que seran financiados con Recursos Directamente Recaudados, afectandose las Correlativas Presupuestales 0012 y 0029, en detalle: 0060008-1000267-3000693-0005 (0012). Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Administracion la remision de la MORDAZA de la presente Resolucion Jeatural y de los Informes que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, asi como su publicacion en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez dias habiles de su aprobacion. Articulo 4º.- Disponer, al MORDAZA del Articulo 46º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades

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