Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2010 (13/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de enero de 2010

NORMAS LEGALES
DICE:

411077

y Supervisor Economico Financiero I, los mismos que en Anexo 1 forman parte integrante de esta resolucion; Que, en razon a ello, es necesario elaborar una Nueva Version del Manual de Descripcion de Puestos y Competencias ­ Clasificacion de Cargos de la Entidad (MDP), que se ajuste a lo senalado en el Informe de vistos; Que, de conformidad con el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general", se deben publicar obligatoriamente, resoluciones administrativas que su contenido se relacione con la aprobacion de documentos de gestion; Que, en concordancia con el literal f) del articulo 56º del Reglamento General de OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM y el numeral 10 de las funciones generales de la Presidencia contempladas en el MOF vigente, senalan como facultades de la Presidencia la aprobacion de los documentos normativos de gestion. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la nueva version del Manual de Descripcion de Puestos del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico ­ OSITRAN, en el cual se incorporan las especificaciones para los cargos de Especialista en Atencion al Usuario, Asistente de Presidencia, Analista de Gestion I, Auxiliar de Oficina y Supervisor Economico Financiero I, los mismos que en Anexo 1 forman parte integrante de esta resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la implementacion y difusion del referido Manual de Descripcion de Puestos y Competencias ­ Clasificacion de Cargos de la Entidad (MDP), entre el personal de la institucion. Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). El anexo de la presente resolucion sera publicado en el MORDAZA institucional de la entidad. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente Del Consejo Directivo 444182-1

"Articulo 135°.- Criterios a tomarse en el MORDAZA de determinacion del importe a facturar por los servicios en Inmuebles de Uso Comun Sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 84° del presente Reglamento, en los supuestos de cierre del servicio a que se refiere el articulo 7° del Reglamento de la Ley N° 29128, las EPS seguiran emitiendo el recibo correspondiente al monto prorrateado de los servicios comunes, mas el cargo fijo mensual. Cuando la situacion de corte a que se refiere el articulo 7° del Reglamento de la Ley N° 29128, continue por un periodo superior a seis (06) meses, se resolvera el contrato de prestacion de servicios y el predio quedara sin conexion. En este caso, la EPS redistribuira la cuota por servicios comunes asociada a dicho contrato entre los demas usuarios, salvo que la Junta de Propietarios MORDAZA acordado previamente y comunicado a las EPS, que la cuota por servicios comunes asociada a contratos resueltos sera pagada por el respectivo propietario. Sera obligacion del titular de la conexion asumir las deudas pendientes de pago correspondientes a los servicios comunes que se hubieren generado mientras que la cuota correspondiente se encontraba asociada al contrato de prestacion de servicios de dicho usuario." DEBE DECIR: "Articulo 135°.- Criterios a tomarse en el MORDAZA de determinacion del importe a facturar por los servicios en Inmuebles de Uso Comun Sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 84° del presente Reglamento, en los supuestos de cierre del servicio a que se refiere el articulo 7° del Reglamento de la Ley N° 29128, las EPS seguiran emitiendo el recibo correspondiente al monto prorrateado de los servicios comunes, mas el cargo fijo mensual. Cuando la situacion de corte a que se refiere el articulo 7° del Reglamento de la Ley N° 29128, continue por un periodo superior a seis (06) meses, se resolvera el contrato de prestacion de servicios y el predio quedara sin conexion. Sera obligacion del titular de la conexion asumir las deudas por servicios comunes pendientes de pago generadas mientras el contrato de prestacion de servicios se encontraba vigente. En caso se resuelva el contrato, la EPS redistribuira la cuota por servicios comunes asociada a dicho contrato entre los demas usuarios, salvo que la Junta de Propietarios MORDAZA acordado previamente y comunicado a las EPS, que la cuota por servicios comunes asociada a contratos resueltos sera pagada por el respectivo propietario." 444595-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 064-2009-SUNASS-CD Mediante Oficio Nº 006-2010-SUNASS-030 la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 064-2009-SUNASS-CD, publicada en la edicion del 31 de diciembre de 2009. 1. Titulo DICE: "Modifican Reglamento General de Reclamos de Usuarios de Servicios de Saneamiento y el Reglamento de Calidad de la Prestacion de los Servidores de Saneamiento" DEBE DECIR: "Modifican Reglamento General de Reclamos de Usuarios de Servicios de Saneamiento y el Reglamento de Calidad de la Prestacion de los Servicios de Saneamiento" 2. Articulo 4º

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Declaran no ha lugar la imposicion de sancion administrativa de inhabilitacion temporal contra persona natural
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION N° 024-2010-TC-S4 Sumilla: "A fin de determinar si se han cumplido los supuestos para que este Colegiado pueda determinar si corresponde imponer sancion administrativa de inhabilitacion al Contratista, se debe verificar que la Entidad MORDAZA cumplido con remitir la carta notarial mediante la cual comunico al Contratista el requerimiento

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