Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2010 (13/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de enero de 2010

del Decimo MORDAZA Juzgado Laboral de MORDAZA, a partir del 13 de enero del presente ano. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados designados, para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 444654-1

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA ERASO como Juez Supernumeraria del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA, a partir del 13 de enero del presente ano. Articulo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados designados, para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 444656-1

Designan Juez Supernumeraria del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 48-2010-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 8 de enero del 2010 VISTOS: La Resolucion Administrativa Nº 13-2010-P-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDOS: Que, mediante la resolucion administrativa de vistos se designa al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA, como Juzgado Provisional del MORDAZA Juzgado Civil de Lima. Que, estando a lo expuesto en el considerando precedente, esta Presidencia considera necesario emitir el procedimiento respectivo. Que, resulta pertinente precisar que la novisima Ley de la MORDAZA Judicial, en su articulo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es asi que el inciso tercero del citado articulo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que "(...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al articulo doscientos treinta y nueve de la Ley Organica del Poder Judicial...)". Que, bajo este contexto, de conformidad con la MORDAZA MORDAZA referida, se desprende que en adelante se denominara como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que MORDAZA eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las caracteristicas de los MORDAZA denominados Jueces Titulares y Provisionales, aun se mantiene en la "Ley de la MORDAZA Judicial". Que, no obstante ello, la MORDAZA MORDAZA acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarian en implementacion por parte de los entes encargados de ello; razon por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos organos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la finalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solucion de sus conflictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal.

ORGANOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Delegan diversas facultades Secretaria General de la ONPE
RESOLUCION JEFATURAL N° 004-2010-J/ONPE MORDAZA, 7 de enero de 2010 Vistos: El Informe Nº 003-2010-OGPP/ONPE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, referido a la propuesta de delegacion de facultades que corresponden a la Titular del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Informe N° 010-2010-OGAJ/ ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29465 se aprobo la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; Que, la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece la normativa que rige las distintas fases del MORDAZA presupuestario, los criterios tecnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestion administrativa y financiera del Estado; Que, el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 28411 senala que el Titular de la Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva, en materia presupuestal, pudiendo delegar sus funciones cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad; Que, el numeral 30.2 del articulo 30º de la precitada ley, precisa que, los calendarios de compromisos institucionales en el Gobierno Nacional son aprobados por el titular del pliego presupuestario o por quien este delegue; Que, asimismo en el numeral 40.2 del articulo 40º se establece que, el Titular de la Entidad puede delegar la facultad de aprobacion de las modificaciones

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