Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2010 (13/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de enero de 2010

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 003-2010 DISPONEN AYUDA HUMANITARIA DEL ESTADO PERUANO A LA REPUBLICA DE HAITI
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el dia 12 de enero de 2010 se ha producido un sismo en el territorio de la Republica de Haiti, con altos costos sociales y economicos en el referido MORDAZA y cuyas consecuencias deberan ser atendidas en oportunidad proporcional a la emergencia producida; Que, conforme al articulo 44º de la Constitucion Politica del Peru, es deber del Estado peruano promover la integracion, particularmente latinoamericana, comprendiendo dicho deber la realizacion de acciones humanitarias encaminadas a mitigar las consecuencias de eventos catastroficos como el sismo producido en el territorio de la Republica de Haiti; Que, dentro del MORDAZA del Sistema de las Naciones Unidas al cual pertenece la Republica del Peru, se contempla como compromiso de los Estados, la realizacion de acciones de asistencia humanitaria para dar respuesta a desastres y reducir la vulnerabilidad de las sociedades objeto de MORDAZA, activandose para el efecto los mecanismos de asistencia, entre cuyas modalidades se encuentran la disposicion de recursos tecnicos, institucionales y financieros para contribuir a la mitigacion de los efectos de desastres naturales; Que, ante el MORDAZA extraordinario e imprevisible MORDAZA mencionado, que compromete deberes y obligaciones asumidos por el Estado peruano que obran en tratados e instrumentos internacionales que, segun el articulo 55º de la Constitucion Politica del Peru forman parte del ordenamiento juridico interno, resulta necesario dictar medidas economicas y financieras para viabilizar la decision de efectuar donaciones por parte del Estado peruano a favor de la Republica de Haiti, con el proposito de que MORDAZA destinados a socorrer a las personas damnificadas por el sismo producido el 12 de enero de 2010; Que, se ha determinado la realizacion de una donacion consistente en alimentos, medicinas y otros bienes de asistencia humanitaria, asi como el apoyo de personal de salud y otros medios que se considere necesario; Que, asimismo es necesario autorizar al Ministerio de Salud, al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA y al Instituto Tecnologico Pesquero -ITP, para que realicen la entrega de bienes que tienen en stock y hasta por la cantidad de toneladas metricas a que se refiere la presente MORDAZA, cuyo valor de reposicion sera con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, hasta por la suma de SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 000 000,00); Que, asimismo, es necesario senalar que el Instituto de Defensa Civil - INDECI - sera la entidad encargada de coordinar, conducir y ejercer la representacion del Estado peruano en las acciones para materializar la referida donacion; En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica;

DECRETA: Articulo 1º.- De la autorizacion de donacion Disponer la donacion de bienes consistentes en alimentos, medicinas y otros bienes de asistencia humanitaria, asi como de apoyo de personal de salud, que efectua el Estado Peruano a favor del Estado de la Republica de Haiti, con el proposito de contribuir a la mitigacion de las consecuencias producidas por el sismo ocurrido el 12 de enero de 2010. Articulo 2º.- De la autorizacion a entidades para la entrega de bienes Autorizase a las siguientes entidades, a entregar al Instituto de Defensa Civil - INDECI - los bienes considerados en los documentos respectivos y hasta por la cantidad de toneladas que se indican: · Ministerio de Salud: Cinco (5) toneladas metricas de medicinas y material medico. · Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA: Cuarenta (40) toneladas metricas de alimentos. · Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP: Dieciocho (18) toneladas metricas de alimentos. El Instituto de Defensa Civil - INDECI - coordinara, conducira y ejercera la representacion del Estado peruano en las acciones para materializar la entrega de los bienes objeto de donacion. Articulo 3º.- De la reposicion del valor de bienes entregados 3.1 Autorizase al Pliego Ministerio de Economia y Finanzas para que, con cargo a la Reserva de Contingencia, transfiera recursos a favor de las entidades a que se refiere el articulo 2º de la presente MORDAZA, hasta por el monto del valor de reposicion de los bienes entregados a INDECI para los fines de este dispositivo, asi como por los gastos incurridos por el INDECI para materializar la donacion dispuesta por la presente norma. 3.2 Establezcase como monto MORDAZA para financiar los conceptos senalados en el numeral precedente la cantidad de hasta SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 000 000,00), con cargo a la Reserva de Contingencia. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Economia y Finanzas, el Ministro de Salud, el Ministro de la Produccion y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los trece dias del mes de enero del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social
445770-1

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