Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2010 (13/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de enero de 2010

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Declaran fundada demanda de inconstitucionalidad contra la Resolucion Legislativa Nº 008-2007CR en la parte que modifica el MORDAZA parrafo del articulo 25º del Reglamento del Congreso
EXPEDIENTE Nº 00013-2009-PI/TC MORDAZA MAS DEL 25% DEL NUMERO LEGAL DE MIEMBROS DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA SENTENCIA DEL PLENO JURISDICCIONAL DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL PERU DEL 4 DE ENERO DE 2010 MORDAZA DE INCONSTITUCIONALIDAD MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA APODERADO DE MAS DEL 25% DEL NUMERO LEGAL DE MIEMBROS DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA C/. CONGRESO DE LA REPUBLICA SINTESIS MORDAZA de inconstitucionalidad contra la Resolucion Legislativa Nº 008-2007-CR en la parte que modifica el MORDAZA parrafo del articulo 25º del Reglamento del Congreso Magistrados firmantes MORDAZA GOTELLI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HAYEN ETO MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sumario I. MORDAZA

Hayen, Eto MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, pronuncia la siguiente sentencia. I. MORDAZA Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por treinta y un congresistas de la Republica, representados por don MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA, contra el articulo 25º del Reglamento del Congreso de la Republica modificado mediante la Resolucion Legislativa Nº 008-2007-CR publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de octubre de 2008. II. DATOS GENERALES Violacion constitucional invocada El MORDAZA constitucional de inconstitucionalidad ha sido promovido por mas del 25% del numero legal de miembros del Congreso de la Republica, representados por su abogado y apoderado don MORDAZA G. MORDAZA Jines. El acto lesivo denunciado lo habria producido la modificacion del MORDAZA parrafo del articulo 25º del Reglamento del Congreso de la Republica, por virtud de la Resolucion Legislativa Nº 008-2007-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de octubre de 2008. Petitorio constitucional Los demandantes aducen que a partir de la modificacion del articulo 25º del Reglamento del Congreso, en la parte que regula el reemplazo del congresista suspendido por el Pleno del Congreso de la Republica por el accesitario, vulnera el inciso 2) del articulo 2º de la Constitucion referido al MORDAZA de igualdad ante la ley, asi como contra los articulos 90º, 93º, 2 inciso 17) y 106º de la Carta Magna. Alegando tales vulneraciones, solicitan que se declare la inconstitucionalidad de la modificacion incorporada en el MORDAZA parrafo del articulo 25º del Reglamento del Congreso en la parte que establece que el remplazo del congresista suspendido por el accesitario se realizara previo acuerdo de la mitad mas uno del numero de miembros del Congreso. III. MORDAZA DEMANDADA DE INCONSTITUCIONALIDAD Articulo 2º.- Modificacion del articulo 25º del Reglamento del Congreso de la Republica Modificase el articulo 25º del Reglamento del Congreso de la Republica conforme al siguiente texto: Articulo 25º.- "Reemplazo por el accesitario En caso de muerte, o enfermedad o accidente que lo inhabilite de manera permanente para el ejercicio de sus funciones; o que MORDAZA sido inhabilitado o destituido en juicio politico por infraccion constitucional; o que MORDAZA sido condenado mediante sentencia firme a pena privativa de la MORDAZA efectiva por la comision de delito doloso, el Congresista sera reemplazado por el accesitario. En caso de MORDAZA penal, si el Congresista ha sido suspendido en antejuicio politico o se le ha impuesto mandato de detencion, previo levantamiento de su inmunidad parlamentaria, y mientras estas situaciones duren, sera reemplazado por el accesitario, previo acuerdo de la mitad mas uno del numero de miembros del Congreso. En tales casos, sus haberes seran depositados en una cuenta especial. Si es absuelto, le sera entregada la suma acumulada y recobrara todos sus derechos. En caso de sentencia condenatoria por delito doloso, el monto depositado revertira al presupuesto del Congreso. En el caso de inhabilitacion por enfermedad, el Congresista afectado no dejara de percibir sus haberes durante el periodo parlamentario correspondiente." IV. ANTECEDENTES: DEMANDA Y CONTESTACION DE LA DEMANDA § 1. Argumentos de la demanda El 6 de MORDAZA de 2009, treinta y un congresistas de la Republica radicaron ante el Tribunal Constitucional una demanda de inconstitucionalidad con el objeto de que se deje sin efecto el articulo 2º de la Resolucion Legislativa

II. DATOS GENERALES III. NORMAS DEMANDADAS INCONSTITUCIONALIDAD DE

IV. ANTECEDENTES: DEMANDA Y CONTESTACION DE LA DEMANDA V. MATERIAS RELEVANTES VI. FUNDAMENTOS § 1. Delimitacion del petitorio § 2. Consideraciones respecto a la forma § 3. Consideraciones respecto al fondo VII. FALLO EXPEDIENTE Nº 00013-2009-PI/TC MORDAZA TREINTA Y UN CONGRESISTAS DE LA REPUBLICA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En MORDAZA, a los 4 dias del mes de enero de 2010, el Tribunal Constitucional en sesion de Pleno Jurisdiccional, con la asistencia de los magistrados MORDAZA Gotelli, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CONSTITUCIONALMENTE

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