Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2010 (13/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

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CALZADAS: Podran ser del MORDAZA Flexible, con las dimensiones y caracteristicas de los componentes de las calzadas, seran las que resulten del diseno estructural, debiendo obtener la autorizacion de ejecucion en la Division de Obras Publicas de esta Municipalidad, tomando en cuenta la carga por efecto del MORDAZA vehicular a soportar en su MORDAZA util y el MORDAZA de terreno de fundacion. ACERAS: Seran de concreto de calidad fc = 175 kg/cm2 de espesor 0.15 m y su colocacion se efectuara sobre un terraplen de material de prestamo, limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relacion a la calzada terminada sera de 0.15 m y el acabado sera con mezcla de cemento y MORDAZA fina en proporcion 1.2 de un centimetro de espesor y brunas cada 1.00 m. conjuntas de ³/" cada 5 ml. SARDINELES: En los extremos expuestos de la aceras o extremos en contacto con jardines se construira un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. ancho x 0.30 m altura de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogenea con ellas. RAMPAS EN BERMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD: En los extremos de los abanicos de las aceras, se construiran rampas peatonales que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 y el Reglamento Nacional de Edificaciones; las obras seran sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. OBRAS SANITARIAS: Seran ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL. ELECTRICIDAD: Los interesados deberan poner en conocimiento de las empresas concesionarias, la fecha de inicio y termino de las obras; las mismas que seran ejecutadas de acuerdo a los proyectos aprobados por la empresa prestadora de servicios. INSTALACIONES TELEFONICAS: para las instalaciones telefonicas, instalaciones de ductos y camaras y la reserva de areas para centrales, los interesados deberan coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefonica. Articulo Tercero.- DISPONER a la empresa Contratistas y Promotores MORDAZA S.R.L. el pago del deficit de aportes reglamentarios a redimirse en dinero por SERPAR en area de 783.00 m2, y Recreacion Publica en area de 1,980.00 m2, MORDAZA de la recepcion de obras, a favor de Servicio de Parques de MORDAZA y Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, respectivamente, dejando en garantia los lotes 1 al 13 de la Manzana A, en relacion al MORDAZA, y los lotes 14 al 19 de la Manzana A de la Urbanizacion Residencial Mayorazgo de Naranjal II Etapa, en relacion al primero. Articulo Cuarto.- DISPONER la inscripcion de la presente resolucion en el Sistema Nacional de Registros, asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, debiendo la Empresa Contratistas y Promotores MORDAZA S.R.L., asumir los gastos para tales fines, dentro de los treinta (30) dias habiles de haber tomado validamente conocimiento del citado acto administrativo. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Administracion Tributaria, y Gerencia de Administracion y Finanzas, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitacion MORDAZA a que se refiere el articulo primero de la presente resolucion, al Plano MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Porres, asi como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes y Margesi de Bienes Inmuebles de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, cuando corresponda, sin perjuicio de identificar las infracciones administrativas e imponer las sanciones que corresponda por venta de lotes sin contar con autorizacion municipal o habilitacion MORDAZA aprobada. Articulo Sexto.- REMITIR MORDAZA certificada del Expediente Tecnico y la presente resolucion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su ratificacion, sin perjuicio de comunicar el tenor del mencionado acto

administrativo a la Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales, Ministerio de Educacion, Servicio de Parques de MORDAZA y Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Municipal 444113-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Aprueban creacion de la Municipalidad del Centro Poblado San MORDAZA de Calaguaya Distrito de Mariatana
ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL Nº 045-2009-CM/MPH-M Matucana, 24 de diciembre del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA VISTO: El expediente N° 1580-09 de fecha 17/04/09 de la Comunidad Campesina de San MORDAZA de Calaguaya debidamente representado por su presidente quien solicita Creacion de la Municipalidad de Centro Poblado San MORDAZA de Calaguaya, expediente N° 4655-09 de fecha 30/10/09 del Comite de Gestion Municipalidad del Centro Poblado San MORDAZA de Calaguaya, Expediente N° 5098-09 de fecha 27/11/09 de la Municipalidad Distrital de Mariatana, Informe N° 575-2009/MPH-OAJ-CMDS-M de fecha 08/12/09 de Asesoria Juridica, Informe N° 250-2009-GDUR-MPH-M de fecha 02/12/09 de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, Informe N° 410-2009-GAF/MPH-M de fecha 09/12/09 de la Gerencia de Administracion y Finanzas, Informe N° 11-2009-CCP-MPH-M de fecha 22/12/09 de la Comision de Saneamiento Fisico Legal y Jurisdiccion; y la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 23/12/09 vinculado a los documentos mencionados parrafos arriba, y; Que, los Gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme se establece en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, concordante con el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado; Que, en este contexto, los Acuerdos de Concejo son decisiones que se adoptan referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresen la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto, conforme a la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972; Que, con expediente N° 1580-09 de fecha 17/04/09 la Comunidad Campesina de San MORDAZA de Calaguaya debidamente representado por su presidente solicita la Creacion de la Municipalidad de Centro Poblado San MORDAZA de Calaguaya, asimismo con Informe N° 36109/MPH-OAJ-CMDS-M de fecha 05/08/09 la oficina de Asesoria Juridica informe que se ha observado dicho expediente por no cumplir con el articulo 129° de la Ley N° 27972 por lo que con Oficio N° 0185-2009-SG/MPH-M de fecha 05/08/09 se notifico a la Comunidad Campesina de San MORDAZA de Calaguaya para que subsane las observaciones hechas por la Oficina de Asesoria Juridica, y con expediente N° 4655-09 de fecha 30/10/09 el Comite de Gestion Municipalidad del Centro Poblado San MORDAZA de Calaguaya, subsana las observaciones hechas por la oficina de Asesoria Juridica, cumpliendo con lo establecido en el articulo 129° de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades;

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