Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2010 (11/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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DISPOSICIONES FINALES

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 2010

Primera.- FACULTESE al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia emita las Disposiciones Complementarias y/o Reglamentarias para la correcta aplicacion de la presente Norma. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su Publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Tercera.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Comercializacion, Gerencia de Seguridad y Fiscalizacion a traves de la Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal, Secretaria General e Imagen Institucional su correcta publicacion y difusion, asimismo las demas areas de la Corporacion MORDAZA de cuya naturaleza y funcion emane su cumplimiento. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA

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Que, mediante D.S. N° 15-2008-SA publicado el 5 de MORDAZA del 2008 se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 28705, estableciendo en su articulo 11º y 42º que las Municipalidades vigilaran y haran cumplir las disposiciones contenidas en dicho Reglamento y aplicaran las sanciones de acuerdo a las competencias y facultades establecidas por Ley, pudiendo implementar otros sistemas complementarios de vigilancia para fiscalizar el cumplimiento de la Ley y el Reglamento en el ambito de su competencia; Que, por Decreto Supremo N° 001-2010-SA de fecha 11 de enero de 2010, se ha modificado el Reglamento de la Ley N° 28705, por lo que resulta necesario que mediante Ordenanza Municipal la Municipalidad Distrital de Ate, apruebe un MORDAZA normativo que permita ejercer las acciones de Fiscalizacion y Control, atribuidas por Ley al Gobierno Local, en defensa del bienestar general, la salud e interes publico del Distrito; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la sesion ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN DE PROTECCION Y CONTROL DEL CONSUMO DE TABACO EN EL DISTRITO DE ATE Articulo Primero.- APROBAR el Regimen Municipal de Proteccion y Control del Consumo del Tabaco en el Distrito de Ate, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, asi como sus Anexos 1, 2, 3, 4 y 5. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su Publicacion en el Diario Oficial "El Peruano"; Disponiendose, la publicacion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el integro del Regimen Municipal de Proteccion y Control del Consumo del Tabaco en el Distrito de Ate y sus respectivos Anexos. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad y Fiscalizacion, Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal, Sub Gerencia de Ejecucion Coactiva, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Comercializacion y demas organos competentes de la Municipalidad, el cumplimiento del Regimen aprobado. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA

Aprueban Regimen Municipal de Proteccion y Control del Consumo de Tabaco en el distrito de Ate
ORDENANZA N° 247-MDA
Ate, 24 de junio de 2010 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de Junio de 2010, visto el Dictamen N° 017-2010-MDA/CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 194º y al numeral 5) del articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 27680, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y efectuar los planes y programas correspondientes; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece en el Articulo IV, correspondiente al Titulo Preliminar que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el referido cuerpo Legal establece ademas en su art. 79º, inciso 3), numeral 3.6), y acapites 3.6.3 y 3.6.4, que son funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales normar, regular y otorgar autorizaciones y derechos y realizar la fiscalizacion de ubicacion de avisos publicitarios y apertura de establecimientos comerciales, industriales y actividades profesionales de acuerdo a la zonificacion; Que, de igual modo el articulo 46º del acotado cuerpo legal, establece ademas que las Ordenanzas Municipales determinan el Regimen de Sanciones Administrativas por la infraccion a sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en funcion de la gravedad de la falta asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias; Que, mediante Ley Nº 28705, publicada el 6 de MORDAZA del 2006, se aprobo la Ley General para la Prevencion y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, estableciendo las medidas y disposiciones para el control, prevencion, proteccion y comercializacion del tabaco, senalando en su articulo 3º y 18º que la Autoridad Municipal sera la encargada de hacer cumplir la MORDAZA en cuanto a la proteccion y control del humo de tabaco en centros laborales, hoteles, restaurantes, cafes, bares, centros de entretenimiento y otros, asi como de la vigilancia y cumplimiento de la Ley, conjuntamente con otras Instituciones; Que, mediante Ley Nº 29517, se modifico la Ley Nº 28705 para adecuarse al Convenio MORDAZA de la Organizacion Mundial de la Salud (OMS) para el control del Tabaco, estableciendo prohibiciones contra la exposicion al humo de tabaco;

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Aprueban Dictamen de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, sobre remitir a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA el estudio tecnico de la Via Carretera Central Tramo Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA a Plaza Central de Vitarte
ACUERDO DE CONCEJO N° 026
Ate, 24 de junio de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de Junio de 2010, el Dictamen N° 018-2010-MDA/CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Art. 194° de la Constitucion Politica, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico.

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