Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2010 (11/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 2010

Articulo 5º.- Calidad del Servicio La Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, en el MORDAZA de la Ley de Aseguramiento Universal en Salud, establece mecanismos de regulacion y supervision necesarios, para la mejora de la calidad de la atencion que reciben los usuarios, incluyendo la implementacion de campanas de comunicacion y difusion respecto de la afiliacion y de los derechos y deberes del afiliado, entre otros. Articulo 6º.- Eficiencia en el servicio 6.1 El Seguro Integral de Salud, a fin de garantizar la eficiencia en la prestacion de los servicios de salud de sus afiliados, desarrollara las siguientes acciones: a. Afiliacion en linea que permita consulta con el SISFOH, para el registro de la condicion de la autenticacion y elegibilidad. b. Depuracion de su padron de afiliados para reducir la duplicacion de registros, e incrementar la proporcion de afiliados antiguos autenticados y con condicion de elegibilidad reevaluada. c. Desarrollo de un piloto de compra de servicios, de tal manera que la separacion de la funcion de prestacion de la funcion de financiacion sea efectiva. d. Desarrollo de un piloto de mecanismo de control y autorizacion en linea de prestaciones con hospitales de MORDAZA Metropolitana y el Callao. e. Incremento de la capacidad de auditoria de las prestaciones que ofrecen los proveedores de salud a los usuarios. 6.2 El Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales senalados en el alcance de la presente MORDAZA, deberan registrar y actualizar de manera oportuna la informacion de las bases de datos del Sistema Integrado de Gestion Administrativa ­ SIGA y del Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de Recursos Humanos del Sector Publico. Articulo 7º.- Del financiamiento La presente MORDAZA se financia con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades senaladas en el articulo 2º de la presente MORDAZA, asi como con los recursos que para tal fin se transfieran con cargo a la Reserva de Contingencia previo requerimiento del Ministerio de Salud, hasta por la suma de SETENTA Y OCHO MILLONES Y DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 78 200 000,00), para cuyo efecto autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas a aplicar el procedimiento establecido en el articulo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Previo al requerimiento para la transferencia de los recursos que correspondan al financiamiento de la oferta de servicios de salud las entidades respectivas deberan tener actualizada la informacion a que hace referencia el numeral 6.2 del articulo 6° de la presente norma. Articulo 8º.- Normas Complementarias El Ministerio de Salud en coordinacion con el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Decreto Supremo, emite de ser necesario, las disposiciones complementarias para efecto de la adecuada aplicacion de la presente norma. Articulo 9º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Economia y Finanzas y por el Ministro de Salud.

con su rol de Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud. Todas las entidades que se encuentren comprometidas en la aplicacion del presente Decreto de Urgencia prestaran el apoyo necesario para su cumplimiento, en el plazo senalado. SEGUNDA.- Excepcion El Ministerio de Salud, el Ministerio de Economia y Finanzas, el Seguro Integral de Salud y la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud quedan exceptuadas de las disposiciones administrativas y fiscales generales y especificas que limiten o impidan la aplicacion de la presente MORDAZA, incluidas aquellas vinculadas a limites fiscales. TERCERA.Autorizacion Excepcional y Extraordinaria Autorizase al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI a incorporar en su presupuesto institucional y ejecutar los recursos provenientes de la aplicacion del Convenio Interinstitucional por suscribirse con el Ministerio de Economia y Finanzas - MEF, que tienen como finalidad el levantamiento de la Ficha Socioeconomica Unica del SISFOH que permitira determinar la elegibilidad de los solicitantes que hace referencia al numeral 4.2 del articulo 4° de la presente norma. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

517726-1

DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar a Brasil y Haiti en Comision de Servicio
RESOLUCION SUPREMA Nº 304-2010-DE/
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Nº 108 de fecha 05 de marzo de 2009, la Mision Permanente del Brasil ante las Naciones Unidas, solicita la designacion de un militar peruano para ejercer funciones en el Estado Mayor del Batallon Brasileno en la Mision de Estabilizacion de las Naciones Unidas en Haiti (MINUSTAH); Que, con Oficio Nº 1512-EMCFFAA/D5/AAII de fecha 02 de junio de 2009, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, hace conocer que en la II Reunion del Mecanismo de Consulta y Cooperacion (2+2) entre Peru y Brasil, realizado el 13 de marzo de 2009, la Republica del Brasil acepta la participacion de UN (01) Oficial peruano en el Estado Mayor del Batallon de Operaciones de Paz del Brasil en Haiti (BTN HAITI - BRABAT), el mismo que se oficializo el 14 de MORDAZA de 2009, mediante la firma del Memorandum de Entendimiento entre los representantes del Peru y Brasil ante las Naciones Unidas; Que, en el parrafo 1 del mencionado Memorandum de Entendimiento, se establece designar un Mayor del Ejercito Peruano o un Capitan de Corbeta MORDAZA de MORDAZA, en forma rotativa, para ejercer la funcion que le sea designado como integrante del Estado Mayor del Batallon Brasileno en la MINUSTAH; Que, mediante Oficio Nº 1034-EMCFFAA/OAAII/OP de fecha 06 de MORDAZA de 2010, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, hace de conocimiento al Director General de Relaciones Internacionales del

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
PRIMERA.- De la Reestructura del Seguro Integral de Salud Declarar en MORDAZA de reestructuracion al Seguro Integral de Salud segun los considerandos expuestos, por un plazo MORDAZA de ciento ochenta (180) dias. En tanto dure este MORDAZA, el Seguro Integral de Salud queda facultado a realizar las acciones administrativas que faciliten su reestructuracion. Al termino del plazo establecido, el Seguro Integral de Salud debera contar con los documentos normativos tecnicos de gestion institucional aprobados y adecuados

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