Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2010 (11/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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asuntos de su competencia, MORDAZA concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, conforme a la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Capitulo II Competencias y Funciones Especificas, Art. 79º corresponde a las Municipalidades la organizacion del espacio fisico y uso del suelo, Inciso 3.6 de Funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales: "normas, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de: Habilitaciones urbanas; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones ROF senala en su articulo 68º inciso 6 que son funciones de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, controlar el correcto uso del espacio MORDAZA, garantizando un aspecto ordenado de la MORDAZA, estableciendo las normas que regulen las disposiciones de instalaciones y uso de la via publica; Que, el Titulo III, Capitulo I de la Ley Nº 29090 que dispone el procedimiento administrativo de otorgamiento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y de Edificacion senala en su articulo 6º, que ninguna obra de habilitacion MORDAZA o de edificacion podra construirse sin sujetarse a las normas urbanisticas establecidas en los planes de desarrollo MORDAZA y/o acondicionamiento territorial y/o planeamiento integral. Las normas urbanisticas constituyen documentos de interes publico, cuya finalidad es la promocion del desarrollo ordenado de las ciudades; Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones, Capitulo V, establece en su articulo 37º que en los casos que el area por habilitar se desarrolle en etapas o esta no colinde con zonas habilitadas o se plantee la parcelacion del predio MORDAZA, se debera elaborar un "Planeamiento Integral" que comprenda la red de via y los usos de la totalidad del predio, asi como una propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, en funcion de los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA correspondiente. En las localidades que carezcan del Plan de Desarrollo MORDAZA, el Planeamiento Integral debera proponer la zonificacion y vias; Que, asimismo, el articulo 38º senala que para el Planeamiento integral de predios que no colinden con areas habilitadas o con proyecto de habilitaciones urbanas aprobado, el planeamiento comprendera la integracion al sector MORDAZA mas proximo", de igual modo el articulo 40º establece que una vez aprobado, el planeamiento integral tendra caracter obligatorio para las habilitaciones urbanas futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en los Registros Publicos; Que, mediante Expediente Nº 6973-09 y 6974-09, presentado por la Asociacion Provivienda de Empleados Civiles de la Direccion General del Gobierno Interior APROVEGGI, solicitan la Licencia de Habilitacion MORDAZA, para el uso residencial convencional, mediante aprobacion modalidad C (Aprobacion con evaluacion previa de proyectos por Revisores Urbanos o Comisiones Tecnicas). Correspondiendo a esta modalidad aquellas habilitaciones urbanas que se vayan a ejecutar por etapas, con sujecion a un planeamiento integral de la misma; Que, mediante Resolucion de Gerencia de Desarrollo MORDAZA Nº 017-2010-GDU/MDCH de fecha 19 de enero del 2010 se resuelve disponer la elaboracion del planeamiento Integral del sector ocupado por la Asociacion Provivienda de Empleados Civiles de la Direccion General del Gobierno Interior APROVEGGI, con un area total de 200,000m2, previo al otorgamiento de la Licencia de Habilitacion MORDAZA, la que por su ubicacion forma parte de la denominada Quebrada Las Cumbres, en consecuencia sujeta al planeamiento integral del modulo vial de la via de acceso principal a dicha quebrada, en el denominado Sector Catastral Nº 04 del distrito de Chaclacayo; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Nº 27972, contando con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal se ha dado la siguiente: ORDENANZA: Articulo 1º.- APROBAR el Planeamiento Integral del area ocupada por la Asociacion Provivienda de Empleados Civiles de la Direccion General del Gobierno del Interior "APROVEGGI" con 200,000 m2, ubicado a la altura del tramo 4 de la via de acceso a la Quebrada modulo vial de la via de acceso a la Quebrada Las Cumbres, en el denominado Sector Catastral Nº 4 del distrito de Chaclacayo, el mismo que comprende el diseno de los componentes de la trama

vial MORDAZA en el area de intervencion entorno a la via de acceso principal de la quebrada Las Cumbres, y el uso del suelo conforme a la zonificacion general asignada por el Instituto Metropolitano de Planificacion y de conformidad con lo que se consigna en el plano Nº 001-2010-PI-GDU/ MDCH(Lamina U1, T1)y Memoria Descriptiva, en materia de uso de suelo y trazo de vias. Documentos que son parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas veredas y bermas de estacionamiento. Correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas, contenido en el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II de Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y Disenos de Vias (Capitulo I y II). Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia General Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo Social, se difunda la presente Ordenanza, los planos y memoria descriptiva que forman parte de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- REMITIR la presente Ordenanza a los representantes y poblacion asentada en torno al area de intervencion en el trazo y diseno de la via, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, La Gerencia de Seguridad Ciudadana Fiscalizacion y Control para su conocimiento y fines. Articulo 5º.- ESTABLECER que el diseno vial que define las secciones viales en dicha via en sus cuatro tramos, aprobado mediante el presente planeamiento integral, tiene una vigencia de 10 anos, tomando en cuenta que los Planeamientos Integrales vigentes una vez aprobados tienen caracter obligatorio, y son inscritos en los Registros Publicos. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA

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Aprueban Planeamiento integral de area de terreno de propiedad de persona juridica
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 213
3 de junio de 2010 VISTO: En Sesion Extraordinaria el Informe Nº 0422010-GDU/MDCH de la Gerencia de Desarrollo Urbano; y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades en su articulo 79º indica que corresponde a las Municipalidades la organizacion del espacio fisico y uso del suelo, entre ellas la funcion de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de habilitaciones urbanas; Que, con expediente Nº 7363-08 de fecha 05 de diciembre del 2008, la Promotora e Inmobiliaria Town House, solicita aprobacion de la sectorizacion general y la asignacion de areas de uso, de la propuesta urbanistica ANDORRA, que comprende la autorizacion a que se refiere el articulo primero de la Ley Nº 26371, que regula los parques zonales; Que, la Resolucion de Gerencia de Desarrollo MORDAZA Nº 0740-2008 de fecha 23 de diciembre del 2008, resuelve declarar PROCEDENTE la solicitud presentada por PROMOTORA E INMOBILIARIA TOWN HOUSE S.A.C., que en su tercer considerando indica que, el articulo 1º de la Ley Nº 26371 senala que los terrenos de propiedad privada declarados como Parques Zonales de conformidad

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