Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2016 (13/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Martes 13 de setiembre de 2016 /

El Peruano

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican las "Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Para conferir carácter obligatorio a la utilización del Código III)"
DECRETO SUPREMO Nº 073-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, las "Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Para conferir carácter obligatorio a la utilización del Código III)" fueron adoptadas por Resolución MEPC.247(66) de la Organización Marítima Internacional el 4 de abril de 2014; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2° de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase las "Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Para conferir carácter obligatorio a la utilización del Código III)", adoptadas por Resolución MEPC.247(66) de la Organización Marítima Internacional el 4 de abril de 2014. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro de las referidas Enmiendas, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1427896-2

CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Consejo Federal Suizo para impedir el tráfico ilícito de bienes culturales" fue suscrito el 12 de julio de 2016, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Consejo Federal Suizo para impedir el tráfico ilícito de bienes culturales", suscrito el 12 de julio de 2016, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1427896-3

Delegan facultades para suscripción del Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Consejo de Ministros de la República de Albania sobre Supresión de Visas para Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Especiales o de Servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 198-2016-RE Lima, 9 de setiembre de 2016 Vista la Hoja de Trámite (GAC) N° 3289, de fecha 07 de setiembre de 2016, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores y el Memorándum (EU2) N° EU200592016, de fecha 07 de setiembre de 2016, de la Dirección de Europa 2 del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Consejo de Ministros de la República de Albania sobre Supresión de Visas para Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Especiales o de Servicios; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357, de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE, de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del Embajador Gustavo Adolfo Meza-Cuadra Velásquez, Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados

Ratifícan el "Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Consejo Federal Suizo para impedir el tráfico ilícito de bienes culturales"
DECRETO SUPREMO Nº 074-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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