Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2016 (13/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Martes 13 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del Oficio Nº 2223-L-2015GG/PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial; así como de la Partida de Nacimiento, documento de identidad; y la ficha del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil que se adjunta en fotocopia, aparece que el nombrado Juez de Paz Letrado nació el 10 de setiembre de 1946. Por consiguiente, el 10 de setiembre próximo cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 10 de setiembre de 2016, al señor Raúl Rea Lino, en el cargo de Juez de Paz Letrado Titular de Barranca, Distrito Judicial de Huaura; dándosele las gracias por los servicios prestados a la nación. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, Gerencia General del Poder Judicial; y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1427750-1

de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad, por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez de este Poder del Estado. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con efectividad al 26 de agosto del año en curso, la renuncia formulada por el señor Carlos Manuel Morachimo Rodríguez al cargo de Juez Mixto Titular de Otuzco, Corte Superior de Justicia de La Libertad; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Expresar agradecimiento al mencionado Juez Mixto Titular de Otuzco, Corte Superior de Justicia de La Libertad, por los servicios prestados a la Nación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, Gerencia General del Poder Judicial; y al recurrente, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente (e) 1427750-2

Aceptan renuncia de Juez Mixto Titular de Otuzco, Corte Superior de Justicia de La Libertad
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 098-2016-P-CE-PJ Lima, 5 de setiembre de 2016 VISTO: El Oficio Nº 0071-2016-CED-CSJLL/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, por el cual remite la solicitud de renuncia presentada por el señor Carlos Manuel Morachimo Rodríguez, Juez titular del Juzgado Mixto de Otuzco, Corte Superior de Justicia de La Libertad; con legalización de firma ante la Secretaria General (e) del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el señor Carlos Manuel Morachimo Rodríguez formula renuncia al cargo de Juez Mixto Titular de Otuzco a partir del 26 de agosto del presente año, quien fue nombrado por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 229-2013-CNM, de fecha 2 de julio de 2013; debido a que ha sido nombrado como Notario del Distrito de Otuzco, Provincia de Otuzco, Departamento y Distrito Notarial de La Libertad, mediante Resolución Ministerial Nº 0195-2016-JUS, del 27 de julio del año en curso. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación

Aceptan renuncia de Jueza Especializada Civil Titular de Villa María del Triunfo, Corte Superior de Justicia de Lima Sur
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 099-2016-P-CE-PJ Lima, 7 de setiembre de 2016 VISTA: La solicitud de renuncia presentada por la doctora Deyanira Victoria Riva de López, Jueza Especializada Civil Titular de Villa María del Triunfo de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; con certificación de firma ante Notario Público de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que la doctora Deyanira Victoria Riva de López formula renuncia al cargo de Jueza Especializada Civil de Villa María del Triunfo, a partir del 10 de setiembre del presente año, quien viene desempeñándose como Juez Superior Provisional de la Sala Civil Transitoria Descentralizada de la Sub sede Chorrillos, San Juan de Miraflores; nombrada mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 242-2002-CNM, de fecha 24 de abril de 2002, como Juez Mixto Titular, Corte Superior de Justicia de Lima; y por Resolución Nº 2902011-CNM, del 28 de agosto de 2011, el Consejo Nacional de la Magistratura le expidió el título de Juez Especializado Civil Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por la recurrente no implica en modo alguno eximirla de responsabilidad, por cualquier

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