Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2016 (13/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Martes 13 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y regirá hasta el 30 de setiembre de 2016. Segunda.Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza, así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Tercera.- Encargar a las Gerencias de Rentas y Administración Tributaria, Calidad de Servicios, Administración y Finanzas y las Subgerencias a su cargo el cumplimiento de la presente ordenanza en cuanto les corresponda a su aplicación e implementación, a la Gerencia Imagen Institucional su difusión y a Secretaría General la publicación de la presente ordenanza. Cuarta.- Disponer la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1427530-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 359-MDS, que aprobó implementación del Proyecto de Actualización de Base de Datos Predial y el otorgamiento de Beneficios Tributarios y Administrativos
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2016-MDS Surquillo, 29 de agosto del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO, el Memorándum Nº 705-2016-GR-MDS, de fecha 16 de agosto de 2016, emitido por la Gerencia de Rentas, Informe Nº 122-2016-SGFT/GR-MDS, de fecha 17 de agosto de 2016, emitido por la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, Informe Nº 073-2016-GR-MDS, fecha 17 de agosto de 2016, emitido por la Gerencia de Rentas, Informe Nº 465-2016-GAJ-MDS, de fecha 22 de agosto de 2016, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales dichas áreas emiten Opinión Técnica favorable sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 359-MDS, que aprobó la implementación del Proyecto de Actualización de Base de Datos Predial y el otorgamiento de Beneficios Tributarios y Administrativos a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el Artículo Segundo del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú, establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece

que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante la dación de Decretos de Alcaldía; Que, el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 1332013/EF, y sus modificatorias establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la Administración Tributaria; Que, mediante Ordenanza 359-MDS, que aprobó la implementación del Proyecto de Actualización de Base de Datos Predial y el otorgamiento de Beneficios Tributarios y Administrativos a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo, cuya vigencia fue dispuesta en la tercera disposición final hasta el día 31 de agosto del 2016; Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 359-MDS, dispuso facultar al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue el plazo de vigencia establecido en la Tercera Disposición Final de la misma; Que, mediante el Informe Nº 073-2016-GR-MDS, de fecha 17 de agosto de 2016 emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 122-2016-SGFT/GR-MDS, de fecha 17 de agosto de 2016, emitido por la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, informan a la Gerencia Municipal que estando próximos al vencimiento de la vigencia de la Ordenanza Nº 359-MDS, dispuesta por la tercera disposición final hasta el día 31 de agosto del 2016, y a efecto de otorgar un plazo mayor a los vecinos del distrito para la regularización de la situación tributaria de sus predios emiten opinión técnica favorable para que, en mérito a lo dispuesto por la Primera Disposición Final de la Ordenanza 359-MDS que aprobó la implementación del Proyecto de Actualización de Base de Datos Predial y el otorgamiento de Beneficios Tributarios y Administrativos a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo, se prorrogue la vigencia de la misma hasta el día 16 de diciembre de 2016; Que, estando conforme al Informe Nº 465-2016-GAJMDS, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre la viabilidad de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 359-MDS, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º numeral 6) y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR HASTA EL DÍA 16 DE DICIEMBRE DE 2016, el plazo de vigencia de la Ordenanza 359-MDS, que aprobó la implementación del Proyecto de Actualización de Base de Datos Predial y el otorgamiento de Beneficios Tributarios y Administrativos a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, la Gerencia de Estadística e Informática y la Sub Gerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaria General. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1427763-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Aprueban el Reglamento que regula la comercialización, consumo, horarios de consumo y publicidad de bebidas alcohólicas en el distrito de Huacho
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-2016/MPH Huacho, 25 de julio de 2016

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