Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2016 (13/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Martes 13 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

599023

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Italia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 303-2016-DE/MGP Lima, 12 de setiembre de 2016 Vista, la Carta G.500-3866 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 25 de agosto de 2016; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Internacional de Derecho Humanitario (IIHL), es una organización humanitaria independiente, sin fines de lucro, fundada en 1970, su propósito principal consiste en promover la investigación, el estudio y la difusión del Derecho Internacional Humanitario, los Derechos Humanos, el Derecho de los Refugiados y materias conexas; Que, la Secretaria General del Instituto Internacional de Derecho Humanitario, ha informado al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, que se encuentra abierta la inscripción a sus cursos en Derecho Internacional Humanitario (D.I.H.), a dictarse durante el presente año en su sede principal, en la ciudad de San Remo, República Italiana; asimismo, hace de conocimiento que pone a disposición UNA (1) beca a favor del Capitán de Navío CJ. Crispín Darío VÁSQUEZ Rojas, para que participe en los citados cursos; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2016, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Superior, para que participe en los mencionados cursos; Que, la designación de Personal Naval para que participe en los referidos cursos, responde a la necesidad de contar con Oficiales Cuerpo Jurídico de la Marina de Guerra del Perú, con conocimientos a nivel internacional de Derecho Internacional Humanitario (D.I.H.), lo que contribuirá a elevar el nivel profesional del Personal Naval, basando la práctica de los conocimientos adquiridos en principios y valores que fomenten el respeto a la vida y la dignidad de las personas; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío CJ. Crispín Darío VÁSQUEZ Rojas, para que participe en el 33º Curso Avanzado, del 19 al 27 de setiembre de 2016 y en el Curso para Directores e Instructores en Programas de Formación en Derecho Internacional Humanitario, del 28 al 30 de setiembre de 2016, a realizarse en la ciudad de San Remo, República Italiana; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá evaluar y difundir el intercambio de conocimientos y opiniones con Oficiales extranjeros sobre la normativa y la casuística relacionada al Derecho Internacional Humanitario; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de

Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío CJ. Crispín Darío VÁSQUEZ Rojas, CIP. 01706822, DNI. 09250968, para que participe en el 33º Curso Avanzado, del 19 al 27 de setiembre de 2016 y en el Curso para Directores e Instructores en Programas de Formación en Derecho Internacional Humanitario, del 28 al 30 de setiembre de 2016, a realizarse en la ciudad de San Remo, República Italiana; así como, autorizar su salida del país el 17 y su retorno el 1 de octubre de 2016. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - San Remo (República Italiana) - Lima US$. 2,900.00 US$. 2,900.00 Viáticos: US$. 540.00 x 12 días US$. 6,480.00

TOTAL A PAGAR: US$. 9,380.00 Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización, a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Superior designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARAOZ FERNANDEZ Segunda Vicepresidenta de la República Encargada del despacho de la Presidencia de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1427896-8

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.