Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2018 (28/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Sábado 28 de julio de 2018

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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con la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo, propone la incorporación de un requisito para la participación en Workshops Internacionales de Turismo enfocados en el segmento de lujo, que organice PROMPERÚ para los mercados de Asia y Oceanía, y Latinoamericano, que permita realizar una adecuada selección de las empresas prestadoras de servicios turísticos que participarán en este tipo de eventos; Que, según lo expuesto en el considerando precedente, resulta necesario aprobar la modificación propuesta del servicio Nº 02: Participación en Workshops Internacionales de Turismo, comprendido en la Carta de Servicios de PROMPERÚ - Sección Dirección de Promoción del Turismo; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; el Decreto Supremo Nº 088-2001PCM; el inciso g) y ñ) del artículo 10º de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERÚ; el inciso g) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones PROMPERÚ, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR; la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Resolución Ministerial Nº 237-2016-MINCETUR; y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; Con la visación de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, la Dirección de Promoción del Turismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Administración, y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modificación del servicio Nº 02: Participación en Workshops Internacionales de Turismo ­ Versión 05, comprendido en la Carta de Servicios de PROMPERÚ ­ Sección Dirección de Promoción del Turismo, conforme al documento adjunto, que en tres (3) folios, forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 3º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Trasparencia de PROMPERÚ, en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario contados desde el día siguiente de ser notificado de la presente Resolución, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Gerente General 1674935-1

El Informe Nº 0121-2018/GRH, el Memorandum Nº 1413-2018/GEL que adjunta el Informe Nº 505-2018/GEL, el Informe Nº 063-2018/GEG, y el Informe Nº 070-2018/ GEG; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0092009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, el literal c) del numeral 42.3 del artículo 42 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de propiedad intelectual se encuentran integradas por cuatro (4) miembros; Que, a la fecha, resulta pertinente completar la designación de los miembros de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, a fin de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 0772018 del 23 de julio de 2018, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Paolo Del Águila Ruiz de Somocurcio, como miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas; Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos, y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº1033 y sus modificatorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Paolo Del Águila Ruíz de Somocurcio, como miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, con eficacia desde la fecha de publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1674687-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 130-2018-INDECOPI/COD Lima, 25 de julio de 2018

Designan miembro de la Comisión de Derecho de Autor
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 131-2018-INDECOPI/COD Lima, 25 de julio de 2018 VISTOS: El Informe Nº 0115-2018/GRH, el Informe Nº 4922018/GEL, el Informe Nº 065-2018/GEG, y el Informe Nº 070-2018/GEG; y,

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