Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2018 (28/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Sábado 28 de julio de 2018

NORMAS LEGALES
UIT = S/ 4,150

45
% Nº COBER- DERECHO TURA TRÁMITE (I / C)



PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD

DERECHO COSTO (I) (C) S/ S/

SUBGERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN: SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD 1 Duplicado de Licencia de Funcionamiento y/o Autorización municipal temporal para el desarrollo de comercio en la vía pública.

36.50

36.57

99.81%

24

SUBGERENCIA DE DEFENSA CIVIL: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 1 2 3 4 5 6 7 8 9 ITSE posterior al otorgamiento de la licencia de funcionamiento (edificaciones calificadas con un nivel de riesgo bajo). ITSE posterior al otorgamiento de la licencia de funcionamiento (edificaciones calificadas con un nivel de riesgo medio). ITSE previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento (edificaciones calificadas con un nivel de riesgo alto). ITSE previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento (edificaciones calificadas con un nivel de riesgo muy alto). Renovación del certificado de ITSE posterior al otorgamiento de la licencia de funcionamiento (edificaciones calificadas con un nivel de riesgo bajo). Renovación del certificado de ITSE posterior al otorgamiento de la licencia de funcionamiento (edificaciones calificadas con un nivel de riesgo medio). Renovación del certificado de ITSE previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento (edificaciones calificadas con un nivel de riesgo alto). Renovación del certificado de ITSE previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento (edificaciones calificadas con un nivel de riesgo muy alto). ITSE posterior al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección que no requieren licencia de funcionamiento (calificadas con un nivel de riesgo bajo).

145.30 164.70 454.70 708.00 128.10 136.20 230.20 334.20 145.30 164.70 454.70 708.00 128.10 136.20 230.20 334.20 228.90

145.36 164.78 454.71 708.05 128.20 136.29 230.27 334.23 145.36 164.78 454.71 708.05 128.20 136.29 230.27 334.23 228.96

99.96% 99.95% 100.00% 99.99% 99.92% 99.94% 99.97% 99.99% 99.96% 99.95% 100.00% 99.99% 99.92% 99.94% 99.97% 99.99% 99.97%

25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41

10 ITSE posterior al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección que no requieren licencia de funcionamiento (calificadas con un nivel de riesgo medio). 11 ITSE previa al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección que no requieren licencia de funcionamiento (calificadas con un nivel de riesgo alto). 12 ITSE previa al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección que no requieren licencia de funcionamiento (calificadas con un nivel de riesgo muy alto). 13 Renovación del certificado de ITSE posterior al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección que no requieren licencia de funcionamiento (calificadas con un nivel de riesgo bajo). 14 Renovación del certificado de ITSE posterior al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección que no requieren licencia de funcionamiento (calificadas con un nivel de riesgo medio). 15 Renovación del certificado de ITSE previa al inicio de las actividades para establecimientos objeto de inspección que no requieren licencia de funcionamiento (calificadas con un nivel de riesgo alto). 16 Renovación del certificado de ITSE previa al inicio de las actividades para establecimientos objeto de inspección que no requieren licencia de funcionamiento (calificadas con un nivel de riesgo muy alto). 17 Evaluación de condiciones de seguridad en espectáculos públicos deportivos y no deportivos (ECSE) hasta tres mil (3,000) personas. SUBGERENCIA DE DEFENSA CIVIL: SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD 1 Duplicado de certificado de inspección técnica de seguridad en edificaciones.

31.80

31.87

99.78%

42

TOTAL 1/ UIT vigente en el año 2018 = S/ 4,150.00 Fuente: Expediente Ordenanza N° 499/MM Elaboración: Servicio de Administración Tributaria de Lima

99.96%

Artículo Segundo.- Dejar constancia que la vigencia del presente Acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación del texto de la Ordenanza Nº 499/MM, en el Diario Oficial El Peruano; el Anexo de la Ordenanza con los derechos de trámite que cuenten con opinión favorable y ratificados, deberán ser publicados en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE, y en el respectivo Portal

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