Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2018 (28/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Sábado 28 de julio de 2018 /

El Peruano

Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 43.2 y 43.3 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444, de corresponder. Cabe indicar que es responsabilidad de la Municipalidad adecuarse a los cambios normativos y modificatorios. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Miraflores; así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la Ordenanza ratificada y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el TUO de la Ley Nº 27444, cuya fiscalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. Finalmente, es preciso señalar que el análisis técnico realizado se basó en la documentación presentada por la Municipalidad Distrital de Miraflores, teniendo dicha información el carácter de declaración jurada según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ordenanza Nº 2085, norma que regula el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1674536-1

de Servicios a la Comunidad, remite la propuesta de "Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del distrito de Santa Rosa 2018"; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con las disposiciones del Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del Distrito de Santa Rosa 2018, cuyo texto adjunto forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la Comunidad el cumplimiento de lo establecido en el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del distrito de Santa Rosa 2018, debiendo coordinar con las áreas pertinentes la realización de las acciones necesarias que permitan su implementación. Artículo Tercero.- El texto del presente Decreto será publicado en el diario oficial El Peruano y el Programa aprobado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Artículo Cuarto.- El presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GEORGE ROBLES SOTO Alcalde (p) 1674472-1

MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA
Aprueban el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del Distrito de Santa Rosa 2018
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2018-MDSR Santa Rosa, 28 de junio de 2018 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA ROSA Visto el Memorando Nº 0426-2018-GM/MDSR de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 0264-2018-GSC/ MDSR de la Gerencia de Servicios a la Comunidad; CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, de acuerdo a los artículos 6º, 20º, inciso 6, y 42º de esta misma norma, la alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local, siendo el alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa, con atribución para dictar decretos de alcaldía, a través de los cuales establece normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; Que, el artículo 80º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades distritales deben fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente; Que, el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 0852003-PCM "Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido" establece que la vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito local es una actividad a cargo de las municipalidades provinciales y distritales de acuerdo a sus competencias; Que, en virtud a ello mediante Informe Nº 02642018-GSC/MDSR de fecha 27/06/2018, la Gerencia

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Establecen Programa de Beneficio Especial para el Pago de Deudas Tributarias en el distrito
ORDENANZA Nº 004-2018-MDLP/AL La Punta, 20 de julio del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesión Ordinaria de fecha 19 de julio del 2018 con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y; VISTO: La Propuesta efectuada por la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 049-2018/MDLP/GR; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que según el artículo 74º de la Carta Magna, modificado por la Ley Nº 28390, con el que concuerda el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado

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