Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2018 (28/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Sábado 28 de julio de 2018 /

El Peruano

Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 5 días del mes de junio del 2018. LUIS URBANO CERDAN ABANTO Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 06 JUL. 2018. GILMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional Gobierno Regional Amazonas 1674689-1

GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Red de Salud Yarowilca - Huánuco
ORDENANZA REGIONAL Nº 084-2018-CR-GRH Huánuco, 13 de abril de 2018 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrado en la Provincia de Huánuco el día 06 de abril de 2018; VISTO: El Dictamen Nº 006-2018-GRHCO-CR/CPPPATAL de fecha 28 de marzo de 2018, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional Huánuco, relacionado a la Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Red de Salud Yarowilca - Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; asimismo, en el artículo 192º en su inciso 1) dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 4o de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado, tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, alcanzando un Estado con servicio a la ciudadanía, servidores públicos calificados y adecuadamente remunerados, entre otros; Que, la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2018,

dispone la creación de la Unidad Ejecutora de la Red de Salud Yarowilca - Pliego 448 del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional de Huánuco; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 122-2001SA/DM, se aprobó el documento "Lineamientos para la Delimitación de Redes de Salud"; que define a la Red como el conjunto de establecimientos y servicios de salud, de diferentes niveles de complejidad y capacidad de resolución, interrelacionados por una red vial y corredores sociales, funcional y administrativamente, cuya combinación de recursos y complementariedad de servicios asegura la provisión y continuidad de un conjunto de atenciones prioritarias de salud, en función de las necesidades de la población; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, de fecha 26 de Julio de 2006, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de las Entidades de la Administración Pública; el artículo 5º de la citada norma establece que, el ROF es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones especificas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; en el articulo 10º recoge los criterios que se deben observar para la elaboración del ROF; Asimismo, establece en el Titulo III sobre Aprobación del ROF en el artículo 28º De la Necesidad de aprobar el ROF, inciso a) La creación de una nueva entidad; Que, mediante Informe Nº 093-2018-GRH/GRPPAT de fecha 08 de marzo de 2018, la Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite a la Gerencia General del Gobierno Regional de Huánuco, el Informe Técnico para la Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Red de Salud Yarowilca, sustentado en el Informe Nº 065-2018-GRH-GRPPAT/SGDIS/GACB de fecha 07 de marzo de 2018, emitido por la Sub Gerente de Desarrollo Institucional y Sistemas; y, el Informe Nº 008-2018-GRH-GRPPAT/SGDIS/GACB de fecha 06 de marzo de 2018, emitido por el Especialista en Racionalización III de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas; en el que se señala que, el Proyecto del ROF de la Red de Salud Yarowilca, ha sido formulado acogiéndose a las necesidades básicas y al proceso de descentralización e implementación por la creación de la Unidad Ejecutora Red de Salud Yarowilca en el Pliego 448 Gobierno Regional de Huánuco, asimismo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, mediante Informe Legal Nº 000148-2018GRH/GGR/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite Opinión Legal favorable con respecto a la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Red de Salud Yarowilca; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a), del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional, aprobar modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; asimismo, en el artículo 38º de la norma acotada, establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la Organización y Administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional, conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional, y a lo aprobado por MAYORÍA por el Magno Consejo Regional, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. HA APROBADO REGIONAL: LA SIGUIENTE ORDENANZA

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