Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 1998 (08/08/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de agosto de 1998

nes y sanciones; fiscalizacion y control del cumplimiento de disposiciones municipales; impugnacion de sanciones; ejecucion de la sancion; y evaluacion y control del sistema. Las fases del MORDAZA de Fiscalizacion y Control MORDAZA indicadas, no son estrictamente lineales y pueden darse de acuerdo a las circunstancias. ESTABLECIMIENTO Y APROBACION DE OBLIGACIONES, PROHIBICIONES Y SANCIONES Articulo 10º.- El establecimiento y aprobacion de obligaciones, prohibiciones y sanciones, es la primera etapa del MORDAZA, que comprende las disposiciones senaladas en las ordenanzas que dictan el Concejo Metropolitano de MORDAZA y los Concejos Distritales sobre materias comprendidas dentro de sus funciones generales y especificas en los ambitos de su competencia y que determinan las obligaciones y/o prohibiciones para particulares, empresas e instituciones en los actos o actividades que realicen, precisando las medidas correctivas a ser impuestas a los infractores de las mismas. Articulo 11º.- La aprobacion de sanciones por incumplimiento de las normas y disposiciones municipales corresponde: 1. Al Concejo Metropolitano de MORDAZA, la aprobacion del Cuadro de Sanciones y Escala de Multas Metropolitano, con sus limites minimos y maximos. 2. Al MORDAZA Metropolitano, la aprobacion del Cuadro de Sanciones y Escala de Multas en la jurisdiccion de MORDAZA Cercado y de aquellos de alcance provincial. 3. A los Alcaldes Distritales, la aprobacion de los correspondientes a sus municipalidades, dentro de los minimos y maximos establecidos por el Concejo Metropolitano de Lima. DIFUSION DE NORMAS SOBRE OBLIGACIONES Y SANCIONES Articulo 12º.- La difusion de normas sobre obligaciones y sanciones a las cuales deberan sujetarse particulares, empresas e instituciones, es la MORDAZA etapa del MORDAZA de fiscalizacion y control de las disposiciones municipales, y consiste en realizar acciones de difusion de las disposiciones municipales a la comunidad, para su conocimiento y debido cumplimiento. FISCALIZACION Y CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES MUNICIPALES Articulo 13º.- La fiscalizacion y control del cumplimiento de disposiciones municipales es la tercera fase del MORDAZA, en la cual se llevan a cabo las acciones de control municipal, que deben ser consideradas en el respectivo Plan de Accion y Presupuesto Municipal; se realiza mediante operativos que comprende la deteccion y notificacion, de las infracciones cometidas por personas naturales o juridicas, de las disposiciones municipales. En esta fase pueden realizarse notificaciones preventivas, a efectos que el infractor subsane la falta u omision de las disposiciones municipales en un plazo perentorio, sujeto a fiscalizacion; de no ser subsanable la infraccion, se procedera a la determinacion y notificacion de la sancion. Articulo 14º.- La determinacion y notificacion de la sancion se estipula de acuerdo a la infraccion cometida, en un tiempo y lugar determinado; correspondiendo al Organo de Fiscalizacion y Control emitir la Resolucion de Sancion y notificando al infractor para su cumplimiento en los plazos establecidos. Articulo 15º.- En las municipalidades distritales le corresponde emitir Resolucion de Sancion al MORDAZA o aquel organo que en su Reglamento de Organizacion y Funciones le asigne tal responsabilidad. Lo expresado en el parrafo anterior debera aplicarse en los articulos siguientes de la presente ordenanza, donde se mencione al Organo de Fiscalizacion y Control, actuando como emisor de Resoluciones de Sanciones.

IMPUGNACION DE SANCIONES Articulo 16º.- La impugnacion de sanciones, es la cuarta fase del MORDAZA de fiscalizacion y control de las disposiciones municipales; en la cual, los particulares, empresas e instituciones que se sientan afectados en sus derechos, por las sanciones imputadas mediante resoluciones de los organos competentes, pueden interponer los recursos de impugnacion que correspondan. EJECUCION DE LA SANCION Articulo 17º.- Como MORDAZA fase del MORDAZA de fiscalizacion y control de las disposiciones municipales, se realizan los actos necesarios para el cumplimiento de la sancion por parte del infractor, sin perjuicio de las demas responsabilidades a que hubiere lugar conforme a Ley. EVALUACION DEL SISTEMA DE FISCALIZACION Y CONTROL DE LAS DISPOSICIONES MUNICIPALES ADMINISTRATIVAS Articulo 18º.- La evaluacion del sistema de control y fiscalizacion de las disposiciones municipales, es la MORDAZA fase del MORDAZA mediante la cual se evalua el grado de cumplimiento de las disposiciones municipales por parte de particulares, empresas e instituciones, determinando la eficacia y eficiencia del Sistema. CAPITULO III ORGANIZACION DEL SISTEMA METROPOLITANO DE FISCALIZACION Y CONTROL DE LAS DISPOSICIONES MUNICIPALES ADMINISTRATIVAS Articulo 19º.- El Sistema Metropolitano de Fiscalizacion y Control de las Disposiciones Administrativas esta integrado por: 1. El Concejo Metropolitano de Lima. 2. El MORDAZA Metropolitano de Lima. 3. Los Concejos de las municipalidades integrantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 4. Los Alcaldes Distritales. 5. Los Organos de Fiscalizacion y Control de las Disposiciones Municipales Administrativas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y municipalidades distritales. 6. Los Organos de Ejecucion de Sanciones de Multas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y el organo correspondiente de las municipalidades distritales. 7. Las areas organicas de linea de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de las municipalidades distritales. Articulo 20º.- Al Concejo Metropolitano de MORDAZA compete: 1. Dictar las ordenanzas y acuerdos con alcance metropolitano que regulan el MORDAZA de fiscalizacion y control de las disposiciones municipales administrativas. 2. Establecer las obligaciones y prohibiciones sobre materias comprendidas dentro de las funciones generales y especificas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que son de obligatorio cumplimiento y cuya inobservancia acarrea sanciones a sus infractores. 3. Aprobar y modificar el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de maximos y minimos. 4. Resolver en MORDAZA instancia los recursos de revision presentados contra resoluciones de apelacion expedidas por los Concejos Distritales de la provincia de Lima. Articulo 21º.- Al MORDAZA Metropolitano de MORDAZA compete: 1. Proponer al Concejo Metropolitano de MORDAZA el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de maximos y minimos para su aprobacion.

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