Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 1998 (13/03/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de marzo de 1998

TECIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTIOCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTISIETE DECIMETROS CUADRADOS), ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima; asi como autoriza la ejecucion de obras por etapas y la venta garantizada de los lotes de terreno resultantes de esta. Articulo Tercero.- Transcribase a los Registros Publicos la presente resolucion, asi como la Resolucion Nº 2575-97-MDL y el Plano Nº 02 que forma parte de MORDAZA, para que en aplicacion del Articulo 4º, numeral 1, ultimo parrafo de la Ley Nº 26878, se efectue la inscripcion de los lotes individuales que integran el Plano de Lotizacion Nº 02. Articulo Cuarto.- Los recurrentes deberan publicar en el Diario Oficial El Peruano el texto de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Tomese debido conocimiento por la Direccion de Servicios Tecnicos y derivese a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los fines de Ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2702

Dado en San MORDAZA, a los doce dias del mes de marzo de mil novecientos noventiocho. MORDAZA BARUA LECAROS MORDAZA 2780

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Declaran en Estado de Emergencia el distrito en prevencion de desastres naturales por efecto del Fenomeno del MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001 San MORDAZA de Lurigancho, 13 de enero de 1998 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto en Sesion Extraordinaria, celebrada el 12 de enero de 1998 la solicitud de los senores Regidores a fin de Declarar en Estado de Emergencia por consecuencia del Fenomeno del MORDAZA, el distrito de San MORDAZA de Lurigancho. CONSIDERANDO: Que, por la ubicacion geografica del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, como tambien por contar con zonas accidentadas donde estan apostados diversos asentamientos humanos; Que, por esta estacion del ano, y debido al Fenomeno del MORDAZA en nuestro MORDAZA, y en especial en nuestro distrito. Tambien se puede observar fenomenos naturales como lluvias intensas y crecidas del rio MORDAZA, lo que hace que esta Corporacion Municipal MORDAZA medidas preventivas a fin de ser adoptadas por la poblacion en forma oportuna y eficaz, por lo que se debe divulgar en la poblacion de San MORDAZA de Lurigancho, las medidas de seguridad y prevencion en salvaguarda de la integridad fisica y bienes materiales de los pobladores, de este lugar; Que, el pleno del Concejo Municipal luego del debate correspondiente y contando con el numero mayoritario legal de sus miembros, y conforme a las atribuciones que la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 le confiere; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en Estado de Emergencia el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, a consecuencia del Fenomeno del MORDAZA en prevencion de futuros desastres naturales. Articulo Segundo.- Solicitar al Excelentisimo Presidente de la Republica del Peru, Ing. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI, se sirva declarar en Estado de Emergencia el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, de la provincia y departamento de Lima; asimismo, solicitar ayuda al Gobierno Central, y demas instituciones publicas y privadas para los damnificados del Fenomeno del MORDAZA, del distrito de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Administracion y Direccion de Comunicaciones el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2710

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo para el pago del Impuesto Predial, Tasa de Licencia de Funcionamiento y arbitrios municipales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 04-98-ALC/MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Alcaldia Nº 02-98-ALC/MSI de fecha 2.MAR.98, se prorrogo hasta el 15.MAR.98, el plazo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias que vence el 28 de febrero del ano en curso, por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios de Serenazgo, Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario; Que, es necesario ampliar dicho plazo, con el fin de otorgar mayores facilidades a los contribuyentes en atencion a las multiples solicitudes, para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias prorrogando el plazo para el pago de las mismas, en el distrito de San Isidro; De conformidad a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 776 Articulo 14º inciso a); y, En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º y el Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: Articulo 1º.- AMPLIAR LA PRORROGA hasta el 31 de marzo de 1998 inclusive, del plazo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias que vencio el 28 de febrero del ano en curso, por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios de Serenazgo, Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario y la Tasa de Licencia de Funcionamiento. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Rentas el cumplimiento del presente Decreto.

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