Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 1998 (13/03/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, viernes 13 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES

Pag. 158115

Articulo Primero.- CONCEDER, para los contribuyentes de la jurisdiccion del distrito de Carabayllo, el beneficio de regularizacion tributaria, de conformidad con lo establecido por la presente: A.- Impuesto Predial 1997 y anos anteriores. B.- Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario 1997 y anos anteriores. C.- Tasa de Licencia de Funcionamiento 1997 y anos anteriores. D.- Tasa SOS Carabayllo. Articulo Segundo.- La presente Amnistia tiene vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, hasta el 15 de marzo de 1998. Articulo Tercero.- El beneficio a que se hace referencia en el Articulo primero de la presente, constituye una condonacion de caracter general de intereses moratorios, recargos y multas tributarias. Articulo Cuarto.- No estan incluidos en la presente Ordenanza, los contribuyentes que se encuentran con procedimiento de cobranza coactiva; asimismo, las obligaciones tributarias que se encuentran con recurso impugnativo y los que se desistan de los recursos mencionados, con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Encargar a la Direccion de Rentas y la Direccion de Administracion de esta corporacion, el cumplimiento de la presente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2490

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHOCHOSICA
Declaran conforme y autorizan ejecucion de obras de habilitacion MORDAZA de terreno
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 326-98-MDL Chosica, 3 de marzo de 1998 Visto el Expediente Nº 4502-97, seguido por la ASOCIACION EN PARTICIPACION conformada por MORDAZA y ROSANNA CAROZZI MORDAZA con INVERSIONES EL MORDAZA S.A., por el que solicitan la aprobacion de la habilitacion MORDAZA para los usos Residencial de Densidad Media R4, Comercio Vecinal C2, Vivienda Taller I1R4 y Equipamiento Educativo E1; asi como la autorizacion para la ejecucion de las obras por etapas y para celebrar contratos de venta garantizada sobre el terreno de 708,848.57 m2, ubicado en el distrito de Lurigancho Chosica, provincia y departamento de MORDAZA y la Resolucion de Alcaldia Nº 2575-97-MDL asi como la Carta Notarial de fecha 2 de marzo de 1998 enviada por la recurrente a esta Alcaldia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 2575-97MDL, del 22 de diciembre de 1997, este Municipio aprobo la Habilitacion MORDAZA para los usos Residencial de Densidad Media R4, Comercio Vecinal C2, Vivienda Taller I1-

R4 y Equipamiento Educativo E1, del terreno de 708,848.57 m2, (SETECIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTIOCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTISIETE DECIMETROS CUADRADOS), ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima; autorizando a la recurrente para la ejecucion por etapas de las obras de Habilitacion MORDAZA correspondientes, asi como para celebrar contratos de compra venta garantizada respecto de los lotes resultantes de dicha Habilitacion Urbana; Que, este Municipio segun lo dispuesto por la Ley Nº 26878 y su reglamento Decreto Supremo Nº 022-97-MTC, cumplio con remitir a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA la MORDAZA del Expediente Tecnico Nº 4502-97, asi como la Resolucion de Alcaldia Nº 2575-97-MDL, segun consta del cargo de recepcion del Oficio Nº 21-98/MDLCH-DA, recibido el dia 13 de febrero de 1998 por la Municipalidad Provincial; Que, habiendo transcurrido el plazo fijado por la ley para que la Municipalidad Provincial cumpla con pronunciarse respecto de la adecuacion a los planes de desarrollo MORDAZA o falta de MORDAZA, de la Habilitacion MORDAZA en cuestion; Que, la recurrente mediante carta notarial de fecha 2 de marzo de 1998, hace efectivo el silencio administrativo positivo previsto por la ley y su reglamento respecto del pronunciamiento correspondiente a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, indicando que la Habilitacion MORDAZA ha quedado conforme con los planes de desarrollo MORDAZA y en tal virtud, le solicita a este Municipio expida la Resolucion aprobatoria a la que hace referencia el Articulo 15º del D.S. Nº 022-97-MTC; Que, el Articulo Tercero de la Ley Nº 26878 establece entre otros que, la Municipalidad Provincial en un plazo MORDAZA de quince (15) dias naturales contados desde la fecha de recepcion del expediente, verificara si la Habilitacion MORDAZA cumple o no con los planes de desarrollo MORDAZA y otorgara la conformidad o dispondra la rectificacion de las observaciones a que hubiere lugar, comunicandolo a la Municipalidad Distrital para sus efectos. Vencido el plazo MORDAZA senalado sin que la Municipalidad se hubiere pronunciado, se entendera que la Habilitacion MORDAZA objeto de revision es conforme; Que, el Articulo Decimo Tercero del Decreto Supremo Nº 022-97-MTC establece que si las resoluciones de la Municipalidad Provincial no son expedidas y notificadas en el plazo de 15 dias naturales, se entendera conforme la revision del Expediente Tecnico y operara el silencio administrativo positivo establecido en el Articulo 3º de la Ley Nº 26878; Que, el Articulo 15º del Decreto Supremo Nº 022-97MTC establece que declarada la conformidad con Expediente Tecnico por silencio administrativo positivo, la Municipalidad Distrital expedira la Resolucion aprobatoria correspondiente, para que el recurrente proceda con la inscripcion en el Registro de Propiedad Inmueble o en el Registro Predial Urbano; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarese conforme con los planes de desarrollo MORDAZA la Habilitacion MORDAZA aprobada mediante Resolucion de Alcaldia Nº 2575-97-MDL y el Plano Nº 02, para los usos Residencial de Densidad Media R4, Comercio Vecinal C2, Vivienda Taller I1-R4 y Equipamiento Educativo E1, del terreno de 708,848.57 m2 (SETECIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTIOCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTISIETE DECIMETROS CUADRADOS), ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de MORDAZA de propiedad de los recurrentes. Articulo Segundo.- Confirmese en todos sus extremos la Resolucion de Alcaldia Nº 2575-97-MDL y el Plano Nº 02, que forma parte de MORDAZA, que aprueba la Habilitacion MORDAZA para los usos Residencial de Densidad Media R4, Comercio Vecinal C2, Vivienda Taller I1-R4 y Equipamiento Educativo E1, del terreno de 708,848.57 m2, (SE-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.