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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (18/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 57

TEXTO PAGINA: 30

P&. 165888 am &J:Iim=? Lima, miércoles 18 de noviemb~ de 1998 Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del conteni- do de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente resolución, a la Dirección de Administración, Oti- cina de Asesoría Jurídica y Oficina de Personal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 13299 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Ordenanza que aprueba el otorgamien- to de beneficio de regularización para el pago del impuesto predial, arbitrios de limpieza pública, parques y jardi- nes; tasa de licencia de funcionamien- to; multas tributarias y multas admi- nistrativas ORDENANZA W 99’7-98-MDSL San Luis, 13 de noviembre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS, DE CONFORMIDAD CON EL INCISO 2) DEL ARTICULO 47” DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES N” 23853. POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de San Luis, en Sesión Extraordinaria de fecha 13 de noviembre de 1998, mediante Acuerdo de Concejo N” 21598-CDSL, aprobó por MAYO- RIAelDictamenN”009-98-CPEFP-MDSLdefecha13.11.98 presentado por la Comisión de Planificación, Economía, Finanzas y Presupuesto, sobre Aprobación del Programa de Beneficio de Regularización en la jurisdicción del distrito de San Luis para el pago de diversos tributos y multas a personas naturales; en cumplimiento del Acuerdo de Con- cejo No 212.98-CDSL de 9.11.98, mediante el cual se remite para su estudio a esta Comisión los Informes N” 058-98-DR- MDSL, N” 063-98-DR-MDSL, N” 064.98-DR-MDSL y N” 06598-DR-MDSL elevados por la Oficina de Rentas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, se le reconoce a los Gobiernos Locales autonomía polftica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, elArtículo41”delCódigoTributario,D. Leg. No816 establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley, excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto a los tributos que administren; Que, conforme a la opinión técnica de la Oficina de Rentas en el contexto de los informes señalados y satisfa- ciendo el requerimiento de un gran sector mayoritario de la comunidad del distrito de San Luis y por otro lado siendo también política de la presente Administración Municipal, brindar facilidades a sus contribuyentes en general, a efectos que puedan cumplir sus obligaciones; Estando a lo expuesto; con la opinión de la Oficina de Asesoría Legal mediante Informe N” 390-98-OAL&lDSL de fecha 13.11.98 y de conformidad con los Artículos 47”. incisos 2) y 3), 109” y 110” de la Ley Orgánica de Munici- palidades N” 23853, D. Leg. N” 816 - Código Tributario y D. Leg. N” 776 - Ley de Tributación Municipal, Acuerdo de Concejo N” 215~98-CDSL de fecha 13 de noviembre de 1998, y con Dispensa del Trámite de Aprobación de Acta, se aprobó por MAYORIA la siguiente:ORDENANZA Artículo Primero.- OTORGAR el Beneficio de Regularización en la jurisdicción del distrito de San Luis a PERSONAS NATURALES cuyos predios no superen el monto de 50 UIT para el pago del Impuesto Predial, Arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Tasa de Licencia de Funcionamiento, Multas Tributarias y Multas Administrativas,correspondientealosejercicios 1992,1993, 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998 (primer, segundo y tercer trimestre). El contribuyente que se acoja al presente Beneficio de Regularización, no estará exento de cumplir con la obliga- ción formal de la presentación de las Declaraciones Juradas respectivas. Artículo Segundo.- En lo que corresponde a las MUL- TAS ADMINISTRATIVAS concedase el BENEFICIO de REBAJA A PERSONAS NATURALES hasta por el 80% del monto total. Artículo Tercero.- El presente Beneficio de Regulari- zación condona asimismo, el 70% de las MULTAS TRIBU- TARIAS A PERSONAS NATURALES por la no presenta- ción de la Declaración Jurada y/o por las subvaluaciones que el contribuyente en forma voluntaria rectifique ante la Oficina de Rentas. Artículo Cuarto.- SUSPENDER los procedimientos de Cobranza Coactiva a las personas que se acojan al Programa de Beneficio de Regularización. Artículo Quinto.- El plazo de este beneficio no EXCE- DERA del 30 de noviembre del presente año. Artículo Sexto.- ENCARGAR a las Oficinas de: Ren- tas, Administración, Secretaria General y Relaciones Ptí- blicas, el cumplimiento de la presente ordenanza en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, pubbquese y cúmplase. OSCAR SUCLLA FLORES Alcalde de San Luis 13327 MUNICIEPALIDAD IDE SANTA ANJTA Aprueban la recepción de obras de Habilitación Urbana de terreno ubica- do en el distrito RESOLUCION DE ALCALDIA IV- 01420 Santa Anita, 21 de agosto de 1998 Visto, el Expediente N”5652-98, seguido por la COOPE- RATIVA DE VIVIENDA JULIO C. TELLO LTDA. por el que solicita la Recepción de Obras, de la Habilitación Urbana para Uso de Vivienda Residencial de Densidad Media Tipo “R-4” del terreno de 12,240.OO m2, de su propie- dad, ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución MLlWAM-SMDU W 547 de fecha 17 de diciembre de 1990, se aprobó los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana en Vía de Regula- rización para Uso de Vivienda “R-4” del terreno de 12,240.OO m2; Que, la recurrente para lograr su propósito ha presenta- do los siguientes documentos: a) Copia del Testimonio de Escritura Publica de Trans- ferencia y Rectificación a favor de la Cooperativa de Vivien- da Julio C. Tello Ltda., inscrita a fojas 304 del Tomo 814, Partida XLIII del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, de fecha 12 de julio de 1989.