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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (18/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 57

TEXTO PAGINA: 32

Pág.165890 ~~~&jJ;l;I:~~W~ Lima, miércoles 18 de noviemhrc de 1998 MUNLCIPALIDAD PROlfINCIAL DE IL0 Aprueban ordenanza relativa al ingre- so de vehículos de transporte inter- provincial e internacional a la ciudad de Ilo ORDENANZA W 51 110, 17 de julio de 1998 POR CUANTO: El Concejo Municipal en sesión ordinaria del 16 de julio del presente año, aprobó la siguiente: ORDENANZA INGRESO DE VEHICULOS DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL E INTERNACIONAL DE PASAJEROS A LA CIUDAD Artículo lo.- Restrínjase el ingreso a la ciudad de los vehiculos mayores y menores automotores que brindan servicio público de transporte interprovincial e interna- cional de pasajeros. Artículo 2”.- Establézcase como rutas de ingreso y salida a la ciudad de 110, las siguientes: al Ruta por la carretera Panamericana: Ingreso Viniendo por la Carretera Panamericana derivación ala ciudad de 110, pasa por el peaje hasta el km. 4, ingresando por la Panamericana de Ingreso a 110, se continúa por la Av. Andrés Avelino Cáceres, para conectarse posteriormente con la carretera Costanera Norte (Ilo-Tambo-Moliendo). Salida Viceversa del recorrido indicado anteriormente b) Ruta por la carretera (!ostanera Sur: Ingreso Viniendo de Tacna, por la carretera Costanera Sur hasta la intersección formada por la Costanera y carretera Binacional, tomando el lado derecho, ingresa ala carretera Binacional hasta la intersección con la carretera Paname- ricana (derivación a la ciudad de 110). haciendo recorrido hasta el km. 4, pasando por la carretera Panamericana de Ingreso a 110, se continúa por la Avenida Andrés Avelino Cáceres, para conectarse posteriormente con la Carretera Costanera Norte (Ilo-Tambo-Mollendol. Salida Viceversa del recorrido indicado anteriormente. c) Ruta por la carretera Costanera Norte: Ingreso Viniendo por la carretera Costanera Norte, se conecta con la Av. Andrés Avelino Cáceres, continúa el recorrido por la carretera Panamericana de Ingreso a 110, pasa por el km.4, pudiendo luego ingresar a la ruta establecida para la Co~ta~n;;~ Sur 0 para la carretera Panamericana. Viceversa del recorrido indicado anteriormente. Artículo 3”.- Las empresas concesionarias y otros que presten el servicio especial de turismo y/o excursión, que cuenten con la autorización correspondiente, no estarán comprendidas en las restricciones de la presente orde- nanza. USO DEL TERMINAL TERRESTRE Artículo 4”.-Establézcase como zona de estaciona- miento de vehículos, embarque y desembarque de pasaje- ros, entrega y recepción de encomiendas, equipajes y otros,el Terminal Terrestre de la Municipalidad Provincial de 110, ubicado en la Pampa Inalámbrica a la altura del km. 4 de la carretera de acceso a 110 que viene por la carretera Paname- ricana Sur. Artículo 5”.- Las empresas concesionarias y otras que presten el servicio público de transporte terrestre interpro- vincial einternacional de pasajeros podrán utilizar el Termi- nal Terrestre a que hace referencia el artículo precedente. Artículo 6”.- Establézcase como rutas de ingreso y salida del Terminal Terrestre de la Municipalidad Provin- cial de 110, las siguientes: al Ingreso y salida por la carretera Panamericana: Ingreso Viniendo por la carretera Panamericana derivación a la ciudad de 110, pasa por el peaje, hasta el km. 4, ingresando al Terminal Terrestre, luego de ingresar al terminal y dejar los pasajeros correspondientes, sale ala carretera Paname- ricana de ingreso a 110, continuando con la Av. Andrés Avelino Cáceres, para conectarse posteriormente con la Carretera Costanera Norte (Ilo-Tambo-Mollendo). Salida Viceversa del recorrido indicado anteriormente. bl Ingreso y salida por la carretera Costanera Sur: Ingreso Viniendo de Tacna, por la carretera Costanera Sur hasta la intersección formada por la Costanera y Carretera Binacional, tomando el lado derecho, ingresa a la carretera Binacional hasta la intersección con la carretera Panameri- canacderivación a la ciudad de 110, habiendo recorrido hasta el km. 4 e ingresando al Terminal Terrestre y dejar los pasajeros correspondientes, salea la carretera Panamerica- na de Ingreso a 110, continuando con la Av. Andrés Avelino Cáceres para conectarse posteriormente con la carretera Costanera Norte (Ilo-Tambo-Mollendol. Salida Viceversa del recorrido indicado anteriormente. c) Ruta por la carretera Costanera Norte: Ingreso Viniendo por la carretera Costanera Norte, se conecta por la Av. Andrés Avelino Cáceres, continúa el recorrido por la carretera Panamericana de Ingreso a Ilo, hasta el km. 4, ingresando al Terminal Terrestre (de uso para las empresas usuarias del mismo), luego salea la carretera Panamerica- na de Ingreso a Ilo, enseguida ingresa a la ruta establecida para la Costanera Sur 0 para la carretera Panamericana. Salida Viceversa del recorrido indicado anteriormente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los infractores a la presente ordenanza serán sancionados con una multa equivalente a 10 Unida- des Impositivas Tributarias, vigentes al momento de la infracción y al internamiento del vehículo en el depósito oficial de vehículos hasta la cancelación de la multa, sin perjuicio del pago del retiro del deposito, el pago por el uso de grúa y guardianía por los días de internamiento. Segunda.- La Policía Nacional del Perú queda encarga- da de velar por el cumplimiento de la presente ordenanza, imponiendo las papeletas de infracción a que haya lugar, las que deberán ser remitidas a la Municipalidad Provincial de 110 para su trámite correspondiente. Tercera.- Téngase como reglamento de la presente ordenanza el Decreto de Alcaldía N” 014-98MPI. La mención a la Ordenanza N” 39 a que hace el decreto antes indicado, debe entenderse que se refiere ala presente ordenanza. Cuarta.- Deróguense las Ordenanzas Ns. 39,44,47 y 49 y las disposiciones que se opongan a la presente. Quinta.- La presente ordenanza entra en vigencia el día de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. ERZII~ZTO A. HERRERA BECERRA 13352