Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 1999 (06/08/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de agosto de 1999

Aprueban Directiva "Normas Complementarias para la Formalizacion de Pueblos Tradicionales"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 301-99-MTC/15.01 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rector MORDAZA encargado de disenar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rapida un programa de formalizacion de la propiedad y su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto; Que, atendiendo a lo dispuesto por la Decimo Primera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27046, Ley Complementaria del Acceso a la Propiedad Formal, mediante Decreto Supremo Nº 009-99MTC se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal; Que, el primer parrafo del Articulo 52º del Estatuto de COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01498-MTC, establece que las Directivas de caracter y/o aplicacion general aprobadas por la COFOPRI seran emitidas mediante Resolucion Ministerial del Ministro que ocupa la Presidencia de COFOPRI y seran debidamente publicadas; Que, el literal a) del Articulo 3º del precitado Texto Unico Ordenado establece como funcion de COFOPRI el formular, aprobar y ejecutar de manera progresiva un Programa de Formalizacion de la Propiedad MORDAZA de ambito nacional que comprenda los asentamientos humanos, programas municipales de vivienda, programas estatales de vivienda, centros poblados, pueblos tradicionales, centros urbanos informales, habilitaciones urbanas a las que se refieren los Articulos 7º y 8º de la Ley Nº 26878 y toda otra forma de posesion, ocupacion y titularidad informal de terrenos con fines urbanos que MORDAZA definidos mediante Directiva de COFOPRI; Que, resulta necesario definir conceptualmente a los Pueblos Tradicionales, asi como establecer las normas complementarias que regulen el MORDAZA de formalizacion de la propiedad de lotes ubicados en Pueblos Tradicionales; Con el visado de la Gerencia General y de la Gerencia de Asesoria Legal; Estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 803 y por los Decretos Supremos Nºs. 014-98-MTC y 00999-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 021-99COFOPRI "Normas Complementarias para la Formalizacion de Pueblos Tradicionales". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion DIRECTIVA Nº 021-99-COFOPRI NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA FORMALIZACION DE PUEBLOS TRADICIONALES I. OBJETO De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, compete a la COFOPRI el formular,

aprobar y ejecutar progresivamente un Programa de Formalizacion de la Propiedad MORDAZA a nivel nacional, que comprenda -entre otros- a los Pueblos Tradicionales, por lo que la presente directiva tiene por objeto definir conceptualmente a los Pueblos Tradicionales y establecer las normas complementarias que regulen el MORDAZA de formalizacion de la propiedad de lotes ubicados en Pueblos Tradicionales. En tal sentido, la presente Directiva preve soluciones legales a los casos-tipo de posesion y propiedad encontrados en los Pueblos Tradicionales, estableciendo las normas complementarias a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 013-99-MTC - Reglamento de Formalizacion de la Propiedad, para la formalizacion integral e individual. II. DE LA BASE LEGAL - Ley Nº 25035 - Ley de Simplificacion Administrativa. - Decreto Legislativo Nº 803 - Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal. - Decreto Supremo Nº 009-99-MTC - Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal. - Decreto Supremo Nº 013-99-MTC - Reglamento de Formalizacion de la Propiedad a cargo de COFOPRI. - Decreto Legislativo Nº 295 - Codigo Civil. III. DISPOSICIONES Articulo 1º.- DEFINICION Entiendase por "Pueblo Tradicional", aquella comunidad con identidad, costumbres y tradiciones propias, establecida de manera progresiva sobre terrenos publicos o privados, desde tiempos inmemoriales y en menor proporcion a mediados del siglo XX, habiendo sido en algunos casos constituidas y reconocidas con posterioridad como Capital de Distrito, Anexo, Centro Poblado o cualquier otra denominacion afin, de una Capital de Departamento, cuyos pobladores cuentan con titulos de propiedad imperfectos, basados en la tradicion, uso o costumbre y que no pueden acceder a la inscripcion registral. Articulo 2º.- ACCIONES DE SANEAMIENTO LEGAL COFOPRI asumira la titularidad de los terrenos estatales, fiscales y municipales ocupados por Pueblos Tradicionales, de conformidad con lo establecido en el Articulo 12º del Decreto Supremo Nº 009-99MTC - Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal y en el Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 013-99-MTC - Reglamento de Formalizacion de la Propiedad a cargo de COFOPRI . Tratandose de Pueblos Tradicionales que ocupan terrenos de propiedad privada, COFOPRI procedera conforme a las facultades contenidas en los numerales a.2.5.) y a.3.5) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 009-99-MTC y demas normas reglamentarias. Articulo 3º.- DE LA ADJUDICACION DE LOS LOTES DE VIVIENDA La adjudicacion de la totalidad del area de los lotes de vivienda sera a titulo gratuito, por constituir usos y costumbres de los Pueblos Tradicionales. Articulo 4º.- DE LA ELABORACION Y APROBACION DE PLANOS DE LOS PUEBLOS TRADICIONALES Para efectos de la elaboracion y aprobacion de los planos perimetricos y de trazado y lotizacion de los Pueblos Tradicionales, formaran parte de aquellos, todos los lotes de vivienda cuya propiedad fue adquirida en forma individual por algunos poseedores, al MORDAZA del Decreto Ley Nº 21808, de la Ley Nº 24242 o de otra MORDAZA especial. Las partidas registrales correspondientes a los predios mencionados seran trasladados al Registro Predial MORDAZA para continuar con su formalizacion.

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