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Pág. 176534 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Jurado Nacional de Elecciones es un órgano autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público, y conforma el sistema electoral conjuntamente con la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, man- teniendo relaciones de coordinación, conforme lo dispo- nen los Artículos 177º de la Constitución Política del Perú, 1º y 3º de su Ley Orgánica Nº 26486; Que, es necesario dotar al Jurado Nacional de Eleccio- nes de un logotipo que permita su identificación objetiva y el reconocimiento de la ciudadanía de manera general, a fin de mejorar la comunicación con ella, teniendo pre- sente que una de las funciones de este organismo es desarrollar programas de educación electoral que permi- tan crear conciencia cívica; Que el Pleno de esta institución, en Sesión Privada de fecha 22 de junio de 1999, acordó oficializar la utilización de un logotipo con las siguientes caracte- rísticas gráficas: tiene la forma aproximada de un rectángulo, con los lados largos en posición vertical, el lado inferior (la base), está formado por dos curvas simétricas; las palabras "JURADO NACIONAL DE ELECCIONES" ubicadas en la parte superior de las iniciales "JNE", ambas se inscriben en mayúsculas en color gris oscuro, sobre un fondo color gris claro, con el detalle que las iniciales tienen una forma alargada y ocupan aproximadamente las 3/4 partes de la totali- dad del área interior; además lleva un recuadro gris oscuro que enmarca todo su contenido; Que, es necesario disponer que dicho logotipo sea debidamente inscrito por ante la Oficina correspondiente del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI; El Jurado Nacional de Elecciones, estando a lo acorda- do y en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Oficializar el uso del Logotipo que identificará a esta institución electoral, conforme al diseño que forma parte de la presente Resolución, con las siguientes características gráficas: tiene la forma aproximada de un rectángulo, con los lados largos en posición vertical, el lado inferior (la base), está formado por dos curvas simétricas; las palabras "JURADO NACIONAL DE ELECCIONES" ubicadas en la parte superior de las iniciales "JNE", ambas se inscriben en mayúsculas en color gris oscuro, sobre un fondo color gris claro, con el detalle que las iniciales tienen una forma alargada y ocupan aproximadamente las 3/4 partes de la totalidad del área interior; además lleva un recuadro gris oscuro que enmarca todo su contenido. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia Gene- ral de esta institución cumpla con los trámites que resul- ten necesarios para la debida inscripción registral del Logotipo referido. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 10105 Convocan a candidatos proclamados y no proclamados para que asuman cargos de alcalde y regidor de los Con- cejos Distritales de Los Organos y Ta- lavera RESOLUCION Nº 1288-99-JNE Lima, 5 de agosto de 1999VISTOS: El Oficio Nº 001-99-MDLO/SG, recibido el 7 de julio de 1999, del secretario general del Concejo Distrital de Los Organos, provincia de Talara, departamento de Piura, quien comunica que en sesión del 2 de julio de 1999, el concejo se pronunció por mayoría de tres votos a favor y dos en contra, por no encontrar ninguna responsabilidad del alcalde Orlando Guzmán Dioses, respecto a la autori- zación de comprobantes de pago a favor del ex regidor Neri Rolando Lúcar Durán; Los escritos recibidos el 8, 9, 13 de julio y 2 de agosto de 1999, interpuestos por Soledad Alama Ríos, Pablo Benites Sócola y Alberto Jibala Reto, regidores del Concejo Distrital de Los Organos, provincia de Talara, departamento de Piura, quienes solicitan la revisión del acuerdo de sesión de concejo del 2 de julio de 1999, que declaró no haber responsabilidad en el alcalde Orlando Guzmán Dioses, respecto a la autorización de comprobantes de pago para la cance- lación de facturas por consumo de alimentos y hospe- daje a favor del ex regidor Rolando Lúcar Durán propietario del restaurante "Roland Kent"; asimis- mo, solicitan se declare la vacancia del cargo de alcalde que desempeña Orlando Guzmán Dioses en el citado distrito; Los escritos recibidos el 19, 20 de julio y 2 de agosto de 1999, remitidos por José Orlando Guzmán Dioses, alcalde del Concejo Distrital de Los Organos, quien solicita se declare infundada la solicitud de vacancia de su cargo e inadmisible por extemporáneo el recurso de revisión contra el acuerdo de concejo del 2 de julio de 1999; asimismo, formula tacha contra las cartas notariales de Segundo Aguilar Seminario y Silverio Ruíz Gaona; Los Oficios Nºs. 030, 033, 041, 051-07-99-FEDIP- LO recibidos el 12, 14, 15, 19 de julio de 1999, remiti- dos por Armando Agurto Hidalgo y Raúl Peña Salda- rriaga, los mismos alegan ser representantes del Frente de Defensa de los Intereses del pueblo de Los Organos; ratifican su respaldo al alcalde del citado distrito Orlando Guzmán Dioses; solicitan se declare la vacan- cia del cargo de regidores Pablo Benites Sócola y Alberto Jibaja Reto del citado concejo; formulan tacha contra las cartas suscritas por Silverio Ruíz Gaona y Segundo Aguilar Seminario y piden la vacancia de éste último en el cargo de regidor del Concejo Provin- cial de Talara; Oídos los informes orales solicitados, en sesión del pleno de este supremo órgano electoral de fecha 20 de julio de 1999; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 924-99-JNE del 14 de junio de 1999, este supremo órgano electoral resolvió en el Artículo cuarto, requerir al Concejo Distrital de Los Organos para que se pronuncie respecto a la conducta del alcalde del citado distrito, José Orlando Guzmán Dioses, en relación a la autorización de comprobantes de pago, en mérito a los cuales se efectuó el pago de facturas a favor del local comercial de propiedad del regidor vacado, Neri Rolando Lúcar Durán; y, que en mérito de esta resolución en sesión del 2 de julio de 1999 del Concejo Distrital de Los Organos, se obtuvo el siguiente resultado: tres votos por la responsabili- dad de Orlando Guzmán Dioses, alcalde del citado distrito, en relación a la autorización de comprobantes de pago a favor del local comercial de propiedad del regidor vacado Neri Rolando Lúcar Durán; y, tres votos por la no responsabilidad del citado alcalde, votación en la que intervino el alcalde, emitiendo voto por su no responsabilidad; tal como consta del acta de constatación notarial que obra de fojas 242 a 247; Que, respecto al pedido de vacancia que formulan los representantes del Frente de Defensa de los Intereses del Pueblo de Los Organos, el tercer párrafo del Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, estable- ce que cualquier vecino puede solicitar la vacancia del cargo de alcalde o regidor ante el respectivo concejo municipal, aportando prueba escrita que sustente la cau- sal de vacancia correspondiente;