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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (06/08/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 176531 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de agosto de 1999 Para la rectificación de las áreas, perímetros y linde- ros de los predios mencionados en el párrafo que antece- de, será de aplicación lo dispuesto en el Artículo 39º del Decreto Supremo Nº 009-99-MTC - Texto Unico Ordena- do de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal. Para la incorporación dentro de los Planos Perimétri- co y de Trazado y Lotización, el traslado de las Partidas Registrales respectivas al Registro Predial Urbano y las rectificaciones de áreas, perímetros y linderos de los lotes cuya propiedad haya sido adquirida mediante declaración judicial o en aplicación del Artículo 2018º del Código Civil, COFOPRI notificará de ello a el/los propietario/s para la incorporación, traslado y rectifica- ción que fueran necesarios. Artículo 5º.- COPOSESION Cuando la posesión del lote sea ejercida por varias personas, será de aplicación lo establecido por el Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 013-99-MTC - Reglamento de Formalización de la Propiedad a cargo de COFOPRI. Sin perjuicio de ello y a solicitud del poseedor o poseedo- res directos del predio, COFOPRI podrá emitir el título de propiedad en favor de terceros que no ejerzan directa- mente la posesión del inmueble y que los poseedores directos designen. Artículo 6º.- COLABORACION DE OTRAS ENTI- DADES Los Registros Públicos proporcionarán a COFOPRI la documentación e información requeridas para la formalización de la propiedad en los Pueblos Tradicio- nales, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 10º inciso b) del Reglamento de Formalización de la Propie- dad a cargo de COFOPRI, debiendo remitir la informa- ción completa sobre los derechos de propiedad inscritos en el Registro de la Propiedad Inmueble ubicado dentro del área reconocida por COFOPRI como Pueblo Tradi- cional, y entregando a COFOPRI un listado con los números de las Partidas Regístrales en las que se han inscrito derechos de propiedad, con la finalidad de evitar duplicidad de inscripciones. Las municipalidades distritales trasladarán a COFOPRI el acervo documentario referente a la adju- dicación de lotes de vivienda de conformidad con el Decreto Ley Nº 21808 u otra norma especial, es decir, que quedan obligadas a remitir a COFOPRI el registro de títulos emitidos, los títulos originales emitidos y los expedientes administrativos relacionados con la titu- lación, así como toda otra documentación relacionada con el saneamiento físico legal en Pueblos Tradiciona- les. 10036 Aprueban reprogramación del Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes por Unidades Ejecutoras RESOLUCION SECRETARIAL Nº 011.A-99 MTC/15.12 Lima, 31 de mayo de 1999 Visto, el Informe Nº 068-99-MTC/15.12.04, de fecha 31 de mayo de 1999 sobre la Aprobación de la Repro- gramación del Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones, de las Unidades Ejecutoras - 001, 002, 003, 004, 005, 006 y 014, del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del Ejerci- cio Presupuestal 1999; CONSIDERANDO: Que la Programación Inicial del Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones, fue aprobado mediante la R.D. Nº 128-98-MTC/15.12, de fecha 31 de diciembre de 1998, y habiéndose producido modificaciones presupuestales ylas demandas adicionales no previstas tales como: Pia 2000, creación de nuevas metas dentro de la Estructura Funcional Programática, que se lleva a cabo en el proceso de la Reprogramación, teniendo en consideración la apro- bación del Crédito Suplementario con R.M. Nº 210-99- MTC/15.09; Que la Dirección de Abastecimiento, a través de la Subdirección de Programación de Bienes y Servicios, ha realizado el reajuste y el consolidado de la Reprogramación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en coordinación con los representantes de cada Unidad Eje- cutora, para que sea aprobado por la dependencia corres- pondiente; De conformidad con el Art. 3º del D.S. Nº 039-98-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 27013 de Presupuesto Público para el año 1999 y los Arts. 23º y 29º de la Directiva Nº 001-99-EF/ 76.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, la Reprogramación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones por Unidades Ejecutoras, por la suma de S/. 468'796,730.16, para las siete Unidades Ejecutoras conformantes del Pliego 015 - Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, por la modalidad de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudica- ciones Directas. Artículo 2º.- TRANSCRIBIR a todas y cada una de las Unidades Ejecutoras que conforman el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción la Reprogramación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de 1999, aprobado por la presente Resolu- ción; así como a las Oficinas competentes y Direcciones correspondientes, para su conocimiento y debido cumpli- miento. Artículo 3º.- La Dirección de Abastecimiento, debe poner a disposición del público, la Reprogramación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO GARCIA TORRES Secretario General 10037 Otorgan a empresa permiso de opera- ción de servicio de transporte aéreo regular nacional de pasajeros, carga y correo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 138-99-MTC/15.16 Lima, 4 de agosto de 1999 Visto el Expediente Nº 00785006 mediante el cual la empresa AVIANDINA S.A.C. solicita Permiso de Opera- ción de Servicio de Transporte Aéreo Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo; CONSIDERANDO: Que, según los términos del Memorándum Nº 0364-99- MTC/15.16.02, Memorándum Nº 0467-99-MTC/15.16.06, Memorándum Nº 211-99-MTC/15.16.05.3, Memorándum Nº 276-99-MTC/15.16.05.2 y Memorándum Nº 0327-99- MTC/15.16.01 emitidos por la Dirección de Asesoría Le- gal, Dirección de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronáu- tico, Subdirección de Operaciones Aéreas, Subdirección de Material Aeronáutico y el Director Técnico, respecti- vamente, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos estableci- dos en las Leyes Nºs. 24882, 26917, el Decreto Legislativo Nº 670, el Decreto Supremo Nº 054-88-TC Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil y sus modificatorias, los