Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 1999 (06/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 6 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 176535

Que, la tacha formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los representantes del Frente de Defensa de los Intereses del Pueblo de Los Organos contra los documentos emitidos por MORDAZA MORDAZA Gaona y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es inadmisible al no sustentarse con prueba idonea y suficiente; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 301º del Codigo Procesal Civil; Que, del analisis de autos se establece que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de MORDAZA del Concejo Distrital de Los Organos, autorizo los comprobantes de pago Nºs. 74, 124 y 256, tal como consta de fojas 66, 68 y 72, respectivamente; para el pago de las Facturas Nºs. 004868, 004499, 000020, 004559, 000046 y 000047, conforme se aprecia de las copias certificadas de fojas 67, 69, 70, 73, 74 y 75, respectivamente, a favor del ex regidor MORDAZA MORDAZA Lucar MORDAZA, propietario del restaurant "Roland Kent"; posteriormente, para hacer efectiva la cancelacion de las facturas mencionadas, el citado MORDAZA emitio los Cheques Nºs. 45215158, 45215176 y 45070305, segun consta de la MORDAZA certificada de fojas 144; Que, es ilegal la autorizacion por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la cancelacion de las facturas del restaurant "Roland Kent" de propiedad del regidor vacado MORDAZA MORDAZA Lucar Duran; favoreciendolo intencionalmente con fondos publicos, lo que demuestra su interes en las prestaciones de servicio que otorgo el citado regidor vacado al Concejo Distrital de Los Organos; por tanto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida en el Articulo 26º numeral 3) concordante con el Articulo 23º numeral 7) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, este supremo organo electoral debe resolver aplicando estrictamente la ley y de conformidad con el Articulo 5º literal u) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, el mismo que establece que es funcion de este colegiado, declarar la vacancia de cargos y proclamar a los candidatos que por ley deben asumirlos; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia del MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es primer candidato habil de su misma lista; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Talara corresponde asumir el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Los Organos, a MORDAZA MORDAZA Socola, candidato proclamado regidor de la lista independiente "Reconstruccion Efectiva", para completar el periodo 1999 - 2002, por vacancia del titular MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dioses; y, para completar el numero legal de miembros del citado concejo se debe convocar a MORDAZA Filepto MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista independiente "Vecinos en Accion", debido a que todos los candidatos de la lista independiente "Reconstruccion Efectiva" han sido convocados; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar inadmisible la tacha presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra las cartas notariales de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Gaona. Articulo Segundo.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Los Organos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, que desempena el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse incurso en la causal de vacancia establecida en el Articulo 26º numeral 3) concordante con el Articulo 23º numeral 7) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. Articulo Tercero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA Socola candidato proclamado regidor, integrante de la lista independiente "Reconstruccion Efectiva", para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Los Organos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, para completar el periodo 1999 - 2002, otorgandosele la correspondiente credencial; por vacancia del cargo del titular MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dioses. Articulo Cuarto.- Convocar al ciudadano MORDAZA Filepto MORDAZA MORDAZA, integrante de la lista independiente "Vecinos en Accion", para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Los Organos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, para completar el periodo 1999 2002, otorgandosele la correspondiente credencial.

Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; TRUJILLANO, Secretario General 10106 RESOLUCION Nº 1293-99-JNE MORDAZA, 5 de agosto de 1999 VISTOS: Las comunicaciones recibidas el 27 de MORDAZA y 7 de junio de 1999, de fojas 1 y 21, respectivamente, de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Alcarraz MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente, Secretario, Tesorero, Secretario de Prensa, respectivamente, del Frente de Defensa de los Intereses del distrito de Talavera, provincia de Andahuaylas, quienes solicitan se declare la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Talavera, provincia de Andahuaylas, que ostenta el ciudadano MORDAZA MORDAZA Zapata; al haber sido condenado por delito doloso y separado del cargo de alcalde; Los Oficios Nºs. 125 y 160-99-A-MDT recibidos el 21 de junio y 6 de MORDAZA de 1999, de fojas 55 y 74, respectivamente, de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Distrital de Talavera, quien comunica que en sesion de concejo, tres regidores opinaron por la suspension del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en vista del recurso de revision interpuesto por el citado MORDAZA ante la Corte Suprema de Justicia de la Republica; El Oficio Nº 180-99-AMDT recibido el 20 de MORDAZA del ano en curso, de fojas 93, de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien remite MORDAZA del documento nacional de identidad de MORDAZA MORDAZA Alcarras Alarcon; y demas documentacion pertinente; CONSIDERANDO: Que, de los resultados remitidos por el MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas, con motivo de las Elecciones Municipales del 11 de octubre de 1998, aparece que MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue elegido MORDAZA del Concejo Distrital de Talavera, provincia de Andahuaylas, para el periodo 1999 - 2002; Que, la MORDAZA certificada de la sentencia, que obra de fojas 3 a 10, prueba que MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue condenado a tres anos de pena privativa de la MORDAZA, con el caracter de suspendida, mas inhabilitacion de un ano, por delito contra la administracion publica en la modalidad de concusion, en agravio de la Municipalidad Distrital de Talavera; y, la resolucion del 6 de noviembre de 1998, de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, cuya MORDAZA certificada corre a fojas 12, declara no haber nulidad en la referida sentencia, precisando la inhabilitacion por el periodo de un ano, conforme lo dispone el inciso primero y MORDAZA del Articulo 36º del Codigo Penal, dispositivo que priva del ejercicio del cargo de MORDAZA que venia desempenando don MORDAZA MORDAZA Zapata; Que, de autos se colige que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra incurso en causal sobreviniente de vacancia, al haber sido condenado por delito doloso, conforme lo dispone el numeral 3) del Articulo 26º y numeral 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, el numeral 1) del Articulo 28º de la citada ley, dispone que en los casos de vacancia del MORDAZA reemplaza el MORDAZA MORDAZA, que es el regidor habil que le sigue en su propia lista electoral, correspondiendo asumir el cargo al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Somos Peru"; y, para completar el numero legal de miembros se debe convocar a la ciudadana MORDAZA Alcarras MORDAZA, candidata no proclamada de la citada agrupacion, conforme aparece de la lista de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas; Que, en sesion extraordinaria de concejo de fecha 14 de MORDAZA de 1999, segun MORDAZA del acta que obra de fojas 68

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