Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 1999 (05/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 5 de diciembre de 1999

Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Psicotropicas, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, el 25 de octubre de 1985. 2. La Comision tendra, ademas de las que le concedan las Autoridades Competentes, las siguientes funciones: a) Servir de comunicacion entre las Autoridades Competentes de ambos paises en el ambito de aplicacion del presente Acuerdo. b) Proponer a las Autoridades Competentes de ambos paises las condiciones de cooperacion en las materias a que se refiere el presente Acuerdo. c) Proponer a las Autoridades Competentes los acuerdos administrativos y normas a que se refiere este Acuerdo. d) Realizar el seguimiento en la aplicacion de los programas e intercambios previstos en el presente acuerdo. e) La Comision podra constituir en su seno grupos de trabajo y podra recabar la colaboracion de cualquier otra entidad susceptible de ayudar en su labor, ello a propuesta de una o de las dos Partes. f) Independientemente de las reuniones de los grupos de trabajo, la Comision se reunira cuando lo solicite una de las partes con dos meses de antelacion a la fecha prevista para la reunion, salvo en casos extraordinarios que aconsejen su inmediata convocatoria para el analisis de los trabajos en curso, definicion de orientaciones y evaluacion de los resultados obtenidos en los diversos MORDAZA de la actuacion. ARTICULO VIII RESERVA DE INFORMACION 1. Toda informacion comunicada de cualquier forma, tendra caracter confidencial o reservado, segun el derecho interno de cada una de las Partes. 2. La informacion obtenida debera ser utilizada unicamente para los efectos del presente Acuerdo. En caso de que una de las Partes la requiera para otros fines, debera contar previamente con la autorizacion por escrito de la Autoridad Competente que la MORDAZA proporcionado y estara sometida a las restricciones impuestas por la misma. 3. Lo dispuesto en el numeral anterior, no sera obstaculo para la utilizacion de la informacion en el MORDAZA de acciones judiciales iniciadas por las Partes como consecuencia del trafico ilicito de estupefacientes y sustancias sicotropicas y sus delitos conexos. La utilizacion de dicha informacion y sus resultados sera comunicada a la Autoridad Competente que la proporciono. ARTICULO IX DISPOSICIONES FINALES 1. Cualquier controversia que pueda surgir sobre la interpretacion o aplicacion del presente Acuerdo sera solucionada directamente por las Partes, para lo cual realizaran consultas con la(s) Autoridad(es) Competente(s) respectiva(s). 2. El presente Acuerdo regira provisionalmente a partir de su suscripcion y entrara en vigencia definitiva en la fecha en que ambos Gobiernos se informen por intercambio de notas diplomaticas que han procedido a su aprobacion de conformidad con sus respectivas legislaciones internas. 3. Cualquiera de las Partes podra dar por terminado el presente Acuerdo mediante denuncia formalizada a traves de nota diplomatica, la cual surtira efecto seis (6) meses despues de la fecha de recepcion por la otra Parte. Las solicitudes de asistencia realizadas durante este termino seran atendidas por la Parte requerida. Las Partes designan a las siguientes autoridades para la ejecucion del presente Acuerdo: Por la Republica del Peru, al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Comision de Lucha contra el Consumo de Drogas (CONTRADROGAS) y, por la Republica del Ecuador, al Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotropicos (CONSEP). Suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en dos ejemplares, en idioma castellano, siendo los dos textos igualmente validos y autenticos. Por el Gobierno de la Republica del Peru MORDAZA BERGAMINO MORDAZA Ministro de Defensa Por el Gobierno de la Republica del Ecuador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 15176

SALUD
Autorizan donacion a favor de asociacion que presta apoyo al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas
RESOLUCION SUPREMA Nº 117-99-SA MORDAZA, 2 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Salud, como organo rector del Sistema Nacional de Salud, tiene dentro de sus funciones el mejoramiento de la salud de la poblacion a nivel nacional y dentro de los limites de la Ley, pudiendo otorgar apoyo a las instituciones que coadyuven al cumplimiento de tal funcion; Que, el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas (INEN) es una institucion especializada del Sector Salud que se encarga del tratamiento de pacientes con cancer, a traves de cirugia, quimioterapia y radioterapia; Que, debido al alto costo que resulta el tratamiento de esta enfermedad, muchos pacientes de cancer con diagnostico reversible se ven imposibilitados de atenderse por falta de recursos; Que, la Asociacion de MORDAZA de Ayuda al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas -INEN-ADAINEN- es una institucion sin fines de lucro que tiene por objeto prestar apoyo a casos como los mencionados en el considerando precedente, para lo cual requiere contar con recursos financieros que le permitan adquirir los bienes necesarios para dar un mejor servicio a los citados pacientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Salud a donar a la Asociacion de MORDAZA de Ayuda al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas -INEN-ADAINEN- la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 250 000,00), para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 15185

MTC
Renuevan y modifican permiso otorgado a persona natural para prestar servicio de transporte aereo no regular de pasajeros y carga
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 218-99-MTC/15.16 MORDAZA, 26 de octubre de 1999 Vista la solicitud de MORDAZA PALACIN MORDAZA, sobre Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular de pasajeros y carga; CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum Nº 0498-99MTC/15.16.02, emitido por la Direccion de Asesoria Legal; Memorandum Nº 0138-98-MTC/15.16.6, emitido por la Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico; Memorandum Nº 341-99-MTC/15.16.05.2 y Memorandum Nº 361-99MTC/15.16.05.2, emitidos por la Subdireccion de Material Aeronautico; Memorandum Nº 023-98-MTC/15.16.05.03 y Memo-

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