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Pág. 182254 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de diciembre de 1999 La Comisión determina el sistema de calificación, tabla de pesos, puntaje y definición de nota aprobatoria. Artículo 12º.- Etapas de la evaluación Las etapas de la evaluación son las siguientes: a) Calificación del currículum vitae. b) Entrevista personal, sólo para los postulantes que hubieren calificado aprobatoriamente la etapa anterior. Artículo 13º.- Calificación del currículum vitae La calificación la realiza la Comisión asignando a cada mérito un puntaje determinado, siempre que se hubieran acreditado documentalmente. Los méritos deben versar o estar relacionados a materias jurídicas, y son los siguientes: a) GRADOS, TITULOS Y OTRAS MENCIONES ACA- DEMICAS Título Profesional, Maestría y Doctorado. Diplomas de cursos de postgrado. b) ESTUDIOS Estudios Curriculares de postgrado en curso o conclui- dos, en los que no se haya obtenido grado académico. c) INVESTIGACIONES, PONENCIAS Y PUBLICA- CIONES Participación, bajo cualquier categoría, en investigacio- nes y publicaciones de toda índole que versen sobre mate- rias jurídicas. Asimismo, presentación de ponencias en cualquier tipo de evento académico, nacional o internacio- nal. d) DOCENCIA UNIVERSITARIA Profesor, bajo cualquier tipo de contratación o categoría. Docencia ejercida en la Academia de la Magistratura o Escuelas de Altos Estudios. e) EXPERIENCIA PROFESIONAL Ejercicio de la Carrera Judicial o Fiscal, ejercicio privado de la profesión de Abogado; Consultor Legal de institucio- nes privadas o públicas, nacionales o internacionales; Fun- cionario o empleado en la administración pública, en áreas relacionadas con asuntos legales. f) ACTIVIDADES DE SERVICIO Y PROMOCION LE- GAL Participación en eventos, actividades o instituciones de servicio o acción cívica a favor de la comunidad o el Estado. Participación como organizador, coordinador, instruc- tor, asistente y otras formas similares, en eventos, activida- des o instituciones de reflexión, promoción, defensa o difu- sión del derecho. g) CAPACITACION Asistencia a seminarios, cursos, talleres, jornadas, fórums, mesas redondas, conferencias y otros similares, de capacitación, actualización o perfeccionamiento. h) IDIOMAS Conocimiento del quechua, aymara o idioma extranjero, sea que hable, lea y/o escriba. i) INFORMATICA Grado de conocimiento de informática, aplicado al tra- bajo legal. Artículo 14º.- Objetivo de la entrevista personal La entrevista personal tiene por objetivo conocer al postulante y evaluar su vocación, visión, personalidad, consistencia moral y su cultura jurídica, apropiados para ejercer la función de tutor. Artículo 15º.- Lugar y oportunidad de la entrevis- ta La Comisión publicará el cronograma y el lugar de entrevistas personales. Artículo 16º.- Pautas para la entrevista personal La Comisión realiza y califica la entrevista personal, la misma que tiene carácter reservado. De considerarlo nece- sario puede convocar a profesionales de áreas especializa- das de psicología, educación, sociología u otras afines para que participen en la entrevista brindado apoyo, el mismo que tendrá carácter referencial respecto de la calificación que realiza la comisión.La entrevista se efectuará siguiendo las pautas señala- das a continuación: a) Se formularán preguntas o asuntos específicos, dise- ñados previamente por la Comisión orientados a evaluar las siguientes capacidades: • Cultura jurídica. • Especialización en el área de postulación. • Técnicas de solución de casos prácticos, y • Conocimientos sobre organización del despacho judi- cial y/o fiscal. b) La calificación final de los postulantes se obtendrá promediando las calificaciones parciales de cada uno de los miembros de la Comisión. c) El resultado final constará en acta, la misma que, además, registrará todos los hechos relevantes suscitados en esta etapa y deberá estar firmada por los miembros de la Comisión. Artículo 17º.- Evaluación en el concurso por invi- tación concurrente Los Profesores directamente invitados participarán en el seminario de capacitación de Tutores. El profesor o los profesores de este seminario emitirán un informe evaluati- vo de los invitados. La obtención de una calificación aproba- toria, otorga la calidad de tutores a los concursantes por invitación. Artículo 18º.- Determinación de la nota final Cumplida todas las etapas de evaluación, la Comisión procederá a promediar las notas parciales de los postulan- tes aplicando el sistema de calificación y tabla de pesos adoptados. El resultado final de este cálculo será la Nota Final de cada postulante. Obtenida la Nota Final de cada postulante se registrará en acta especial la misma que será firmada por los miem- bros de la Comisión. TITULO IV DEL PROGRAMA DE INDUCCION Artículo 19º.- Proceso de inducción Los magistrados y abogados designados tutores deberán seguir un proceso de inducción antes de iniciar sus labores. El diseño, organización y ejecución del programa que se desarrollará durante dicho proceso estarán a cargo de la Dirección Académica a través del Area Especializada de Prácticas y Tutorías de la Academia de la Magistratura. Artículo 20º.- Propósito del Proceso de Inducción El propósito del proceso de inducción es sensibilizar a los magistrados y abogados seleccionados en la tarea que deben realizar. Además, reforzar su capacitación en lógica jurídica, interpretación jurídica, argumentación jurídica, técnicas de resolución de casos y técnicas de comunicación de las decisiones judiciales; en el manejo de técnicas de investigación – acción, y de programación de actividades de los discentes a su cargo. Artículo 21º.- Objetivos del proceso de inducción Para los efectos de diseñar y ejecutar el Programa de Inducción para Tutores, el Area Especializada de Prácticas y Tutorías de la AMAG deberá considerar los siguientes objetivos: a) Proporcionar instrumentos o herramientas metodoló- gicas para la ejecución de las prácticas con base al análisis reflexivo e innovativo de la actividad judicial y fiscal, con énfasis en el ámbito procesal. b) Lograr que los participantes del PROFA puedan tener un conocimiento cabal de la función jurisdiccional y fiscal, desde el punto de vista institucional operativo. c) Adiestrar a los participantes en el manejo de la carga procesal y en la elaboración de resoluciones y dictámenes, haciendo énfasis en el impacto que éstas puedan tener en los aspectos jurídico, social y económico. d) Evaluar el entrenamiento recibido por los participan- tes en el curso PROFA, orientándose básicamente a la aplicación de los conocimientos adquiridos. Artículo 22º.- Sede del proceso de inducción Dependiendo de la ubicación geográfica y del número de tutores que deban cumplir con el Proceso de Inducción, la Academia de la Magistratura determinará la sede o sedes donde se desarrollará dicho proceso.