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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (31/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 53

Pág. 182271 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de diciembre de 1999 Sétimo.- IMPONER la sanción de CUARENTA Y CIN- CO (45) DIAS DE SUSPENSION al señor ENRIQUE PIN- TO RODRIGUEZ, Jefe del Departamento de Emergencia UCI del Hospital III Juliaca de la Gerencia Departamental Puno, por incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, faltas previstas en los incisos a) y d) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Octavo.- ABSOLVER al señor CARLOS QUINTO MEDINA, ex Jefe de la Sucursal de Juliaca de la Gerencia Departamental Puno, de los cargos atribuidos en la Resolu- ción de Gerencia General Nº 752-GG-ESSALUD-1999, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente resolución. Noveno.- ABSOLVER al señor PEDRO ALCANTARA SOTOMAYOR CHAMBI, Jefe de División de Inscripción y Acreditación de la Gerencia Departamental Puno, de los cargos atribuidos en la Resolución de Gerencia General Nº 752-GG-ESSALUD-1999, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Décimo.- NOTIFICAR la presente resolución, confor- me a ley. Regístrese y comuníquese. SILVIA ARMIJO HIDALGO Gerente General 16281 INPE Inician procedimiento disciplinario a servidor del Establecimiento Transito- rio de Procesados del Callao RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 924-99-INPE-P Lima, 15 de diciembre de 1999 VISTO: El Informe Nº 202-99-INPE-CPPAD, de fecha 6 de diciembre de 1999 de la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 1984-99-INPE-ORH, de fecha 16 de noviembre de 1999, la Oficina de Recursos Humanos de la Sede Central remite el Informe Técnico Nº 143-99-INPE-ORH-UDR, de fecha 11 de noviembre de 1999, elaborado por el Jefe de la Unidad de Remuneraciones y Desplazamiento de la mencionada Sede, concerniente a la situación laboral del servidor ABRAHAM MAUTINO TO- RRES PEÑA, quien se encuentra incurso en abandono laboral por inasistencias injustificadas consecutivas a su centro de labores en el Establecimiento Transitorio de Procesados del Callao, desde el 18 de setiembre de 1999 hasta la fecha; Que, de la revisión y análisis de los documentos que obran en el expediente, se advierten que el servidor antes mencionado se encontraba haciendo uso de licen- cia sin goce de remuneraciones, desde el 20 de junio de 1999, al 19 de julio de 1999, aprobado mediante Resolu- ción Nº 050-99-INPE-DRL-CR-P, Comisión de Reordena- miento de la Región Lima, de fecha 20 de julio de 1999; asimismo, el servidor ABRAHAM MAUTINO TORRES PEÑA, solicitó la renovación anual de licencia sin goce de remuneraciones por un período de sesenta (60) días, a partir del 20 de julio de 1999 hasta el 17 de setiembre de 1999, habiendo sido aprobado dicha solicitud mediante Resolución Directoral Nº 313-INPE-DRL-D, de fecha 3 de setiembre de 1999; Que, con fecha 27 de setiembre de 1999, el servidor antes mencionado solicita nuevamente, licencia sin goce de remu- neraciones por estudios no oficializados por un período de sesenta (60) días, a partir del 18 de setiembre de 1999, hasta 16 de noviembre de 1999, siendo declarado IMPROCEDEN- TE, dicha petición mediante Resolución Directoral Nº 526-99-INPE-DRL-DG, de fecha 3 de noviembre de 1999, en mérito al Oficio Nº 605-99-DRL-OAJ, de fecha 5 de octubre de 1999, emitido por el Director de la Oficina de Asesoría Jurídica; por tanto, el servidor ABRAHAM MAUTINO TORRES PEÑA, viene registrando inasistencias injustifi- cadas consecutivas en su centro de labores en el Estableci- miento Transitorio de Procesados del Callao, desde el 18 de setiembre de 1999, hasta la fecha no habiendo regularizado dichas inasistencias con documentos sustentatorios que justifique su inasistencia; Que, existen suficientes elementos de juicio que permi- ten establecer que el servidor ABRAHAM MAUTINO TO- RRES PEÑA, ha incumplido lo estipulado en el inciso c) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta disciplina- ria prevista en el inciso k) del Artículo 28º del acotado dispositivo legal; Estando a lo expuesto por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visacio- nes de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Legislati- vo Nº 276, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y la Resolución Suprema Nº 189-99- JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario al servidor del Establecimiento Transitorio de Procesados del Callao ABRAHAM MAUTINO TORRES PEÑA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la Resolución. Artículo 2º.- El servidor procesado puede presentar su descargo y pruebas convenientes a su defensa ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios, conforme a ley. Artículo 3º.- Notifíquese la presente Resolución al servidor antes mencionado, a través del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Regístrese, publíquese y comuníquese. GUSTAVO O. BRAVO VARGAS Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 16290 Sancionan con cese temporal a servi- dores de la Dirección Regional Lima RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 952-99-INPE-P Lima, 23 de diciembre de 1999 VISTO, el Informe Nº 203-INPE-CPPAD de fecha 15 de diciembre de 1999 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Peni- tenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Presidencia Nº 807-99- INPE-P de fecha 15.NOV.99, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18.NOV.99 se instaura proceso administra- tivo a los servidores de la Dirección Regional Lima, TOMAS ROLANDO PFARI SAHUARAURA, Jefe de Recursos Ma- teriales y Servicios y JUAN FOLLANA YAPO, responsable del manejo del Fondo para Pagos en Efectivo, en torno al examen especial sobre "Evaluación Administrativa y Eco- nómica de la mencionada Dirección Regional Lima", determi- nándose irregularidades en las que habrían incurrido los referidos servidores, cargos que se encuentran especifica- dos en la resolución de apertura señalada precedente- mente; Que, del descargo presentado por el servidor TOMAS ROLANDO PFARI SAHUARAURA, Jefe de Recursos Ma- teriales y Servicios, argumenta en su defensa que en mérito a la Resolución Directoral Nº 02-INPE/OL de fecha 30.ENE.98, se resolvió aperturar un fondo para pagos en