Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 1999 (12/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de febrero de 1999

de Justicia de Junin; e integrandola senalaron el plazo de prueba en un ano; Que, de autos se acredita que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra incurso en el numeral 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por el cual no pueden desempenar los cargos de MORDAZA y Regidores los que hayan sufrido condena por delito doloso; siendo una causal sobreviniente de vacancia al cargo de MORDAZA, prevista en el numeral 3) del Articulo 26º de la Ley Nº 23853; Que, el numeral 1) del Articulo 28º de la Ley Nº 23853, dispone que en los casos de vacancia del MORDAZA reemplaza el MORDAZA MORDAZA, correspondiendo asumir el cargo a don Grisologo MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado de la Lista Independiente "Integracion Cambio 98 - Chupaca"; Que, asumiendo el cargo de MORDAZA el Regidor don Grisologo MORDAZA MORDAZA, faltaria cubrir un cargo de Regidor, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en aplicacion interpretativa: "Para cubrir las vacantes que se produzcan en los Concejos Municipales, se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, siguiendo el orden de los resultados del escrutinio final y que MORDAZA figurado en la misma lista que integro el Regidor que produjo la vacante", correspondiendo convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Macukachi MORDAZA, candidata no proclamada de la Lista Independiente "Integracion Cambio 98 - Chupaca"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia al cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Huamancaca Chico de la provincia de Chupaca, que viene desempenando don MORDAZA MORDAZA MORDAZA por estar incurso en la causal de vacancia sobreviniente, al haber sido condenado por delito doloso. Articulo Segundo.- Declarar que don Grisologo MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado de la Lista Independiente "Integracion Cambio 98 - Chupaca" asume el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Huamancaca Chico de la provincia de Chupaca. Articulo Tercero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Macukachi MORDAZA, candidata no proclamada de la Lista Independiente "Integracion Cambio 98 - Chupaca", para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Huamancaca Chico. Articulo Cuarto.- Otorgar a don Grisologo MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Macukachi MORDAZA, las correspondientes credenciales. Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 2025 RESOLUCION Nº 132-99-JNE MORDAZA, 11 de febrero de 1999 VISTOS: La comunicacion presentada el 10 de noviembre de 1998, por don MORDAZA Huacal MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Yorongos durante el periodo 1996 - 1998 y por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gobernador del mismo distrito, provincia de MORDAZA, departamento de San MORDAZA, quienes solicitan se inhabilite a don Persi MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del Concejo Distrital de Yorongos, integrante de la Lista Independiente "Alto MORDAZA unido para el desarrollo", por encontrarse cumpliendo condena por delito doloso"; El Oficio Nº 041-98-JNE/JEER/P recibido en la misma fecha, remitido por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, quien eleva el recurso de nulidad de proclamacion del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Yorongos, formulada por don MORDAZA MORDAZA Risci, Personero Legal de la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino" acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial MORDAZA referido, anexando MORDAZA certificada de la sentencia de fecha 30 de setiembre de 1996, expedida en la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, en contra de MORDAZA MORDAZA Avellaneda; y, los escritos ampliatorios del mismo recurrente, presentados los dias 7 y 9 de diciembre de 1998 y 5 de febrero de 1999; CONSIDERANDO: Que, en las elecciones municipales realizadas el 11 de octubre de 1998, don Persi MORDAZA MORDAZA, integrante de la Lista Independiente "Alto MORDAZA unido para el desarrollo", fue proclamado MORDAZA del Concejo Distrital de Yorongos, para el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002, por el MORDAZA Electoral Especial de Rioja;

Que, se tiene a la vista la MORDAZA certificada de la sentencia de fecha 30 de setiembre de 1996, expedida por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, que condena a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA a tres anos de pena privativa de la MORDAZA suspendida condicionalmente en su ejecucion e inhabilitacion conforme a los incisos uno, dos y cuatro del Articulo 36º del Codigo Penal, por delito contra la administracion publica concusion, en agravio de MORDAZA Pinin MORDAZA y otros; observandose, ademas, en el acta de audiencia correspondiente al MORDAZA penal indicado que, despues de leida la sentencia condenatoria, el sentenciado refirio estar conforme con MORDAZA, por lo que al no haber interpuesto recurso de nulidad, dicha sentencia quedo firme; Que, hecha la consulta al Padron Electoral, se determina que pese a existir diferencia en cuanto a la escritura del nombre, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien se refiere el considerando anterior, es en realidad Persi MORDAZA MORDAZA, actual MORDAZA del Concejo Distrital de Yorongos; Que, a tenor de lo dispuesto en el inciso 3) del Articulo 26º e inciso 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es causal de vacancia del cargo de MORDAZA o regidor, el haber sido condenado por delito doloso; siendo este el caso de don Persi MORDAZA Avellaneda; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 28º de la Ley Nº 23853, se debera llamar a MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, primer regidor habil que sigue en la lista "Alto MORDAZA unido para el desarrollo", para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Yorongos; y, para completar el numero de regidores, debera convocarse a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada integrante de la misma lista electoral, conforme la relacion de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Rioja; El MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo previsto en el inciso u) del Articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Yorongos, provincia de MORDAZA, departamento de San MORDAZA, que desempena don Persi MORDAZA MORDAZA, por estar incurso en causal de vacancia, de acuerdo a ley. Articulo Segundo.- Llamar a MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata proclamada regidor, de la Lista Independiente "Alto MORDAZA unido para el desarrollo", para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Yorongos, provincia de Rioja; debiendosele otorgar la credencial que la acredita como tal. Articulo Tercero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la Lista Independiente "Alto MORDAZA unido para el desarrollo", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Yorongos, provincia de Rioja; debiendosele otorgar la credencial correspondiente. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 2026

Declaran valida votacion y proclaman MORDAZA y Regidores del Concejo Distrital de Salcahuasi, provincia de Tayacaja
RESOLUCION Nº 134-99-JNE MORDAZA, 11 de febrero de 1999 VISTOS: El recurso de reconsideracion presentado con fecha 28 de diciembre de 1998, por don MORDAZA Saldana MORDAZA, Personero del Partido "Accion Popular", contra la Resolucion Nº 1375-98 de fecha 23 de diciembre de 1998, en el extremo de haber sido declarado infundado el recurso de nulidad de las elecciones de MORDAZA y Regidores para el Concejo Provincial de Tayacaja, manifestando que no se ha tomado en cuenta las irregularidades que se habria cometido; y, por otro lado, refiere que, al restar la votacion contenida en las actas electorales a que se refiere la resolucion impugnada, la lista que obtuvo la mayor votacion a nivel provincial, es decir el "Movimiento Independiente Vamos Vecino", no habria alcanzado el 20% de los votos validos; y, el escrito recibido el 4 de enero de 1999, suscrito por el Personero Legal Titular del mencionado Partido Politico, doctor MORDAZA MORDAZA Orlandini, quien solicita se rectifique la proclamacion de regido-

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