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Pág. 175980 NORMAS LEGALES Lima, martes 20 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 0016-91-AG, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y modificatorias, la importación de ciertos productos agropecuarios está sujeta a la aplicación de derechos específicos variables; Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF y normas modificatorias, se actualizaron las tablas aduaneras aplica- bles a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referencia para la semana comprendida entre el 5 y el 11 de julio de 1999 para el caso del maíz, arroz y azúcar y del 28 de junio al 11 de julio de 1999 para los productos lácteos; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94-EF; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Publíquese los precios FOB de refe- rencia para la aplicación del derecho específico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF: PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Arroz Azúcar BDTE BDTK SULX Del 5/7 al 11/7 85 238 204 PRECIOS FOB DE REFERENCIA DE PRODUCTOS LACTEOS (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) (PROMEDIO QUINCENAL) US$ por T.M. Fecha Leche Entera en Polvo 1_/ Del 28/6 al 11/7 1,580 1_/ Cotización superior obtenida del reporte 27 del Dairy Market News del 9-7-99. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR JOY WAY ROJAS Ministro de Economía y Finanzas 9515 EDUCACION Afectan en uso terreno ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho a favor de asociación cultural y deportiva RESOLUCION SUPREMA Nº 108-99-ED Lima, 19 de julio de 1999 Visto, los Expedientes Nº 04278-98, Nº 08670-98, Nº 27898-98 y Nº 14904-99, mediante los cuales se tramita la transferencia en uso de 3,000 m2 del terreno ubicado dentro de los linderos del inmueble de 16,005.10 m2 adjudicado al Ministerio de Educación por ENACE, ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, a favor del Club Cultural y Deportivo "Virgen del Rosario"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº 228-87-ENACE-8100RLM- GA, la Empresa Nacional de Edificaciones, ENACE, transfie- re al Ministerio de Educación, como aporte reglamentario al Estado, un lote de 16,005.10 m2, en cumplimiento a lo dispues- to por el Art. 21º del D.S. Nº 004-85-VC; Que, el Club Cultural y Deportivo Virgen del Rosario interpone la acción de reivindicación ante el 5º Juzgado Civil de Lima contra el Ministerio de Educación, ya que venían ocupando un terreno de 3,000 m2 dentro del períme- tro del aporte realizado por ENACE; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 150-94-ED, de fecha 15.DIC.94, se autoriza al Procurador Público delEstado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Educación, para que en nombre y representación de este último, realice la transacción judicial en relación a la acción judicial existente sobre reivindicación que se sigue ante el 5º Juzgado Civil de Lima; Que, por medio del escrito de fecha 26.ENE.95 se suscribe la transacción judicial entre el representante del Ministerio de Educación y los representantes de la Junta Directiva de la Asociación Club Cultural y Deportivo "Virgen del Rosario", en cuyos términos se señala que 3,000 metros cuadrados continuarán bajo la administración de la mencionada asocia- ción en compensación a las mejoras realizadas en dicho predio, transacción oficializada con fecha 3.ABR.95 por la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Lima; Que, en la transacción judicial realizada entre el Minis- terio de Educación y el Club Cultural Virgen del Rosario, debe entenderse que la voluntad del Estado era afectar en uso el terreno en cuestión, por tanto, debe afectarse en uso dicho terreno; Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales señala mediante el Oficio Nº 951-98/SBN-OAJ que el Ministerio de Educación no necesita contar con la intervención de dicha entidad, toda vez que la presente afectación en uso se realiza en cumplimiento de una transacción judicial que tiene calidad de cosa juzgada; Que, según el Informe Nº 202-95-SBN-DAT, la Supe- rintendencia de Bienes Nacionales da cuenta de la inspec- ción ocular realizada en el terreno materia de la presente consulta, señalando que el Club Cultural y Deportivo Virgen del Rosario ocupa realmente una superficie de 2,908.40 m2; Que, el inmueble adjudicado al Ministerio de Educación, se encuentra inscrito en el Registro Predial Urbano, Zona Este, Predio Nº PO2093187, Asiento 007, dentro del cual se encuentra el terreno materia de la transacción judicial indi- cada en los considerandos anteriores, ubicado frente al Jr. Circunvalación, margen derecha de Canto Grande, Sector 1, Segunda Etapa de la Ciudad Mariscal Cáceres, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25554, Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 025-78-VC, 51-95-ED y 002- 96-ED; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso el terreno de 2,908,40 m2, ubicado frente al Jr. Circunvalación, margen derecha de Canto Grande, Sector 1, Segunda Etapa de la Ciudad Mariscal Cáceres, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, a favor del Club Cultu- ral y Deportivo Virgen del Rosario. Artículo 2º.- La presente afectación en uso queda sujeta a la existencia y funcionamiento del Club Cultural y Deportivo Virgen del Rosario como tal, de lo contrario el Ministerio de Educación reasumirá su administración. Artículo 3º.- El Club Cultural y Deportivo Virgen del Rosario realizará la correspondiente inscripción registral de la afectación en uso, asumiendo los costos que ella demande. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 9507 Designan Director de la Unidad de Servicios Educativos Nº 07 RESOLUCION SUPREMA Nº 109-99-ED Lima, 19 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 043-99-ED, de fecha 24 de marzo de 1999, se designó a doña Livia TRINI- DAD VERA, como Directora de la Unidad de Servicios Educativos Nº 07, cargo considerado de confianza; Que, la mencionada funcionaria ha presentado su re- nuncia al cargo, por lo que es necesario proceder a la designación correspondiente;