Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 1999 (20/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

REQUISITOS

DERECHOS ADMINISTRATIVOS negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento alguno. el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba instrumental. Es de tramite gratuito. Pago de derechos administrativos ascendentes al 2% de la UIT.

CALIFICACION

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL PROCEDIMIENTO

DEPENDENCIA QUE APRUEBA EL TRAMITE

RECURSO DE RECONSIDERACION

RESOLUCION DEL RECURSO DE RECONSIDERACION

RECURSO DE APELACION

RESOLUCION DEL RECURSO DE APELACION

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que se consignara lo siguiente: a. Nombre o numero de documento de identidad cuya inscripcion se impugna. b. Domicilio procesal del impugnante. 2. Original y MORDAZA simple del documento de identidad del impugnante. 3. Original y MORDAZA simple de los medios probatorios que sustentan la impugnacion de la inscripcion. 4. Pago de derechos. La impugnacion se resolvera previa citacion al titular de la inscripcion que se pretende impugnar. La notificacion se realizara al domicilio consignado en el Archivo Unico Centralizado del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales.

fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo.

19. INSCRIPCION EN EL REGISTRO PROVISIONAL DE IDENTIDAD.- Inscripcion que genera la emision del Documento Provisional de Identidad (DPI) y que se realiza como consecuencia principalmente de la desaparicion, destruccion o inhabilitacion de los Libros de Actas de las Oficinas de Registros del Estado Civil por hechos fortuitos o actos delictivos vinculados a la accion subversiva. Gratuito. Fiscalizacion previa. Opera el silencio administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento alguno. Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba instrumental. Es de tramite gratuito. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo. Pago de derechos administrativos ascendentes al 1% de la UIT. Gerencia de Operaciones.

1. Formulario de Identidad. 2. Presentar alguno de los siguientes documentos: a. Acta de nacimiento. b. MORDAZA de inscripcion de nacimiento otorgada por la oficina del Registro de Estado Civil correspondiente. c. Constancias expedidas por la autoridad educativa o militar que acredita la existencia de una MORDAZA del Acta de Nacimiento en sus archivos.

NORMAS LEGALES

De no contar con alguno de los documentos MORDAZA mencionados podra presentarse cualquiera de los siguientes: a. Acta de Bautismo. b. Certificado o constancias de nacimiento expedidas por hospitales u oficinas medico-legales que acrediten la identidad del solicitante. En este caso, el tramite solo procedera si se adjunta a la documentacion senalada una declaracion jurada de dos testigos calificados sobre la identidad del interesado, con firmas legalizadas ante fedatario senalando el dia, mes y ano de nacimiento del solicitante, sexo, nombre y domicilio del mismo. De ser posible se consignaran adicionalmente los nombres y apellidos de los padres.

Solo en el caso de que sea imposible obtener alguno de los documentos MORDAZA descritos, el tramite podra realizarse presentando una declaracion jurada con las caracteristicas descritas en el parrafo anterior, anadiendo las causas por las que no hay posibilidad de obtener ninguno de los documentos sustento MORDAZA mencionados.

3. Una foto tamano pasaporte (35 x 43 mm.) sin MORDAZA, de superficie MORDAZA no porosa, a color, en fondo MORDAZA, actual, de frente, a la altura del medio torax, sin prendas en la MORDAZA, sin lentes oscuros, ni uniforme, sin sombras ni manchas, no artistica ni retocada.

20. DUPLICADO DEL DOCUMENTO PROVISIONAL DE IDENTIDAD : 1% de la UIT. Fiscalizacion previa. Opera el silencio administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento alguno. Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba instrumental. Es de tramite gratuito. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo. Pago de derechos administrativos ascendentes al 1% de la UIT. Gerencia de Operaciones.

MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 1999

1. Formulario de Identidad. 2. Pago de derechos administrativos. 3. Una foto tamano pasaporte (35 x 43 mm.) sin MORDAZA, de superficie MORDAZA no porosa, a color, en fondo MORDAZA, actual, de frente, a la altura del medio torax, sin prendas en la MORDAZA, sin lentes oscuros, ni uniforme, sin sombras ni manchas, no artistica ni retocada.

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