Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 1999 (20/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 175976 NORMAS LEGALES Lima, martes 20 de julio de 1999Es de trámite gratuito. Pago de derechosadministrativos ascendentesal 1% de la UIT. 13. HABILITACION POR RECONOCIMIENTO DE EXISTENCIA.- 1. Formulario. 0.31% de la UIT. Fiscalización previa. Oficina de Habilitaciones. Gerencia de Operaciones.Dentro de los 15 días hábilesGerencia de Operaciones.Dentro de los 15 días Gerencia General. 2. Copia certificada y simple de la resolución judicial consentida Opera el silencio administrativo posteriores a la fecha en que hábiles posteriores a la de declaración judicial de reconocimiento de existencia. negativo, si transcurridos 30 días, el rechazo es puesto en fecha en que el rechazo 3. Pago de derechos administrativos. la entidad no emite pronunciamiento conocimiento del solicitante, es puesto en conocimiento alguno. debiendo sustentarse del solicitante u opera el necesariamente en nueva silencio administrativo prueba instrumental. negativo. Es de trámite gratuito. Pago de derechos administrativos ascendentes al 1% de la UIT. 14. EXCLUSION POR INTERDICCION JUDICIAL.- 1. Formulario. 0.31% de la UIT. Fiscalización previa. Oficina de Habilitaciones. Gerencia de Operaciones.Dentro de los 15 días hábilesGerencia de Operaciones.Dentro de los 15 días Gerencia General. 2. Copia certificada y simple de la resolución judicial consentida Opera el silencio administrativo posteriores a la fecha en que hábiles posteriores a la de interdicción. negativo, si transcurridos 30 días, el rechazo es puesto en fecha en que el rechazo 3. Pago de derechos administrativos. la entidad no emite pronunciamiento conocimiento del solicitante, es puesto en conocimiento alguno. debiendo sustentarse del solicitante u opera el necesariamente en nueva silencio administrativo prueba instrumental. negativo. Es de trámite gratuito. Pago de derechos administrativos ascendentes al 1% de la UIT. ENTIDAD : REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL UNIDAD ORGANICA :GERENCIA DE OPERACIONES 1. AUTENTICACION DE COPIAS CERTIFICADAS.- Fotocopia certificada de las actas de nacimiento, matrimonio o defunción, para ser utilizada ante autoridades extranjeras. En el caso de certificaciones que no contengan información 0.50% de la UIT. Fiscalización previa. Unidad de emisión de Unidad de calificación deDentro de los 15 días hábilesUnidad de CalificaciónDentro de los 15 días Gerencia de relativa a la intimidad del titular de la inscripción, bastará con la Opera el silencio administrativo certificaciones. títulos -Gerencia de posteriores a la fecha en quede Títulos. hábiles posteriores a laOperaciones. presentación del recibo de pago de los derechos administrativos. negativo, si transcurridos 30 días, Asesoría Jurídica. el rechazo es puesto en fecha en que la resolución la entidad no emite pronunciamiento conocimiento del solicitante, del recurso de reconsideración Tratándose de instrumentos que contengan información relativa alguno. debiendo sustentarse es puesta en conocimiento del a la intimidad del titular de la inscripción, se deberá presentar necesariamente en nueva impugnante u opera el silencio la siguiente documentación: prueba instrumental. administrativo negativo. 1. Solicitud del titular o, en su defecto solicitud de tercero Es de trámite gratuito. Pago de derechos adjuntando copia certificada del mandato judicial correspondiente. administrativos ascendentes 2. Original y copia del documento de identidad del solicitante. al 1% de la UIT. 3. Pago de derechos administrativos.REQUISITOS DERECHOS CALIFICACION DEPENDENCIA DEPENDENCIA QUE RECURSO DE RESOLUCION DEL RECURSO DE RESOLUCION ADMINISTRATIVOS DONDE SE INICIA EL APRUEBA EL RECONSIDERACION RECURSO DE APELACION DEL RECURSO PROCEDIMIENTO TRAMITE RECONSIDERACION DE APELACION