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Pág. 175973 NORMAS LEGALES Lima, martes 20 de julio de 1999 5. CERTIFICACION DE INSCRIPCION TIPO 5 : Contiene nombre del ciudadano, número de registro actual y números de registros anteriores. 1. Solicitud dirigida a la Oficina de Constancias. 0.40% de la UIT. Aprobación automática. Oficina de Constancias. Oficina de Constancias.Dentro de los 15 días hábilesOficina de Constancias.Dentro de los 15 días Gerencia de2. Pago de derechos. posteriores a la fecha en que hábiles posteriores a laOperaciones.el rechazo es puesto en fecha en que el rechazoconocimiento del solicitante, es puesto en conocimientodebiendo sustentarse del solicitante u opera elnecesariamente en nueva silencio administrativoprueba instrumental. negativo. Es de trámite gratuito. Pago de derechosadministrativos ascendentesal 1% de la UIT. 6. CERTIFICACION DE HOMONIMIA TIPO Nº 1 : Contiene nombre, número de libro o grupo, número de documento de identidad, estado civil, grado de instrucción, sexo, lugar de inscripción, fecha de nacimiento y restricciones. 1. Pago de derechos. 0.27% de la UIT. Aprobación automática. Oficina de Constancias. Oficinas de Constancias. 7. CERTIFICACION DE HOMONIMIA TIPO Nº 2 : Contiene nombre, número de libro o grupo, número de documento de identidad, estado civil, grado de instrucción, sexo, lugar de inscripción, fecha de nacimiento, restricciones y reproducción de imágenes de la foto, impresión dactilar yfirma del solicitante. 1. Pago de derechos. 0.77% de la UIT. Aprobación automática. Oficina de Constancias. Oficinas de Constancias. 8. CERTIFICACION DE DIRECCION DOMICILIARIA : Contiene la dirección domiciliaria. 1. Solicitud dirigida a la Oficina de Constancias justificando la 0.5% de la UIT. Aprobación automática. Oficina de Constancias. Oficina de Constancias.necesidad del servicio.2. Pago de derechos.3. Declaración jurada de guardar reserva de la informaciónobtenida así como de utilizarla únicamente para los finesdeclarados. La declaración deberá contener el número dedocumento de identidad, la firma y la huella dactilar delsolicitante.En caso de analfabetos o incapacitados, únicamente seexigirá la huella dactilar y la constancia del fedatario. ENTIDAD : REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL UNIDAD ORGANICA :OFICINA DE HABILITACIONES 1. HABILITACION POR CESE COMO MIEMBRO DE LAS FUERZAS ARMADAS O POLICIALES.- 1. Formulario. Gratuito dentro de los noventaFiscalización previa. Oficina de Habilitaciones. Gerencia de Operaciones.Dentro de los 15 días hábilesGerencia de Operaciones.Dentro de los 15 días Gerencia General.2. Copia certificada y simple de la resolución de baja o de retiro.días posteriores a la notificaciónOpera el silencio administrativo posteriores a la fecha en que hábiles posteriores a la3. Pago de derechos administrativos, de ser el caso. de la resolución de cese o baja.negativo, si transcurridos 30 días, el rechazo es puesto en fecha en que ella entidad no emite pronunciamiento conocimiento del solicitante, rechazo es puesto enEn caso de haberse cumplido losalguno. debiendo sustentarse conocimiento del solicitantenoventa días se deberá abonar necesariamente en nueva u opera el silenciouna tasa equivalente al 0.31% de prueba instrumental. administrativo negativo.la UIT.Es de trámite gratuito. Pago de derechosadministrativos ascendentesal 1% de la UIT. 2. HABILITACION POR CULMINACION DEL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO.- 1. Formulario. Gratuito dentro de los noventaFiscalización previa. Oficina de Habilitaciones. Gerencia de Operaciones.Dentro de los 15 días hábilesGerencia de Operaciones.Dentro de los 15 días Gerencia General.2. Original y copia de la Libreta Militar con la anotación de alta días posteriores a la fecha deOpera el silencio administrativo posteriores a la fecha en que hábiles posteriores a lay baja. baja. negativo, si transcurridos 30 días, el rechazo es puesto en fecha en que el rechazo3. Constancia de anulación de Libreta Militar anterior, de ser el la entidad no emite pronunciamiento conocimiento del solicitante, es puesto en conocimientocaso. En caso de haberse cumplido losalguno. debiendo sustentarse del solicitante u opera el4. Pago de derechos administrativos, de ser el caso. noventa días se deberá abonar necesariamente en nueva silencio administrativouna tasa equivalente al 0.31% de prueba instrumental. negativo.la UIT.Es de trámite gratuito. Pago de derechosadministrativos ascendentesal 1% de la UIT.REQUISITOS DERECHOS CALIFICACION DEPENDENCIA DEPENDENCIA QUE RECURSO DE RESOLUCION DEL RECURSO DE RESOLUCION ADMINISTRATIVOS DONDE SE INICIA EL APRUEBA EL RECONSIDERACION RECURSO DE APELACION DEL RECURSO PROCEDIMIENTO TRAMITE RECONSIDERACION DE APELACION