Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 1999 (20/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

REQUISITOS

DERECHOS ADMINISTRATIVOS

CALIFICACION

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL PROCEDIMIENTO

DEPENDENCIA QUE APRUEBA EL TRAMITE

RECURSO DE RECONSIDERACION

RESOLUCION DEL RECURSO DE RECONSIDERACION

RECURSO DE APELACION

RESOLUCION DEL RECURSO DE APELACION

8. RECTIFICACION DE PRENOMBRES, APELLIDOS MORDAZA Y/O MATERNO:

a. RECTIFICACION A : La rectificacion administrativa procede cuando los prenombres o apellidos del titular consignados en la inscripcion no corresponden a los del Acta de Nacimiento o Titulo de Naturalizacion, segun corresponda. 1% de la UIT. Fiscalizacion previa. Opera el silencio administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento alguno. Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba instrumental. Es de tramite gratuito. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo. Pago de derechos administrativos ascendentes al 1% de la UIT. Gerencia de Operaciones.

MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 1999

1. Formulario de Identidad. 2. MORDAZA certificada y simple del Acta de Nacimiento o del Titulo de Naturalizacion, segun corresponda. 3. El registrador consular podra admitir Declaracion Jurada en sustitucion de Acta Registral Civil, con cargo a tramitar obtencion posterior de la misma, en territorio nacional por parte del RENIEC y por cuenta del interesado en cuanto al pago de derecho administrativo (0.1% de la UIT). 4. Pago de derechos administrativos. 5. Una foto tamano pasaporte (35 x 43 mm.) sin MORDAZA, de superficie MORDAZA no porosa, a color, en fondo MORDAZA, actual, de frente, a la altura del medio torax, sin prendas en la MORDAZA, sin lentes oscuros, ni uniforme, sin sombras ni manchas, no artistica ni retocada.

Cuando el Acta de Nacimiento presentada para la realizacion del tramite se MORDAZA originado de una inscripcion extemporanea o de una reinscripcion, se debera solicitar ademas, cualquiera de los siguientes documentos: a. Certificado de nacimiento. b. Acta de bautismo. c. Certificado de matricula escolar con mencion de los MORDAZA cursados. d. Declaracion jurada suscrita por dos personas con firmas autenticadas por fedatario.

b. RECTIFICACION B : La rectificacion procede cuando el solicitante ha obtenido un pronunciamiento judicial firme respecto de su pretension de suprimir, adicionar o modificar alguno de sus prenombres o apellidos o se ha inscrito en los Registros de Estado Civil una rectificacion notarial. 1% de la UIT. Fiscalizacion previa. Opera el silencio administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento alguno. Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba instrumental. Es de tramite gratuito. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo. Pago de derechos administrativos ascendentes al 1% de la UIT. Gerencia de Operaciones.

NORMAS LEGALES

1. Formulario de Identidad. 2. MORDAZA certificada y simple del Acta de Nacimiento con la anotacion marginal del pronunciamiento judicial firme o de rectificacion notarial. 3. Pago de derechos administrativos. 4. Una foto tamano pasaporte (35 x 43 mm.) sin MORDAZA, de superficie MORDAZA no porosa, a color, en fondo MORDAZA, actual, de frente, a la altura del medio torax, sin prendas en la MORDAZA, sin lentes oscuros, ni uniforme, sin sombras ni manchas, no artistica ni retocada.

Adicionalmente, en el caso de adoptados mayores de edad, se debera presentar MORDAZA certificada y MORDAZA simple del Acta de Nacimiento original, asi como de la nueva Acta de nacimiento. Original y MORDAZA simple de la Libreta Militar asi como, original de la Tarjeta de Coordinacion, en las que consten los nuevos nombres del solicitante.

9. RECTIFICACION DEL NUMERO DE INSCRIPCION MILITAR : Este tramite procede unicamente por cambio de clase u otro analogo debidamente sustentado. 1% de la UIT. Fiscalizacion previa. Opera el silencio administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento alguno. Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba instrumental. Es de tramite gratuito. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo. Pago de derechos administrativos ascendentes al 1% de la UIT. Gerencia de Operaciones.

1. Formulario de Identidad. 2. Original y MORDAZA simple de la Libreta Militar y original de la Tarjeta de Coordinacion, en las que conste el MORDAZA numero. 3. MORDAZA de cambio de clase, de ser el caso. 4. Pago por derechos administrativos. 5. Una foto tamano pasaporte (35 x 43 mm.) sin MORDAZA, de superficie MORDAZA no porosa, a color, en fondo MORDAZA, actual, de frente, a la altura del medio torax, sin prendas en la MORDAZA, sin lentes oscuros, ni uniforme, sin sombras ni manchas, no artistica ni retocada.

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