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Pág. 176017 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de julio de 1999 zación para participar en la Quinta Semana de Integra- ción Jurídica Interamericana, a realizarse en la ciudad de Porto Seguro-Brasil, del 10 al 13 de agosto del presente año; y, CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26546, se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, encargada del Gobierno y Gestión del Poder Judicial, funciones que han sido modi- ficadas y ampliadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, encargándosele además la reestructuración y re- organización de este Poder del Estado; Que el Presidente de la Asociación de Magistrados de Bahía-Brasil, invita al doctor Pedro Adrián Infantes Mandu- jano, para que participe en el referido evento como expositor del tema "Jurisdicción en los Países Americanos"; Que el objetivo de este evento es promover el inter- cambio de conocimientos y experiencias entre institucio- nes nacionales o extranjeras dedicadas a la defensa legal; elevando el nivel académico de los magistrados que como sujetos activos de la reforma coadyuvan en gran medida con la administración de justicia; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, sus modificatorias y ampliatorias, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, en Sesión de la fecha; RESUELVE: Primero.- Autorizar al doctor Pedro Adrián Infantes Mandujano, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que participe como expositor del tema "Jurisdicción en los Países Americanos" en la Quinta Semana de Integración Jurídica Interamericana, a reali- zarse en la ciudad de Porto Seguro-Brasil, del 10 al 13 de agosto del presente año, concediéndosele la licencia co- rrespondiente. Segundo.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 9571 Disponen que multas impuestas en pro- cesos civiles, laborales y de familia, sean exigidas por el juez de la deman- da al concluir el proceso RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 938-CME-PJ Lima, 20 de julio de 1999 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como el Código Procesal Civil, establecen la facultad de los Jueces para imponer multas, cuya recaudación constituye un ingreso para el Poder Judicial, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 420º del Código Procesal Civil; Que la finalidad de las multas es lograr disciplina en la conducta procesal de los sujetos intervinientes en un litigio, a efectos de que en un debido proceso actúen dentro de los principios de veracidad, probidad, lealtad y buena fe; Que el Artículo 423º del Código Procesal Civil estable- ce la forma en que las multas deben ser pagadas, corres- pondiendo al Poder Judicial ejercer la facultad coercitiva que la Ley le otorga para hacerlas efectivas; Que de la evaluación efectuada sobre la labor realiza- da por el Servicio de Cobranzas de Obligaciones Econó- micas con el Poder Judicial, se hace necesario, replantearlas disposiciones contenidas en la Resolución Administra- tiva Nº 092-CME-PJ, que creó el Servicio de Cobranzas de Obligaciones Económicas con el Poder Judicial; En uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nº. 26546, sus modificatorias y ampliatorias, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, en Sesión de la fecha; RESUELVE: Artículo Primero.- Las multas impuestas en los Procesos Civiles, Laborales y de Familia al amparo de las normas procesales correspondientes, serán exigidas por el Juez de la demanda al concluir el proceso. Artículo Segundo.- En cada Juzgado se implementa- rá un Libro de Registros de Multas, para efectos del Control respectivo. Artículo Tercero.- Derogar las Resoluciones Admi- nistrativas Nºs. 092-CME-PJ y 361-96-SE-TP-CME-PJ, así como todos aquellos dispositivos que se opongan a la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar al Titular del Pliego la aprobación del Reglamento respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 9572 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Suplente del Trigésimo Juzgado Especializado en lo Penal RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 291-99-P-CSJL Lima, 19 de julio de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa de fecha 12 de marzo del año en curso, se concedió a la doctora Mercedes Dolores Gómez Marchisio, Juez Provisional del Trigési- mo Juzgado Especializado en lo Penal, hacer uso de su derecho vacacional en forma fraccionada, correspondiendo del 19 de julio al 2 de agosto del presente año, el segundo período de su goce vacacional, motivo por el cual resulta pertinente designar al Magistrado que la reemplazará en los indicados días, en el Trigésimo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor CARLOS VI- LLAVICENCIO BALVIN, como Juez Suplente del Trigésimo Juzgado Especializado en lo Penal, del 20 de julio al 2 de agosto del año en curso, en reemplazo de la doctora Mercedes Dolores Gómez Marchisio, por lo expuesto en el primer considerando. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y de los Magistrados comprendidos en la presente resolución, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 9540