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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 1999 (26/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 173563 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de mayo de 1999 planillón como de la persona adherente, por lo que debe ser optativa, la consignación de dicha fecha; Que, es el Perú un país que reconoce el ejercicio de los ciudadanos, por igual a las personas letradas como a las analfa- betas, y en tal virtud resulta indispensable establecer que la adhesión a alguna organización política puede efectuarse, en su caso, con la impresión dactilar del ciudadano, en cuanto no le sea posible consignar firma; Que, es conveniente determinar, asimismo, que el llenado de datos en cada planillón lo puede efectuar tanto el adherente mismo como el responsable del planillón; sólo en casos en que el ciudadano sea analfabeto, el responsable del planillón está obli- gado a efectuar dicho llenado; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que es opcional la consigna- ción de la fecha del nacimiento del responsable de página y del adherente en el planillón aprobado por Resolución Nº 595-99- JNE. Los ciudadanos que no saben firmar, estamparán su huella digital en el recuadro correspondiente. Artículo Segundo.- El responsable de página podrá efec- tuar el llenado de los datos de los ciudadanos adherentes. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente resolución, con conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 6828ANEXO Nº II TABLA DE MULTAS POR INFRACCIONES ARTICULO CODIGO INFRACCION MULTA SUBSANACION DE 8º FUNCIONARIO, SERVIDOR SOCIEDAD DE LA INFRACCION Y PENSIONISTAS AUDITORIA Literal “a” 10 Cuando el inicio de una auditoría sea obstaculizado o dilatado. 20% de la remuneración No aplicable Permitiendo el inicio de bruta mensual. la acción de control Literal “b” 20 Cuando no sea presentada la información solicitada o se haga 20% de la remuneración No aplicable Presentando la en forma deficiente o inoportuna según el requerimiento efectuado. bruta mensual información solicitada. Literal “c” 30 Cuando se incumpla con el requerimiento de apersonamiento que 20° de la remuneración No aplicable Apersonándose realiza la Contraloría General de la República. bruta mensual Literal “d” 40 Cuando se afecte la autonomía de algún Organo de Auditoría Interna. 20% de la remuneración No aplicable Suspender las sancio- bruta mensual nes u omisiones que afecten la autonomía Literal “e” 50 Cuando no se interfiera o impida el cumplimiento de las funciones 20% de la remuneración No aplicable Cesar la interferencia/ inspectivas, inherentes al control gubernamental o no sean implan- bruta mensual. implantar el OAI. tados los Organos de Auditoría Interna. Literal “f” 60 Cuando no sean implantadas las acciones correctivas dispuestas 20% remuneración No aplicable Implantar las medidas en los informes realizados por los órganos del Sistema Nacional bruta mensual correctivas. de Control. Literal “g” 70 Cuando la aplicación de cualquier sanción administrativa deter- 20% remuneración No aplicable No aplicable. minada por el Sistema Nacional de Control resulte no viable por bruta mensual haber concluido el vínculo con la entidad. Literal “h” 80 Cuando los titulares de las entidades conforme lo previsto en la 20% de la remuneración No aplicable No aplicable. Ley del Sistema Nacional de Control incurran en responsabilidad bruta mensual administrativa. Literal “i” 90 Cuando los funcionarios, trabajadores o ex servidores de los órganos 20% de la remuneración No aplicable No aplicable del Sistema y personal de las Sociedades de Auditoría incurran en bruta mensual manifiesto, conflicto de intereses con los deberes que le impone las normas de auditoría. Literal “j” 100 Cuando los titulares de los órganos de Auditoría Interna incumplan 20% de la remuneración No aplicable Cumpliendo las dispo- con lo dispuesto en la Ley del Sistema Nacional de Control y las bruta mensual siciones establecidas en Directivas emitidas por la Contraloría General la Ley del Sistema Na- cional de Control y las Directivas Literal “k” 110 Cuando las Sociedades de Auditoría incumplan con los deberes No aplicable 1 a 20 UIT Cumpliendo las disposi- establecidos en el Reglamento de Designación de Sociedades, las ciones establecidas en Directivas formuladas por la Contraloría General, las bases del el Reglamento de De- concurso y el contrato de locación de servicios con relación al signación de Socieda- adecuado desarrollo de las acciones inherentes a su rol fiscalizador des, las Directivas, las de la gestión y utilización de bienes y recursos del Estado. bases y el contrato. Literal “l” 120 Cuando cualquiera de los obligados incumpla algún deber esta- 20% de la remuneración No aplicable Cumpliendo los debe- blecido por norma expresa en favor del Sistema Nacional de Control. bruta mensual res establecidos en la norma. Reincidencia 130 Los contenidos en los literales anteriores 25% adicional por la 1ra. Rein. Incremento de un No aplicable 30% adicional por la 2da. Rein. 50% del monto 50% adicional por las siguientes de la multa reincidencias. aplicada 6832 J N E Dictan disposición referida al llenado de datos y firma de planillones de adherentes para la inscripción de or- ganizaciones políticas RESOLUCION Nº 745-99-JNE Lima, 20 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 595-99-JNE del 15 de abril del año que corre, con arreglo al Acuerdo de Sesión Privada de fecha 30 de marzo último, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el nuevo formato de planillón para recabar firmas de adherentes para inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas, el mismo que es de color celeste y posee las demás características que se señala en la mencionada resolución y en el Oficio Nº 491- 99-J/ONPE de fecha 29 de marzo de 1999; Que, es necesario dictar algunas pautas adicionales relacio- nadas con el uso del nuevo planillón, por cuanto se han venido presentando diversas consultas en torno al correcto llenado de éstos, sobre todo en lo concerniente a la consignación del día, mes y año de nacimiento del responsable del planillón y del adhe- rente; la impresión de la huella digital, y a la obligatoriedad de que el responsable del planillón llene o no el mismo; Que, en cuanto a la fecha de nacimiento, el registro correspon- diente, mantiene dicha información, tanto del responsable del