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Pág. 179614 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de octubre de 1999 CODIGO INFRACCION DIRECCION MUNICIPAL DE COMERCIALIZACION Y DEFENSA AL CONSUMIDOR 3-019 Por ejercer la comercialización de artículos pirotéc- nicos no detonantes en zonas urbanas del Cercado de Lima, excepto la Zona de Industria Liviana. SANCION EN PROPORCION A LA U.I.T. VIGENTE Pequeño Mediano Distribuidor Otra Sanción Comerciante Comerciante o Mayorista 1 2 5 Decomiso de la Mercadería y denuncia correspondiente. Artículo Quinto.- En caso de reincidencia en la comi- sión de las infracciones contenidas en la presente Ordenan- za, se aplicará lo dispuesto en el Artículo 11º de la Ordenan- za Nº 061 MML y sus modificatorias. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. En Lima, a los catorce días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 13380 Asignan diversas funciones al SETAME DECRETO DE ALCALDIA Nº 050 Lima, 16 de junio de 1999 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 5º del Reglamento de Licen- cias de Conducir de vehículos motorizados y no motoriza- dos, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, del 13 de junio de 18994, se establece que las licencias de conducir de vehículos menores, motorizados y no motorizados serán otorgadas por las Municipalidades Provinciales; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante la Ordenanza Nº 082-A del 26 de mayo de 1995, establece el Reglamento para otorgar Licencias de Conducir para Vehí- culos Menores, no motorizados de tres o más ruedas y motorizados de dos o más ruedas que no excedan de 250 c.c. de cilindrada, para la circulación en la provincia de Lima; Que, en el Artículo 110º del Edicto Nº 021/MML, "Regla- mento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima", se establecen funciones vincula- das con la regulación del uso de vehículos menores, corres- pondiendo ejercerlas a la Dirección Municipal de Transpor- te Urbano, conforme a lo dispuesto por el Edicto Nº 234/ MML del 5 de junio de 1998; Que, el Decreto de Alcaldía Nº 108/MML del 30 de diciembre de 1998 crea el Proyecto Especial Servicio de Taxi Metropolitano - SETAME, con el objeto de desarrollar trabajos de carácter prioritario vinculados con el transporte público; Que, mediante la Ordenanza Nº 217/MML del 25 de mayo de 1999, la Municipalidad Metropolitana de Lima reconoce al transporte público en vehículos menores como complementario al servicio de transporte masivo de pasaje- ros en la provincia de Lima; Que, el proyecto especial SETAME durante su funciona- miento ha desarrollado y acumulado positivas experiencias en la gestión de promover la formalización de los agentes que actúan en el tránsito y en el transporte de pasajeros;Que, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 5º del Acuerdo de Concejo Nº 005, del 22 de enero de 1999, se delega al Alcalde Metropolitano de Lima, la adopción de medidas de urgencia que se requieran para lograr el mejo- ramiento del transporte, el tránsito y la vialidad, dando cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo 1º.- Asignar las funciones que a continuación se detallan al Proyecto Especial Servicio de Taxi - SETAME de la Municipalidad Metropolitana de Lima: a) Otorgar, revalidar, suspender o cancelar las Licen- cias de Conducir para los conductores de vehículos meno- res, no motorizados de tres o más ruedas y motorizados de dos o más ruedas que no excedan de 250 c.c. de cilindrada, para circular en la provincia de Lima. b) Dictar normas y disposiciones de carácter técnico administrativo que regulen las actividades del servicio público de transporte en vehículos menores, así como los requisitos y condiciones que cumplirán las personas involu- cradas. c) Brindar asesoramiento a las municipalidades distri- tales de acuerdo a la Ordenanza, que apruebe el Reglamen- to del Servicio de Transporte en Vehículos Menores a fin de que se optimicen los recursos y lograr el reordenamiento de la misma. d) Elaborar programas de capacitación para el servicio público de transporte en vehículos menores. Artículo 2º.- Dejar en suspenso las funciones asigna- das a la Dirección Municipal de Transporte Urbano vincu- ladas con el otorgamiento de Licencias de Conducir, autori- zaciones y otros a vehículos menores. Regístrese, comuníquese, cúmplase y dése cuenta al Concejo. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 13381 Derogan Decreto que aprobó normas sobre vigencia, renovación y solicitud de autorizaciones de funcionamiento en el Cercado de Lima DECRETO DE ALCALDIA Nº 087 Lima, 8 de setiembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 135-94-MML, se aprobaron las Normas sobre la Vigencia, Renovación y Solicitud de Autorizaciones Municipales de Funcionamiento en el Cercado de Lima; Que, el citado Decreto estableció el procedimiento de otorgamiento de nuevas autorizaciones municipales de funcionamiento y renovación de las mismas, disponiendo la obligatoriedad de la renovación anual previo pago de los derechos correspondientes; exigiéndose la renovación de autorizaciones de funcionamiento expedidas al 31 de di- ciembre de 1993, las que quedan sin efecto; Que, el Artículo 71º del Decreto Legislativo Nº 776, establece que las Licencias de Funcionamiento tendrán una vigencia no menor de un año, contado desde la fecha de su otorgamiento, asimismo, en su Artículo 74º señala que la Renovación de las Licencias es automática, en tanto no haya cambio de uso o zonificación, por lo que debe adecuarse a la normatividad vigente; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; con las visacio- nes de la Dirección Municipal de Comercialización y Defensa al Consumidor y la Oficina General de Asuntos Jurídicos;