Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 1999 (27/10/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de octubre de 1999

Cocaina, Pasta Lavada y Clorhidrato de Cocaina, estaran sujetos a control y fiscalizacion"; Que, el Articulo 44º del Decreto Supremo Nº 008-93ITINCI del 28.MAY.93 Reglamento del D.L. Nº 25623 contempla la Neutralizacion Quimica y/o Destruccion de Insumos Quimicos inmovilizados y cuyo traslado resulte imposible o ponga en riesgo la integridad de las personas; Que, bajo custodia de la SEANDRO PNP - SATIPO se encuentran Mil dos kilogramos con quinientos gramos (1 002,500 kg.) de ACIDO SULFURICO IMPURO, Insumo Quimico decomisado por Trafico Ilicito de Drogas; Que, el Insumo Quimico se encuentra impuro y/o carbonizado con materia organica extrana, representando un peligro para la salud e integridad fisica del personal policial que labora en la SEANDRO-PNP - SATIPO, por lo que resulta necesario proceder a su inmediata NEUTRALIZACION QUIMICA; De conformidad, a lo que establece el Articulo 79º inciso d) del Decreto Ley Nº 22095, del Art. 17º del Decreto Ley Nº 25623 y el Articulo 44º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI; y, Estando, a lo informado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar de baja a Mil dos kilogramos con quinientos gramos (1 002,500 kg.) de ACIDO SULFURICO IMPURO, decomisado por Trafico Ilicito de Drogas que se encuentra almacenado e inmovilizado bajo custodia, en la SEANDRO PNP - SATIPO, procediendo a su inmediata NEUTRALIZACION QUIMICA. Articulo 2º.- En el Acto de Neutralizacion Quimica, y/ o Eliminacion, estaran presentes el representante del Ministerio Publico, de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD), de la Policia Nacional del Peru, Ministerio de Salud, Ministerio de Agricultura y Peritos Quimicos, quienes formularan el Acta respectiva, la que sera debidamente firmada por los representantes mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 13404

Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo que permita la intervencion del Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Estando a lo recomendado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior (OFECOD); y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico, a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra la senora MORDAZA CHIU JO y toda persona que venga ocupando ilegal e indebidamente el inmueble ubicado en pasaje MORDAZA Heraud Nº 231 interior 101 La MORDAZA - distrito de Miraflores de la provincia de MORDAZA, incautado por delito de Trafico Ilicito de Drogas en agravio del Estado. Articulo 2º.- Remitase a la Procuraduria Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes y actuados del caso, con transcripcion de la presente Resolucion Ministerial, para su conocimiento y fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 13405

Inician procedimiento disciplinario a servidor de la Subprefectura de la provincia de Chincha
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1037-99-IN-1300 MORDAZA, 20 de octubre de 1999 Vista el Acta Nº 016-99-IN-1300 del 27 de setiembre de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior en relacion a la instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MURGUIA con Libreta Electoral Nº 21528993, Tecnico Administrativo I de la Subprefectura de la provincia de Chincha - Prefectura del departamento de Ica de la Direccion General de Gobierno Interior. CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Control Interno en el Informe Nº 015-99-IN/OCI.O.INV. del 8 de setiembre de 1999, ha probado que el mencionado servidor habria usurpado las funciones del Subprefecto de la provincia de Chincha al haber firmado las Resoluciones Subprefecturales Nºs. 02 y 008-98-DGGI-PRLW-SPCH del 16 de enero y 6 de febrero 1998 respectivamente, habria solicitado donativos y retribucion economica al Gobernador del distrito de San MORDAZA de Huarcapana y a los organizadores de un evento social, asi como esta probado que durante su gestion como Subprefecto de la provincia de Chincha existen Resoluciones Subprefecturales de autorizacion de eventos sociales con la misma numeracion; Que, el mencionado servidor habria incurrido en graves faltas de caracter disciplinario tipificadas en los incisos d), h) y l) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, negligencia en el desempeno de las funciones, el uso de la funcion con fines de lucro, estar incurso en lo establecido en la MORDAZA parte del Articulo 27º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0294-JUS del 28 de enero de 1994 y en la presunta comision de ilicito penal tipificado en el Articulo 361º del Codigo Penal;

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos ocupantes precarios de inmueble incautado por TID, ubicado en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1033-99-IN-1101 MORDAZA, 20 de octubre de 1999 Vista la Hoja de Recomendacion Nº 052-99-IN/1104 de 11.OCT.99, en el que se da cuenta de la situacion irregular del inmueble ubicado en el pasaje MORDAZA HERAUD Nº 231 interior 101, La MORDAZA del distrito de Miraflores MORDAZA, de propiedad de la inculpada TERLINDA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (NO HABIDA) incautado por el delito de Trafico Ilicito de Drogas por disposicion del 42º Juzgado Penal de MORDAZA en el MORDAZA seguido a MORDAZA LIMONIER MORDAZA MORDAZA y que en la actualidad se encuentra ocupado indebidamente por la senora MORDAZA CHIU JO. CONSIDERANDO: Que, es indispensable garantizar y asegurar la efectividad de la medida precautelatoria de incautacion del inmueble, en concordancia con el D.L. Nº 22095 - Ley General de Drogas, su Reglamento y normas de la materia; Que, el caso se halla previsto en el Art. 7º del Decreto Supremo Nº 039-94-JUS de 22.JUL.94, correspondiendo al Ministerio del Interior interponer las acciones judiciales pertinentes en salvaguarda de los intereses del Estado;

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