Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2000 (31/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, MORDAZA 31 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 196681

- Pago al contado : 30 de marzo - Pago fraccionado : Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : 30 de marzo 29 de junio 28 de setiembre 28 de diciembre

ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DE IMPUESTOS Y DE RECIBOS DE PAGO CORRESPONDIENTES Articulo 1º.- Fijese en S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto, incluyendo la distribucion de la Declaracion Jurada y determinacion del Impuesto Predial del ejercicio 2001. Por cada predio adicional se abonara S/. 4.00 (Cuatro Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Articulo 2º.- Fijese en S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, incluyendo la distribucion de la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2001 por cada predio. POR TANTO:

Articulo 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO La obligacion de pago de las cuotas trimestrales de los arbitrios correspondiente al ejercicio 2001 vence: Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : 28 de febrero 31 de MORDAZA 31 de agosto 30 de noviembre

Tratandose de propietarios de un solo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir, la obligacion de pago vence: Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota POR TANTO: : : : : 30 de marzo 29 de junio 28 de setiembre 28 de diciembre

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 15271

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 15270

Establecen montos por derecho de emision y determinacion del impuesto predial y arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo para el ano 2001
ORDENANZA Nº 015-00-MDA Ate, 18 de diciembre del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate, en Sesion Ordinaria de fecha 18-12-00; y, CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2001; Estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, contando con el MORDAZA por Unanimidad de los Sres. Regidores asistentes a la Sesion de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente:

Establecen ordenanza MORDAZA del regimen tributario de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo
ORDENANZA Nº 017-00-MDA Ate, 18 de diciembre del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate, en Sesion Ordinaria de fecha 18-12-00; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la funcion normativa, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion; Que, el Concejo Distrital de Ate ejerce su funcion normativa, entre otros dispositivos, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion y de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, mediante la presente Ordenanza se establece el MORDAZA regimen tributario aplicable a los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, a fin de facilitar su administracion y para garantizar su equitativa distribucion entre los contribuyentes; Que, es necesario adoptar las medidas necesarias para asegurar la continuidad y el buen funcionamiento de los servicios publicos financiados por los arbitrios mencionados en el considerando precedente; Estando a lo dispuesto por el Articulo 109º y el numeral 3) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, contando con el MORDAZA por

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