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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (31/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 196683 NORMAS LEGALES Lima, domingo 31 de diciembre de 2000 con el que solicita se declare Habilitado como Urbano en vías de Regularización, el terreno de 5,000.00 m2 para Uso de Industria Liviana "I-3", constituido por parte del lote 04 del sector B del Fundo Inquisidor y Pulido, ubicado con frente a la Av. La Mar, del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con Art. 3º y la Segunda Disposi- ción Transitoria y Complementaria de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Ley Nº 26878, vigente desde el 21 de noviembre de 1997, corresponde a las Municipali- dades Distritales en el ámbito de su respectiva jurisdic- ción, conocer y aprobar la solicitud de Habilitación Urbana, a partir de la vigencia de la Ley, incluyendo los casos de Regularización de Habilitaciones pendientes o en trámite; Que, la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilita- ciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de Ate, en Acuerdo Nº 06-2000-CTDHU/MDA, tomado en Sesión Nº 01-2000 de fecha 17 de julio del 2000, dictamina favorable aprobar la Habilitación Urbana Ejecutada para uso de Industria Liviana "I-3", del terreno de 5,000.00 m2, constituido por parte del lote 04 del sector B del fundo Inquisidor y Pulido, ubicado con frente a la Av. La Mar, del distrito de Ate, provincia y departamen- to de Lima; Que, en concordancia con lo especificado en el Artícu- lo 11º del D.S. Nº 011-98-MTC, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, la aprobación de la Habilita- ción Urbana podrá contener la inscripción del lote; Que, la Oficina de Inversiones en Infraestructura ha emitido la Valorización Nº 012-2000-HU-OII-MDA por concepto de déficit de aportes, aplicándose el arancel que figura en los planos aprobados por Resolución Ministerial Nº 491-99-MTC/115-04 de fecha 27 de diciembre de 1999, la cual fue cancelada como se desprende del recibo de caja Nº 001126 de fecha 22 de setiembre del 2000; Que, de acuerdo al Informe Nº 329-2000-OII-MDA de la oficina de Inversiones en Infraestructura, se ha cum- plido con las etapas del procedimiento de Aprobación de Habilitación Urbana Ejecutada, tal como señala el De- creto Supremo Nº 011-98-MTC; Que, los documentos presentados cumplen con todos los requisitos establecidos en la Ley General de Habilita- ciones Urbanas Nº 26878, así como en las Normas del Reglamento Nacional de Construcciones en lo concer- niente a aprobación de Habilitaciones Urbanas presen- tando la siguiente documentación: a) Copia del dominio de propiedad del inmueble constituido por parte del lote 04 del sector "B" de la zona baja de los Fundos Inquisidor y Pulido, inscrita en la ficha Nº 145393 del Registro de Propiedad Inmueble. b) Copia de contrato de compraventa otorgada por CREDITO LEASING S.A. a favor de DROKASA PERU S.A., del terreno constituido por el lote 04 del sector B, de la zona baja de los Fundos Inquisidor y Pulido, del distrito de Ate. c) Copia de la partida electrónica Nº 11060506, con la inscripción de la propiedad ubicada en la Av. La Mar Nº 240, a favor de DROKASA PERU S.A. d) Certificado de Zonificación y Vías Nº 211-99- MML-DMDU-OPDM de fecha 5 de octubre de 1999, calificando al terreno como zona de Gran Industria "I-3". e) Recibo de LUZ DEL SUR Nº 727690 de fecha 26 de enero del 2000, la cual indica que cuenta con energía eléctrica el predio. f) Carta de SEDAPAL Nº 170-99/ET-C de fecha 26 de febrero de 1999, indicando la factibilidad de contar con los servicios de agua potable y alcantarillado. g) Declaración Jurada de no existencia de canales de regadío. h) Recibo de Caja Nº 001115, de fecha 12 de septiem- bre del 2000, por el monto de S/. 1,120.00, cancelados en Caja de Tesorería de la Subdirección de Finanzas de la Municipalidad de Ate, correspondiente al pago por de- recho de revisión de la Comisión. i) Recibo de Caja Nº 001126 de fecha 22 de septiem- bre del 2000, por el monto de S/. 4,800.00, cancelados enCaja de Tesorería de la Subdirección de Finanzas de la Municipalidad de Ate, correspondiente al pago por dé- ficit de aportes. j) Recibos Nºs. 0400069965, 0400069966 y 0400069967 de fecha 23 de mayo del 2000, con los montos S/. 60.00, S/. 120.00 y S/. 420.00, cancelados en la Caja Metropolitana, por concepto de inspección ocular, revisión del expediente y derecho de trámite. Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el Art. 3º y la Sexta Disposi- ción Transitoria y Complementaria de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, y el numeral 6 del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Se RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR, Habilitado como Urba- no, de acuerdo al plano signado con el Nº 016-2000-HU- OII-MDA, la Habilitación Urbana Ejecutada de Uso Industrial "I-3", del terreno de CINCO MIL METROS CUADRADOS (5,000.00 m2), constituido por parte del lote 04 del sector B del Fundo Inquisidor y Pulido, ubicado con frente a la Av. La Mar, del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- AUTORIZAR, la inscripción del terre- no de 5,000.00 m2, que conforman la presente Habilita- ción, como Lote Único, de conformidad al plano signado con el Nº 016-2000-HU-OII-MDA y a la Memoria Des- criptiva que se encuentra debidamente visada. Artículo 3º.- DISPONER, la publicación de la presen- te Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados. Artículo 4º.- TRANSCRÍBASE, a la Municipalidad Provincial para su revisión de acuerdo a Ley, a los Registros Públicos para efectos de la inscripción corres- pondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 15265 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Establecen normas sobre instalación de redes de los servicios de telecomunicaciones y energía eléctri- ca para avisos publicitarios en el dis- trito ORDENANZA Nº 51 Jesús María, 29 de diciembre de 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 191º y 192º numeral 5) reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, determinándose, entre ellas, la planificación del desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, ejecutando los planes y programas correspondientes; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, como norma de desarrollo de las competencias establecidas en la Constitución para las Municipalida- des, señala en su Artículo 65º numerales 9), 17) como funciones de las Municipalidades en materia de acondi-