Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2000 (20/01/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 20 de enero de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 182875

Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 23º Numeral 2 de la Ley Nº 26917, "la Direccion General de Transporte Aereo resuelve en primera instancia respecto de las autorizaciones y procedimientos administrativos" a que se refiere el Capitulo pertinente de la MORDAZA citada, "asi como los establecidos en la Ley de Aeronautica Civil", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, las Regulaciones Aeronauticas del Peru; Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A., la Renovacion de su Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Complementario Privado, por el plazo de cinco (5) anos, que se computaran a partir del 26 de noviembre de 1999, dia siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolucion Ministerial Nº 430-95-MTC/15.12, estando sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio Aereo Especial Complementario Privado. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - MORDAZA IV-A. ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS AUTORIZADOS. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, AMAZONAS Y MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Chachapoyas, Chiclayo/Capitan FAP MORDAZA MORDAZA Quinones, Galilea, Jaen/Shumba, MORDAZA El Valor, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de Mendoza. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote, Huascaran/Anta. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA, Ayo, MORDAZA Union, Camana, Campamento MORDAZA Majes, Caraveli, Chala, Chivay, Huambo, MORDAZA, Mollendo, MORDAZA Acari, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vitor/San MORDAZA, Yauca. DEPARTAMENTOS: ICA, MORDAZA Y HUANCAVELICA - MORDAZA, Churropampa, Nasca, Palmapampa, Pisco. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, MORDAZA Y MORDAZA DE MORDAZA - Amarakeri/Rio Colorado, Andahuaylas, Camisea, MORDAZA, Iberia, Inapari, Kompiroshiato, Mantaro, Mazuko, Miaria, Mipaya, Montecarmelo, Oviri, Pacria/Nueva Luz, Patria, Picha, Puerto MORDAZA, Quincemil, Teresita/San MORDAZA, Tayacome. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, TACNA Y MORDAZA - Juliaca, Ilo, MORDAZA, Ventilla, Tacna. DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - Bellavista/Huallaga, Juanjui, Moyobamba, Picota, Pucacaca, Puerto Yarina, MORDAZA, San MORDAZA de Sisa, MORDAZA MORDAZA (PNP), Saposoa, MORDAZA, Tarapoto, Tocache, Uchiza, Yumbatos. DEPARTAMENTOS: TUMBES Y MORDAZA - Tumbes, Talara, Piura. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, MORDAZA Y PASCO - Alto Pichinaqui, Anapati (Privado), Aoti, Ashaninga, Cahuapanas, MORDAZA de Constitucion, Coriri, Cutivereni, Chichireni, Esperanza/Amuesha, Huamancaca, MORDAZA MORDAZA, Jauja, Llulla Pichis, Mazamari/Manuel MORDAZA, Oxapampa, Puerto MORDAZA, Puerto MORDAZA, Puerto MORDAZA, Puerto Ocopa, Poyeni, Potsateni, Quempiri, San MORDAZA, Satipo, MORDAZA MORDAZA, Santaro, Shiringamasu, Tingo MORDAZA, Tsomaveni, Uchubamba, Vicco, MORDAZA America.

DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Balta, Bufeo MORDAZA, Culina, Chicosa, Encuentro, Oventeni, Paititi, Pucallpa MORDAZA, Puerto MORDAZA, Puerto Breu/Tipishsa, San MORDAZA, Sepahua, Unine (Privado), Yarinacocha. DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - Gochapita, MORDAZA, Urpay, Pacasmayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA ­ CALLAO - San MORDAZA (Helipuerto). DEPARTAMENTO: MORDAZA - Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, El Estrecho, Intuto, Iquitos/Antigua, Iquitos/ MORDAZA MORDAZA Secada, MORDAZA MORDAZA, Paranapura, MORDAZA, Sillay, Yurimaguas. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A. esta obligada a presentar mensualmente a la Direccion General de Transporte Aereo, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea. Articulo 4º.- SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo 6º.- SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados consignados en la presente Resolucion, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- Las aeronaves de SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A. podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, la Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085, y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la ocurrencia de un fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Transporte Aereo, al MORDAZA del Articulo 6º y demas normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativa, declarara nulo de pleno derecho, el acto o MORDAZA administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauracion del correspondiente MORDAZA penal, conforme a lo previsto en el Articulo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A., de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Reglamento de la referida Ley, en los terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento; Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aereo 0742

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.