Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2000 (20/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 20 de enero de 2000
PRIMERA: ANTECEDENTES

NORMAS LEGALES

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1. La SUPERINTENDENCIA es la entidad encargada de seleccionar a las personas juridicas que deberan efectuar las liquidaciones de las empresas del sistema financiero, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 115º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante la Ley General. 2. Mediante Resolucion SBS Nº ............... de fecha ......... se designo a la EMPRESA LIQUIDADORA como administradora del MORDAZA liquidatorio de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito MORDAZA Central en Liquidacion, en adelante la CAJA. 3. La declaracion de disolucion de la MORDAZA no impide que este pueda ser rehabilitado conforme a lo dispuesto por los Articulos 124º al 129º de la Ley General. SEGUNDA: OBJETO Por el presente documento, la SUPERINTENDENCIA de conformidad al Articulo 115º de la Ley General, encomienda a la EMPRESA LIQUIDADORA la administracion de la MORDAZA, para lo cual le otorga las atribuciones y obligaciones consideradas en el presente contrato y las previstas en las Resoluciones SBS Nº 0455-99, asi como en sus disposiciones modificatorias y complementarias. TERCERA: ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES 1. En virtud del presente documento, la EMPRESA LIQUIDADORA gozara plenamente, en lo que respecta a la MORDAZA, de las facultades conferidas por la Resolucion SBS Nº 0455-99 del 25.5.99, la Ley General y las normas pertinentes que emita la SUPERINTENDENCIA. 2. Asimismo, la EMPRESA LIQUIDADORA asumira todas las obligaciones derivadas de la Resolucion SBS Nº 0455-99, la Ley General, las Bases y del presente contrato, en especial las que se detallan a continuacion: a- Recibir de los representantes la posesion de la totalidad de los bienes, libros, archivos y documentacion de propiedad de la empresa, verificar el inventario y suscribir el acta correspondiente b- Remitir de ser el caso, al Fondo de Seguro de Depositos el listado conteniendo la relacion de asegurados cubiertos, conforme lo dispuesto en el Articulo 145º de la Ley General. c- Presentar el listado final de los acreedores de la empresa con indicacion de su monto y orden de preferencia. Dicho listado se elaborara por triplicado, uno para la empresa, otro para la empresa liquidadora y el tercero para la Superintendencia. Este ultimo listado debe ser protocolizado notarialmente. d- Disponer la exhibicion permanente del listado referido en el numeral anterior. e- Mantener a disposicion de los interesados, en forma permanente en su respectivo local, informacion suficiente sobre el MORDAZA liquidatorio. f- Iniciar y/o continuar las acciones para una efectiva y oportuna recuperacion de los creditos otorgados por la empresa, asi como para el cobro de los reaseguros y coaseguros, en caso corresponda. g- Continuar reportando el Informe Crediticio Confidencial a la Superintendencia de conformidad con las normas legales vigentes. h- Dar cumplimiento a la obligacion contenida en el numeral 9 del Articulo 21 del presente Reglamento. i- Poner a consideracion de los acreedores de la empresa el Plan de Rehabilitacion en caso este MORDAZA sido aprobado por la Superintendencia, de conformidad con el Articulo 126 de la Ley General. Tratandose de empresas comprendidas en los literales A, B y C del Articulo 16º de dicha Ley, se debera contar con opinion previa del Banco Central. j- Liquidar los negocios de la empresa, realizar todos los actos y contratos y efectuar los gastos que a su juicio MORDAZA necesarios. k- Realizar todos aquellos actos que para el mejor cumplimiento de sus funciones estime la Superintendencia. l- Debera rendir mensualmente cuenta de los gastos de la liquidacion a la Superintendencia y dentro de los diez (10) dias siguientes al termino de cada uno de los trimestres calendario, presentar un informe suficientemente detallado sobre el desarrollo de la liquidacion, con especifica referencia a los progresos habidos en la venta de los activos y a las sumas recaudadas por ese concepto. m- Informar de manera exacta y pronta sobre aquellos asuntos que le MORDAZA solicitados por la SUPERINTENDENCIA. n- Presentar a la SUPERINTENDENCIA balances trimestrales.

n- Cuando menos una vez durante el semestre la EMPRESA LIQUIDADORA debera publicar en el Diario Oficial los balances que muestren el estado de la empresa. o- Culminada las gestiones de recuperacion de creditos y pago de los pasivos conforme lo establecido en el Articulo 40º del Reglamento Resolucion SBS Nº455-99, y de no existir contingencias pendientes, los liquidadores deberan informar a la Superintendencia dichas acciones, en un plazo no mayor de cinco (5) dias. p- Presentar un informe de fin de gestion, debidamente auditado, al vencimiento del presente contrato; a la culminacion del MORDAZA liquidatorio, o a la resolucion del presente contrato, en el caso de que estos dos ultimos eventos ocurrieran con anterioridad. El costo de la Auditoria sera por cuenta de la MORDAZA, mediante contrato, previamente autorizado por la SUPERINTENDENCIA. q- Cumplir con las obligaciones y compromisos contenidos en el plan de trabajo presentando en el concurso publico. 3. Las siguientes son las facultades que se confiere a la EMPRESA LIQUIDADORA de acuerdo a la Resolucion a que se hace referencia en el Articulo precedente: a- Transferir bajo cualquier modalidad, los activos y pasivos de la empresa, teniendo en cuenta lo dispuesto en los Articulos 117º, 118º y 121º de la Ley General. b- Refinanciar los creditos vencidos o en cobranza judicial otorgados por la empresa. c- Castigar o dar por cancelado, aun por menos de su valor, cualquier credito calificado como perdida o dudoso de la empresa d- Transigir respecto de derechos que se aleguen contra la empresa siempre que no se trate de depositos, cuentas corrientes, pago de siniestros u operaciones analogas. e- Compensar o dar en pago activos de la empresa de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 39º del Reglamento, Resolucion SBS Nº455-99 f- Instaurar y proseguir contra los directores y trabajadores de la empresa cualquier MORDAZA administrativo o judicial que corresponda en resguardo de los derechos de MORDAZA, los accionistas o sus acreedores, siempre que no hubiesen transcurridos mas de dos (2) anos desde la fecha en que ocurrio el hecho que se invoque como fundamento, sin perjuicio de las demas acciones legales a que hubiere lugar. g- Iniciar en nombre de la empresa, cualquier otro MORDAZA judicial que considere necesario asi como proseguirlo y transigirlo. h- Otorgar en representacion de la empresa, los documentos publicos o privados que se requieran para formalizar contratos de compraventa de muebles e inmuebles o cualquier otro para el que se encuentre facultado. i- Las demas que para el mejor cumplimiento de sus funciones estime la Superintendencia. 4. La EMPRESA LIQUIDADORA cumplira sus obligaciones con la diligencia debida, en atencion a la naturaleza del encargo que recibe. 5. La EMPRESA LIQUIDADORA debera contar con la infraestructura y el personal tecnico especializado y de apoyo necesario para realizar las gestiones encomendadas, estando prohibida de contratar personal e infraestructura fisica a nombre de la MORDAZA, asi como de subcontratar personas naturales o juridicas para cumplir con las obligaciones emanadas del presente contrato. El personal asignado a la liquidacion podra ser reemplazado por otro de igual calificacion. La Superintendencia podra en cualquier momento exigir el cambio de alguna persona que en su criterio no reuna las condiciones adecuadas. CUARTA: VIGENCIA El plazo del presente contrato es de veinticuatro (24) meses y se computa desde el ..............hasta.......... La SUPERINTENDENCIA podra prorrogar dicho plazo, a juicio del Superintendente de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 115º de la Ley General. En caso de aprobarse la rehabilitacion de LA MORDAZA, el presente contrato se resuelve de pleno derecho cuando la Junta General de Accionistas elija un MORDAZA Directorio y este nombre un MORDAZA Gerente. Inmediatamente despues de la eleccion del Directorio, la EMPRESA LIQUIDADORA debera proceder a la realizacion de un inventario y a la entrega de la posesion de la totalidad de los bienes de la CAJA. QUINTA: RETRIBUCION Como contraprestacion por los servicios que preste la EMPRESA LIQUIDADORA, esta percibira como retribucion:

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