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Pág. 182885 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de enero de 2000 De acuerdo con el Informe Nº 084-99-DASIA del Depar- tamento de Análisis y Supervisión de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, modi- ficada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la empresa ARIAS Y ARIAS CORREDOR DE SEGUROS E.I.R.L., la apertura de una oficina ubicada en la calle Nauta Nº 309 de la ciudad de Iquitos, departamento de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 0690 Cancelan inscripción de empresa en el Registro Oficial de Ajustadores y Peri- tos de Seguros RESOLUCION SBS Nº 006-2000 Lima, 5 de enero del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Harry Hans Venegas Berastain, para que se cancele la inscripción de la empresa Certiser Ajustadores y Peritos de Seguros S.A. del Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha procedido a la disolución y liquidación, tal como consta en el acta del acuerdo de Junta General de Accionistas celebrada el 31 de agosto de 1999, e inscrita en la partida electrónica Nº 70202897 del Registro de Personas Jurídicas de Lima; y, Estando a lo opinado por el Departamento de Análisis y Supervisión de Intermediarios y Auxiliares de la Superin- tendencia Adjunta de Seguros mediante Informe Nº 090-99- DASIA; y, De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; modificadas por las Leyes Nºs. 27008 y 27102; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003- 98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Cancelar el certificado de inscripción Nº APJ-024 de la empresa Certiser Ajustadores y Peritos de Seguros S.A. del Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 0756 Aprueban bases de concurso público para seleccionar persona jurídica en- cargada de liquidación de caja rural de ahorro y crédito RESOLUCION SBS Nº 044-2000 Lima, 19 de enero del 2000EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, dispone en su Artículo 115º que la Superintendencia encargará los procesos liquida- torios de las empresas de los sistemas financiero y de seguros a personas jurídicas debidamente calificadas, mediante con- tratos de locación de servicios; Que, asimismo, el referido Artículo establece que la selección de dichas personas jurídicas se hará mediante concurso público; Que, mediante la Resolución S.B.S. Nº 0863-99 del 16 de setiembre de 1999, esta Superintendencia declaró la disolu- ción e inicio del proceso de liquidación de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Selva Central; Que, en consecuencia resulta necesario que esta Superin- tendencia establezca las pautas y lineamientos para la realización del concurso público para la selección de la persona jurídica encargada del proceso de liquidación de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Selva Central; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 349º de la Ley General; y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 035-2000 del 14 de enero del 2000; RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar las Bases del Concurso Públi- co para la selección de la persona jurídica quien se encargará del proceso de liquidación de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Selva Central S.A.A., y anexos los que forman parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente de Banca y Seguros (a.i.) BASES DEL CONCURSO PUBLICO PARA LA SELECCION DE LA PERSONA JURIDICA A QUIEN SE LE ENCARGARÁ EL PROCESO DE LIQUIDACION DE LA CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO SELVA CENTRAL S A I. GENERALIDADES 1. El concurso público es convocado por la Superinten- dencia de Banca y Seguros, en adelante la SUPERINTEN- DENCIA, conforme a lo establecido en el Artículo 115º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General. 2. El objetivo del concurso público es seleccionar una persona jurídica, debidamente calificada, que cuente con el personal técnico y la infraestructura requerida para que asuma el proceso de liquidación de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Selva Central S.A.A., en adelante la CAJA, decla- rada en intervención mediante la Resolución SBS Nº 0463-99 del 27 de mayo de 1999. 3. La SUPERINTENDENCIA encomendará a la persona jurídica seleccionada, mediante contrato de locación de ser- vicios, el proceso de liquidación de la CAJA. La duración de dicho contrato será de veinticuatro meses, término prorroga- ble hasta por un período similar a juicio de la SUPERINTEN- DENCIA. 4. La información económico-financiera de la CAJA, que comprende los estados financieros y anexos al 31 de diciem- bre de 1999, será proporcionado conjuntamente con las bases del concurso público. II. DEL CALENDARIO DEL CONCURSO El calendario del concurso público se establece en el Anexo Nº 1. III. DE LOS POSTORES 1. Podrán participar como postores, los bancos de inver- sión, las sociedades de auditoría, las empresas de consultoría económico - financiera, las empresas del sistema financiero y, en general, las personas jurídicas especializadas en disci- plinas relacionadas con la actividad de administración y liquidación de empresas, y/o cuya experiencia les permita asumir el proceso de liquidación de la CAJA.