Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2000 (20/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 20 de enero de 2000

tulen para tener la calidad de Titulares, derecho que corresponde a los Magistrados Provisionales mientras permanezcan en el ejercicio de sus cargos; Que, en cuanto al aspecto formal de la MORDAZA, es necesario tener presente que la Ley Nº 26898 ha modificado la Ley Organica del Poder Judicial, asi como la del Ministerio Publico, por lo que el argumento de los apelantes en el sentido de que se trata de una ley ordinaria, carece de sustento, toda vez que la MORDAZA que modifica tiene el mismo caracter y nivel que la MORDAZA modificada; mas aun, esta modificacion de las Leyes Organicas mencionadas, conlleva a su vez, la modificacion MORDAZA, en lo que se le oponga, de cualquier otro articulado o disposicion de las mismas, asi como de cualquier otro dispositivo legal relacionado con esta materia; Que, asimismo, el Recurso de Apelacion interpuesto, se fundamenta en que son impertinentes los Articulos 186º inciso 6), 193º, 180º-A de la Ley Organica del Poder Judicial y el Articulo 158º de la Ley Organica del Ministerio Publico, citado en la Resolucion apelada; Que, los articulos citados de las Leyes Organicas mencionadas, constituyen argumentos adicionales que tienen como proposito mostrar que los Magistrados Provisionales, tanto en la Ley Organica del Poder Judicial, asi como en la Ley Organica del Ministerio Publico, tienen reconocidos determinados derechos de manera similar que los Magistrados Titulares, y a partir de este criterio es pertinente senalar que tambien en el derecho a ser capacitados, deben gozar de igual tratamiento mientras permanezcan en dichos cargos; Que, en cuanto a lo sostenido por los apelantes respecto a que ninguno de los Magistrados que temporalmente desempenan el cargo de Juez Especializado, puedan participar en este Primer Curso de Ascenso para Vocales Superiores, toda vez que no tienen la condicion para acceder a tal cargo; se debe indicar, que el ascenso es un derecho del que goza todo Magistrado, comprendido dentro de la MORDAZA judicial o fiscal, debiendo obligatoriamente cursar y aprobar previamente los programas, que para tal efecto, desarrolle la Academia de la Magistratura como uno de los requisitos, que de acuerdo a ley deba satisfacer, para su ulterior participacion en los Concursos de Meritos que convoque el Consejo Nacional de la Magistratura; Que, el argumento sostenido por los apelantes, referente a que la resolucion impugnada se apoya en temas doctrinarios opinables, podria ser atendible; sin embargo, se debe precisar que la no incorporacion de la cita doctrinaria en la parte considerativa de la mencionada Resolucion Administrativa, en nada enerva su sentido; En uso de las facultades conferidas en las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE-TPCME-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Confirmar la Resolucion de la Comision de Reorganizacion y Gobierno de la Academia de la Magistratura Nº 030-99-CRG-AMAG, de fecha 25 de noviembre de 1999, que declaro Infundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros Magistrados Titulares, que suscriben el citado Recurso Impugnativo de fecha 11 de octubre de 1999. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion al Presidente de la Corte Suprema y de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Fiscal de la Nacion, a la Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura y al Presidente de la Comision de Justicia del Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 0774

LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 26546 se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, ampliadas y modificadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar la reestructuracion y reorganizacion integral del Poder Judicial, incluyendo las materias referidas al despacho judicial, MORDAZA judicial y estatuto organico del magistrado; Que el Presidente de la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, solicita autorizacion para la realizacion de un MORDAZA Taller en materia de Derecho Administrativo, dirigido a los miembros integrantes de esa Sala Suprema, asi como a los Vocales Superiores y Jueces en lo Contencioso Administrativo, personal auxiliar y Secretarios de Confianza de la referida Sala Suprema; Que es atribucion de este Organo de Gobierno y Gestion, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias, para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; y estando a lo acordado en Sesion de la fecha; RESUELVE: Primero.- Autorizar al Presidente de la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a realizar el MORDAZA Taller en materia de Derecho Administrativo, dirigido a los miembros integrantes de esa Sala Suprema, Vocales Superiores y Jueces en lo Contencioso Administrativo, personal auxiliar y Secretarios de Confianza de la referida Sala Suprema, del 24 al 28 de enero del presente ano, en el horario de 8.00 a 9.30 horas. Segundo.- Los gastos que irrogue la presente Resolucion, seran cubiertos por la Gerencia General del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 0775

Autorizan realizacion de evento "Reforma Jurisdiccional del Poder Judicial", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1077-CME-PJ MORDAZA, 19 de enero de 2000 VISTA: La solicitud emitida por la Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO : Que, mediante Ley Nº 26546 se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumido por un periodo de excepcion, las funciones de gobierno y gestion de dicho Poder del Estado; Que, mediante las Leyes Nº s. 26623, 26695 y 27009, se ampliaron y modificaron las atribuciones de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, con el fin de factibilizar la Reestructuracion y Reorganizacion Integral del Poder Judicial, en las materias referidas al Despacho Judicial, MORDAZA Judicial y Estatuto Organico del Magistrado; Que, es interes fundamental de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, difundir los avances del MORDAZA de Reforma de este Poder del Estado; Que, la Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, viene organizando el Evento denominado "Reforma Jurisdiccional del Poder Judicial", con la finalidad de identificar los principales problemas y buscar soluciones, tendentes a la Celeridad Procesal; Que, para el logro del mencionado Evento "Reforma Jurisdiccional del Poder Judicial", resulta necesario, autorizar su realizacion, en la MORDAZA de MORDAZA y con la participacion de los 25 Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica;

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Autorizan realizacion de MORDAZA taller en materia de Derecho Administrativo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1076-CME-PJ MORDAZA, 19 de enero del 2000

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